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Documento BOE-A-2013-4328

Resolución de 1 de abril de 2013, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2013, páginas 31225 a 31274 (50 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-4328

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y por Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades a las que le sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología acuerda la publicación de las cuentas anuales correspondientes al 2011, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 1 de abril de 2013.–El Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología, Daniel Cano Villaverde.

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MEMORIA

1. Organización y actividad.

1.1 Norma de regulación de la entidad.

El Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero1, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología (en adelante AEMET), es la norma básica de referencia de la misma, donde se recoge su régimen jurídico, organización, objetivos y funciones, y en el que se determina su creación.

1 BOE de 14 de febrero de 2008.

Según el artículo único, apartado 1.º, de dicho Real Decreto, «en virtud de la autorización prevista en la disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de servicios públicos2, se crea la AEMET, a cuyo fin se aprueba el Estatuto de esta Agencia».

2 BOE de 19 de julio de 2006.

En los fines, competencias y funciones atribuidas a la Agencia en su Estatuto, la Agencia Estatal de Meteorología sucede al Ministerio de Medio Ambiente y, en particular, a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, adscrita a su creación al Ministerio de Medio Ambiente a través de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático.

La Agencia Estatal de Meteorología ostenta entre otras «la condición de autoridad meteorológica del Estado y las competencias correspondientes a la gestión de la tasa por prestación de servicios meteorológicos que, la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificada mediante la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, atribuye a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología»3.

3 Artículo 3 del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero: Potestades administrativas y relaciones con órganos de la Administración General del Estado y de otras Administraciones Públicas.

La Agencia Estatal de Meteorología se rige por la citada Ley 28/2006, por su Estatuto y, suplementariamente, por las normas aplicables a las entidades de Derecho público adscritas a la Administración General de Estado.

En el ejercicio de sus potestades públicas será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1.2 Actividad principal de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación.

AEMET, dentro del ámbito de competencias correspondientes la Estado4, tiene por objeto el desarrollo, implantación y prestación de los servicios meteorológicos que son competencia del Estado y en el apoyo al ejercicio de otras políticas públicas y actividades privadas, contribuyendo con ello a la seguridad de bienes y personas, y al bienestar y desarrollo sostenible de la sociedad Estatal.

4 De acuerdo con la autorización llevada a cabo por la disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio.

Como Servicio Meteorológico Nacional y Autoridad Meteorológica del Estado, el objetivo básico AEMET es contribuir a la protección de vidas y bienes a través de la adecuada predicción y vigilancia de fenómenos meteorológicos adversos y como soporte a las actividades sociales y económicas en España mediante la prestación de servicios meteorológicos de calidad. Se responsabiliza de la planificación, dirección, desarrollo y coordinación de actividades meteorológicas de cualquier naturaleza en el ámbito estatal, así como la representación de éste en organismos y ámbitos internacionales relacionados con la Meteorología.

Asimismo, AEMET proporciona apoyo científico a las políticas medioambientales, tales como la prevención del cambio climático, la vigilancia de la capa de ozono y de la calidad del aire.

La Agencia es un organismo público regulado en dicha Ley 28/2006, y tiene personalidad jurídica diferenciada respecto de la del Estado, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión y funcional dentro de los límites establecidos en la citada Ley.

1.3 Descripción de los ingresos de la entidad.

Los recursos económicos del organismo provienen de los ingresos señalados en el Art. 35 de su Estatuto. La principal fuente de financiación de la Agencia es, además de los ingresos derivados de las transferencias corrientes o de capital procedentes de distintas administraciones y entidades públicas, nacionales o internacionales, por las transferencias que recibe de la Administración General del Estado, que en el ejercicio 2011 representaron en torno al 90,50 % del presupuesto de ingresos5.

5 Las transferencias totales recibidas procedentes del MARM han sido de 103.036.739,07 €(= Transferencias Corrientes: 63.023.430,00 € + Transferencias de Capital: 40.013.309,07 €) respecto de un total de 113.843.537,64 € de derechos reconocidos en 2011.

Asimismo en la Agencia Estatal de Meteorología concurren unos ingresos propios percibidos como contraprestación por las actividades o prestación de servicios realizados, en virtud de contratos y con entidades, públicas o privadas, o personas físicas. Son de especial relevancia los ingresos percibidos de AENA de cuyo ingreso, después de cada uno, ésta envía justificación del mismo, y cuyo circuito establecido es el siguiente: AEMET presenta un informe de costes aeronáuticos del ejercicio, de tipo provisional en mayo y definitivo en octubre, además de incluir las previsiones para los años posteriores; de este modo con las previsiones presentadas en octubre de un año se calcula la tasa de ruta del año siguiente. A partir de este valor previsto, AENA ingresa en mayo el 35% del coste previsto para el año en curso, en enero del año siguiente otro 35% y en enero de dos años después, cuando ya se conocen los costes definitivos, procede a la liquidación. En cada ingreso nos descuentan las previsiones de coste de los vuelos exonerados y el déficit de SENASA y el coste real se ajusta en la liquidación. En algunos casos nos detraen también parte de los costes por decisiones gubernamentales provenientes de ajustes por la crisis o compromisos adquiridos.

Ha de mencionarse que estos ingresos en las previsiones de los presupuestos de AEMET, aparecen en la partida presupuestaria 441 «De Entidades Públicas Empresariales» pero al tratarse de una tasa por prestación de servicios, hemos procedido a imputarlo en nuestra contabilidad como tal, a la vez que se ha solicitado el cambio en la elaboración de los próximos presupuestos.

En cuanto a los ingresos internacionales y derivados de proyectos I+D, el Área de Gestión Económica, a través del Servicio de Ingresos y Tesorería, intervine al final del circuito, conforme con las indicaciones recibidas de las diferentes unidades administrativas, mediante la emisión de la factura y dando conocimiento a las unidades administrativas del cobro en la cuenta corriente que AEMET tiene en Banco de España, de las facturas emitidas o de las subvenciones recibidas.

A) Los ingresos de AEMET de 2011 procedentes del extranjero han sido:

1. Ingresos 2011 debidos a actividad comercial (precios públicos): ECOMET. Este pago es debido a la venta de productos y servicios de AEMET en países europeos miembros de ECOMET. Se realiza según el Catalogo de ECOMET de acuerdo a la Orden de Precios Públicos. Y en virtud del acuerdo de ECOMET de 1996.

2. Ingresos 2011 de proyectos sujetos a convenios o acuerdos:

i. Pagos del proyecto de ESA-CALVAL de la Agencia Espacial Europea.

ii. Proyecto MÚSICA de la Unión Europea. Dicho Proyecto MUSICA del CIAI, Izaña, de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en cooperación con el Karlsruhe Institute of Technology (KIT), de Alemania, se acoge a las ayudas financieras a la investigación que se adjudican principalmente por medio de un convocatoria de propuestas, la cual se publican en referencia a cada uno de los programas específicos del Séptimo Programa Marco (7PM). El 7PM se divide en cuatro programas: «Cooperación», «Ideas», «Personas» y «Capacidades», conteniéndose este proyecto MÚSICA en el denominado «Ideas», dedicado a la investigación impulsada por los investigadores a través del Consejo Europeo de Investigación (CEI). Cuenta, como cada una de estas áreas, con un programa de trabajo que establece las convocatorias de propuestas de próxima publicación.

iii. Compensaciones del programa EUCOS de EUMENET: AEMET recibe pagos como compensación por los sondeos de Tenerife y del Buque Esperanza del Mar por parte de DWD (Servicio Meteorológico Alemán) y METEOFRANCE (Servicio Meteorológico Francés) que son los servicios meteorológicos que lideran dicho programa EUCOS. Estos ingresos están basados en el acuerdo del EIG-EUMENET. La Agencia Estatal de Meteorología es miembro de la Agrupación EUMETNET bajo un acuerdo autorizado en su día por el Consejo de Ministros, en 1997 como «Conferencia de Servicios Meteorológicos Europeos» y desde 2009 como «Agrupación de Interés Económico».

3. Ingresos por compensación por salarios personal de AEMET que participan en organismos internacionales: La Agencia Estatal de Meteorología recibe una compensación por el salario de D. Mariano Hortal por su trabajo por parte del Consorcio Hirlam. La participación en dicho Programa se firma con un memorándum cada 5 años, y 8 de noviembre de 2010 se firmo el último memorándum de Hirlam-B, previa autorización de Consejo de Ministros.

B) Ingresos derivados de proyectos de I+D.

Subvención Juan de la Cierva, del Ministerio de Ciencia e Innovación, concesión de ayuda del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de recursos humanos de investigación, desarrollo e innovación 2008-11, de una duración de 3 años, para la contratación laboral de doctores por Centros de Investigación y Desarrollo, para su incorporación a equipos de investigación. Estas ayudas previstas en este subprograma se destinan a la financiación del coste de contratación del personal, entendiendo por tal coste la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social.

1.4 Consideración fiscal de la entidad y operaciones sujetas a IVA e IGIC, y en su caso, porcentaje de prorrata.

En la Agencia Estatal de Meteorología concurren unos ingresos propios percibidos como contraprestación por las actividades o prestación de servicios realizados, en virtud de contratos y con entidades, públicas o privadas, o personas físicas.

Como en ejercicios precedentes, las operaciones de esta Agencia Estatal están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido y al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), no aplicando en sus declaraciones porcentaje de prorrata.

La Agencia está exenta del Impuesto sobre Sociedades. En este sentido señalar que la AEMET se halla pendiente de proceder de conformidad con la Ley 28/2006 Disposición Adicional 10.ª, a la solicitud a la Agencia Tributaria de exención6.

6 Añadida por Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

1.5 Estructura organizativa básica, en sus niveles político y administrativo.

AEMET está adscrita al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente7, tras desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

7 Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero.

1.6 Enumeración de los principales responsables de la entidad, tanto a nivel político como de gestión.

De acuerdo con sus Estatutos, los órganos de gobierno de AEMET están constituidos por su Presidente, que ostenta también la condición de máximo órgano de dirección de la Agencia, y el Consejo Rector, integrado por 12 consejeros en representación de los Ministerios con los que AEMET guarda una más estrecha relación institucional. El Consejo Rector está asistido por una Secretaría y de dos órganos de carácter ejecutivo, que se desprenden del propio Consejo, la Comisión Permanente y la Comisión de Control.

En la actualidad ostenta la Presidencia de AEMET don Daniel Cano Villaverde, nombrado por el Consejo de Ministros de 30 de marzo a propuesta del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete8.

8 Real Decreto 631/2012, de 30 de marzo, (BOE de 31 de marzo).

A la fecha en que se cerró el ejercicio 2011, don Ricardo García Herrera, nombrado por el Consejo de Ministros el 12 de febrero de 2010 a propuesta del anterior Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ostentaba la Presidencia de AEMET, siendo responsables de la gestión9:

El Director de Planificación Estrategia, y Desarrollo Comercial: don José Antonio Fernández Monistrol.

El Director de Producción e Infraestructuras: don Ricardo Riosalido Alonso.

La Directora de Administración: doña Teresa Siles Suárez.

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9 A la presentación de las presentes cuentas anuales, cesados de sus cargos y nombrado nuevo equipo por el Consejo Rector con fecha 12 de abril de 2012 son éstos:

El Director de Planificación Estrategia, y Desarrollo Comercial: doña Estrella Gutiérrez Marco.

El Director de Producción e Infraestructuras: don Fernando Belda Esplugues.

El Director de Administración: don Carlos Manuel Abad Ruiz.

1.7 Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre, tanto funcionarios como personal laboral, distinguiendo por categorías y sexos.

El número medio de empleados durante el ejercicio al que se refieren las cuentas ha sido de 1413. El número total de empleados a 31 de diciembre de 2011 es de 1390, de ellos 1235 son funcionarios y 154 contratados en régimen laboral, distribuidos de la siguiente forma:

Tipos de personal

Hombres

Mujeres

Altos cargos

1

0

Personal eventual gabinete

0

0

Funcionarios:

 

 

Grupo A1

168

56

Grupo A2

181

123

Grupo B

0

0

Grupo C1

460

208

Grupo C2

14

25

Agrupaciones Profesionales

0

0

Total

823

412

Otro personal:

 

 

Contratados Administrativos

0

0

Personal vario: Funcionarios Interinos Grupo A2

1

0

Grupo C1

10

12

Total

11

12

Contratados laborales:

 

 

Cap. I Fijos

98

24

Cap. I Eventuales

3

3

Cap. VI

1

2

Total

102

29

Total

937

453

1.8 Entidad de la que depende el sujeto contable.

El Servicio de Contabilidad Financiera depende jerárquicamente del Área de Gestión Económica y Presupuestaria y a su vez de la Dirección de Administración de AEMET.

1.9 Entidades del grupo, multi-grupo y asociadas y su actividad. No constan.

2. Gestión indirecta de servicios públicos, convenios y otras formas de colaboración.

2.1 Concesiones. No constan.

2.2 Conciertos No constan.

2.3 Convenios.

2.3.a) Convenio de Colaboración Agencia Estatal de Meteorología-Asociación Española de Climatología para la organización y desarrollo del congreso de la Asociación Española de Climatología de 2011 por 9.000,00 euros.

2.3.b) Convenio específico de colaboración Agencia Estatal de Meteorología-Associacio Catalana de Meteorología para el premio estatal de meteorología Eduard Fonseré y su concesión 2011 por 6.000,00 euros.

2.3.c) Convenio especifico de colaboración Agencia Estatal de Meteorología-Asociación Meteorológica Española para la publicación del boletín de la Asociación Meteorológica Española durante 2011 por 10.800,00 euros.

2.4 Actividades Conjuntas. No constan.

2.5 Otras formas de colaboración público-privadas.

– Contribución al Centro Europeo de Predicción Meteorológica a Plazo Medio (CEPPM), por 3.633.280,91 euros en 2011.

– Contribución al programa HIRLAM-A del grupo Hirlam al Koninklijk Nederlands-Meteorologische Instituut por 15.000 euros en 2011.

– Contribución de España a World Meteorological Organization, por 1.598.139,97 euros en 2011.

– Contribución al Programa OPERA DATA CENTER de EUMETNET, por 14.686,38 euros en 2011.

– Contribución a la Agrupación de Interés Económico Serv. Meteorológicos nacionales en Europa (EIG EUMETNET), por 440.462,72 euros en 2011.

– Contribución al Programa EGVAPII-EIG EUMETNET por 12.798,87 euros en 2011.

– Contribución al Programa EMMAIII-EIG EUMETNET por 8.362,97 euros en 2011.

– Contribución al Programa SATREP-EIG EUMETNET por 3.121,74 euros en 2011.

– Contribución al Programa C-SRNWP-EIG EUMETNET por 2.581,10 euros en 2011.

– Contribución al Programa SRNWP-INTEROP. EUMETNET por 5.771,62 euros en 2011.

– Contribución al Programa EUMETCAL-III DE EUMETNET por 7.183,70 euros en 2011.

– Contribución al Programa EUMETFREQ DE EUMETNET, por 8.615,75 euros en 2011.

– Contribución de España al Presupuesto Gral. del Organismo Europeo para Explotación de Satélites Meteorológicos a EUMETSAT por 1.627.616,00 euros en 2011.

– Contribución al grupo de Interés Económico de Servicios Meteorológicos del Área Económica Europea (ECOMET), por 23.816,00 euros en 2011.

– Contribución al programa sobre altimetría oceánica JASON-2 de EUMETSAT 2010/13, por 270.877,00 euros en 2011.

– Contribución al programa JASON-3 de EUMETSAT sobre altimetría oceánica, por 1.970.224,00 euros en 2011.

– Contribución al programa de satélites a EUMETSAT, por 11.603.232,00 euros en 2011.

– Contribución de España al programa de satélites geoestacionarios «METEOSAT de 3.ª generación» a EUMETSAT, por 3.956.397,00 euros en 2011.

– Contribución al programa HIRLAM B (2011-2014) a Koninklijk Nederlands-Meteorologische Instituut, por 71.530,00 euros en 2011.

3. Bases de presentación de las cuentas.

3.1 Imagen fiel:

3.1.a Las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto de la entidad contable.

3.1.b No hay requisitos de información, principios contables públicos o criterios contables incluidos en el marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública de 2010 de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, que no hayan sido aplicadas porque hubieran interferido con ello en el objetivo de imagen fiel, excepto el requisito de comparabilidad por ser éstas las primeras cuentas anuales que se formulan aplicando el Plan General de Contabilidad Pública de 2010.

3.1.c En cuanto a los principios, criterios contables aplicados e información complementaria necesaria para alcanzar el objetivo de imagen fiel y ubicación de ésta en la memoria, la información incluida en las presentes cuentas anuales cumple los requisitos de claridad, relevancia y fiabilidad incluidos en el marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública de 2010. Respecto de los principios contables aplicados, la contabilidad de la entidad se desarrolla empleando los principios contables de carácter económico patrimonial y los de carácter presupuestario recogidos en la normativa presupuestaria aplicable, incluidos asimismo en el apartado 3º del marco conceptual de la contabilidad pública antes mencionado.

La información complementaria a las presentes cuentas anuales incluye toda aquella información contable que puede ser considerada necesaria por la Administración General del Estado para la ejecución de los trabajos de auditoría a que se refiere el punto 1 de la regla 34 de la Instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado10, así como para la confección de la Cuenta General del sector público administrativo que ha de formar parte de la Cuenta General del Estado.

10 Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.

3.2 Comparación de la información:

3.2.a Razones excepcionales que justifican la modificación de la estructura de las cuentas anuales.

Se modifica la estructura de las cuentas anuales respecto de las precedentes por la entrada en vigor del nuevo Plan General de Contabilidad Pública11, de aplicación para las entidades integrantes del sector público administrativo estatal a partir del 1 de enero de 2011.

11 Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.

3.2.b Explicación de las causas que impiden la comparación de las cuentas anuales del ejercicio con las del precedente.

En referencia al requisito de comparabilidad, éstas son las primeras cuentas anuales que se formulan aplicando el Plan General de Contabilidad Pública de 2010, no reflejándose ni en el balance, ni en la cuenta de resultado económico patrimonial ni en el resto de estados que hubieran incluido información comparativa, cifras relativas al ejercicio anterior12.

12 Disposición Transitoria Tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril.

3.2.c Explicación de la adaptación de los importes del ejercicio precedente para facilitar la comparación y, en caso contrario, la imposibilidad de realizar esta adaptación.

En la memoria se reflejarán el balance y la cuenta del resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas anuales del ejercicio 201013.

13 Disposición Transitoria Tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril.

3.3 Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores.

No constan.

3.4 Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos.

No constan.

3.5 Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contable.

Por cambio de criterio contable por imposición normativa de la norma de reconocimiento y valoración n.º 6, «Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar» recogida en el Plan General de Contabilidad Pública, y en aplicación de las reglas generales recogidas en la disposición transitoria primera Apto. 1.b), para inversiones sobre edificios de titularidades no adscritas a AEMET, incorporadas en ejercicios anteriores en la cuenta 273 «Gastos de Primer Establecimiento» pasan a incluirse en la cuenta de «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos».

4. Normas de reconocimiento y valoración.

4.1 Inmovilizado material.

Se toma como criterio de valoración el precio de adquisición del activo, incluyendo cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de servicio del activo para el uso al que esté destinado.

Tanto los valores de la amortización acumulada como la dotación correspondiente al ejercicio son valores proporcionados por la aplicación informática para la gestión del inventario cuyas cuotas han sido determinadas de acuerdo con el método lineal completo y que viene tomando como vida útil el periodo establecido siguiendo los criterios técnicos que se establecieron cuando se elaboró el inventario de AEMET, tomando como referencia y, como regla general, las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

El deterioro del valor del activo perteneciente al inmovilizado material, se determinará con carácter general por la cantidad que exceda el valor contable de un activo a su importe recuperable, siempre que la diferencia sea significativa, como así se recoge en las normas de reconocimiento y valoración 2.ª «Inmovilizado Material», Pto. 8 del Plan General de Contabilidad Pública 2010.

4.2 Inversiones inmobiliarias.

Se adopta el mismo criterio de valoración que para el inmovilizado material e intangible.

4.3 Inmovilizado Intangible.

Se toma como criterio de valoración el precio de adquisición del activo, incluyendo cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de servicio del activo para el uso al que esté destinado.

La determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado material será por el coste de producción determinado mediante la utilización de los mismos principios que son aplicados al precio de adquisición de los activos.

Tanto los valores de la amortización acumulada como la dotación correspondiente al ejercicio son valores proporcionados por la aplicación informática para la gestión del inventario cuyas cuotas han sido determinadas de acuerdo con el método lineal completo y que viene tomando como vida útil el periodo establecido siguiendo los criterios técnicos que se establecieron cuando se elaboró el inventario de AEMET, tomando como referencia y, como regla general, las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

El deterioro del valor del activo perteneciente al inmovilizado material, se determinará con carácter general por la cantidad que exceda el valor contable de un activo a su importe recuperable, siempre que la diferencia sea significativa, como así se recoge en las normas de reconocimiento y valoración 2.ª «Inmovilizado Material», Pto. 8. del Plan General de Contabilidad Pública 2010.

4.4 Arrendamientos.

4.4.a) Arrendamientos financieros.

No constan.

4.4.b) Arrendamientos operativos.

Tratándose de contratos de arrendamiento en los que no se transfieren los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad, las cuotas derivadas de los arrendamientos operativos son reconocidas como gastos en el resultado del ejercicio en el que se devengan y durante el plazo de arrendamiento.

4.4.c) Venta con arrendamiento posterior.

No constan.

4.5 Permutas.

No constan.

4.6 Activos y Pasivos Financieros.

4.6.a) Los criterios empleados para la clasificación y valoración de las diferentes categorías de activos financieros y pasivos financieros serán, con carácter general, el precio de la transacción que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada o recibida más los costes de transacción.

4.6.b) Para los activos financieros:

4.6.b.1 La naturaleza de los clasificados.

Créditos y partidas a cobrar que incluyen los créditos por operaciones derivadas de la actividad habitual.

4.6.b.2 Los criterios aplicados.

Con carácter general, los créditos y partidas a cobrar se valoran inicialmente por el precio de la transacción, efectuándose al cierre del ejercicio las correcciones valorativas necesarias que reflejen el riesgo de reducción o retraso de los flujos de efectivo estimados futuros reconociéndose como gasto del ejercicio.

4.6.c) Criterios empleados para el registro de la baja de activos financieros y pasivos financieros.

Se ha procedido en este ejercicio al análisis del saldo existente de deudores de ejercicios anteriores y a su posterior regularización con el fin de reflejar la imagen fiel de la situación financiera y del resultado económico patrimonial.

4.6.d) Contratos de garantías financieras.

No constan.

4.6.e) Inversiones en entidades del grupo, multigrupo y asociadas.

No constan.

4.6.f) Los criterios empleados en la determinación de los ingresos o gastos procedentes de las distintas categorías de instrumentos financieras.

Los intereses devengados a lo largo del ejercicio son reconocidos como resultados del mismo en el momento en que se produce la corriente monetaria.

4.7 Coberturas contables.

No constan instrumentos financieros derivados que se designen a la fecha de cierre como instrumentos de cobertura.

4.8 Existencias.

Los bienes y servicios comprendidos en las existencias se valorarán por el precio de adquisición o el coste de producción.

A la fecha de cierre del ejercicio, debilidades en los sistemas de control de inventario que permitieran una valoración de las mismas, origina que no se concreten importes en esta partida de Balance. Una vez finalizado un inventario inicial, los activos aflorados como consecuencia de ello se valorarían al valor contable correspondiente a su precio de adquisición o coste de producción original, y si no pudieran establecerse éstos, por el valor razonable, según lo establecido en las normas de valoración del Inmovilizado del Plan General de Contabilidad Publica de 2010.

4.9 Activos construidos o adquiridos para otras entidades.

Se adopta el mismo criterio de valoración que para el inmovilizado material, es decir, determinando el coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado por el coste de producción, siendo fijado mediante la utilización de los mismos principios que son de aplicación al precio de adquisición de los activos.

4.10 Transacciones en moneda extranjera.

Toda transacción que exige su liquidación en moneda extranjera se registra en el momento de su reconocimiento en euros, aplicando al importe correspondiente en moneda extranjera el tipo de cambio al contado, vigente en la fecha en que los bienes se incorporan al patrimonio, según lo establecido en las normas de valoración del Plan General de Contabilidad Publica 2010.

4.11 Ingresos y gastos y criterios generales aplicados.

Los ingresos y los gastos se imputan a la cuenta de resultado económico-patrimonial siguiendo el criterio del devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias. Existe como excepción la forma de imputación de los ingresos procedentes de AENA, que par no contarse con información suficientemente contrastada para seguir el criterio mencionado a la hora de su contabilización, se opta por el criterio de caja.

Las obligaciones presupuestarias figuran por el importe a satisfacer, cuyo valor será el que se considera como la cantidad a pagar en el momento de su vencimiento. Los derechos a cobrar presupuestarios figuran por el importe a percibir por la contraprestación, la venta o los servicios efectuados, incluyendo los impuestos legalmente repercutibles que figuran en sus cuentas específicas y, con carácter general, cuando su importe sea susceptible de medir con fiabilidad y cuando la entidad estime probable que recibirá los rendimientos económicos o potencial de servicio asociado a la transacción.

4.12 Provisiones y contingencias. Criterio de valoración.

Conforme a la norma de reconocimiento y valoración 17.ª «Provisiones, activos y pasivos contingentes», y con origen en un hecho del que nace una obligación de pago con incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento.

4.13 Transferencias y subvenciones.

Las subvenciones y transferencias tanto corrientes como de capital, tanto recibidas como las concedidas se imputan a la cuenta del resultado económico-patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ellos se derivan.

Las transferencias y subvenciones concedidas se contabilizan como gastos en el momento en que se tiene constancia de que se ha cumplido las condiciones establecidas para su percepción, sin perjuicio de la imputación presupuestaria de las mismas.

Las transferencias y subvenciones recibidas se reconocen como ingresos por la Agencia como beneficiario cuando se han cumplido las condiciones asociadas a su disfrute y no existen dudas razonables sobre su percepción, sin perjuicio de la imputación presupuestaria de las mismas. Se contabilizan con carácter general corno ingresos directamente atribuidos al patrimonio neto, Imputándose éstos al resultado del ejercicio correlacionados con los gastos devengados en el mismo, derivados de la subvención de que se trate.

4.14 Actividades conjuntas.

En esta Agencia no se han llevado a cabo actividades conjuntas o acuerdos en virtud de los cuales se hayan emprendido actividades económicas sometidas a gestión conjunta con AEMET corno uno de los participes.

4.15 Activos en estado de venta.

Se adoptan los mismos criterios de valoración que para el inmovilizado material e intangibles.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

5. Inmovilizado Material.

5.1 Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe.

Se incorporan a las cuentas del subgrupo 21 todos los gastos correspondientes al concepto presupuestario 640 «Gastos en Inversiones de carácter inmaterial», así como un importe de 60.416,00 euros que, siendo presupuestado al concepto 630, tiene carácter inmaterial y se incluye en el cuenta 206000 «Aplicaciones Informáticas».

5.1.a) Cuenta 210000 «Terrenos y Bienes Naturales».

5.1.a.i Con un saldo inicial de 14.403.098,76 euros no incorpora altas a lo largo del ejercicio 2011.

El saldo final es de 14.403.098,76 euros.

5.1.b) Cuenta 211000 «Construcciones».

5.1.b.i Con un saldo inicial de 39.871.717,41 euros incorpora altas por un importe de 693.173,39 euros.

Asimismo existe un decremento de 119.779,70 euros correspondientes a las mencionadas partidas:

5.1.b.ii.a) Expediente 98003046. «Redacción del Proyecto Básico y Ejecución para Reforma y Ampliación de la Delegación De Murcia», por un importe de 30.594,71 euros a la cuenta 207000 «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos»;

5,1.b.ii.b) Expediente 98002804. «Suministro e Instalación de una Bomba de Temperatura en la Delegación de Cataluña», por un importe de 68.192,20 euros a la cuenta 207000 «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos»;

5,1.b.ii.c) Expediente 98003146, «Obras de Reparación en el Observatorio Meteorológico de Navacerrada (Madrid)», por un importe de 20.992,79 euros a la cuenta 207000 «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos»;

de conformidad con la norma de reconocimiento y valoración no 6, «Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar» recogida en el Plan General de Contabilidad Pública 2010, con un cambio de criterio para inversiones sobre edificios de titularidades no adscritas a AEMET, agregadas en ejercicios anteriores en la cuenta 273 «Gastos de Primer Establecimiento».

El saldo final es de 40.445.111,10 euros.

5.1.b.ii «Dotación a la Amortización de Construcciones» (Cta. PGCP 681100), por importe de 1.335.720,920 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281100 de «Amortización Acumulada de Construcciones» de 12.534.988,31 euros, siendo su saldo a fin de ejercicio de 13.870.709,23 euros.

5.1.c) Cuenta 214000 «Maquinaría y Utillaje».

5.1.c.i Con un saldo inicial de 1.948.215,14 euros incorpora altas por un importe de 43.491,41 euros y bajas de inventario por importe de 7.603,46 euros.

El saldo final es de 1.984.103,09 euros.

5.1.c.ii «Dotación a la Amortización de Maquinaria y Utillaje» (Cta. PGCP 681400), por importe de 49.672,52 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281400 de «Amortización Acumulada de Maquinaria y Utillaje» de 1.711.253,19 euros, que tras el cargo de 7.603,46 euros por la baja de bienes totalmente amortizados, tiene un saldo a fin de ejercicio de 1.753.322,25 euros.

5.1.d) Cuenta 215000 «Instalaciones Técnicas y Otras Instalaciones».

5.1.d.i Con un saldo inicial de 128.900.263,41 euros incorpora altas por un importe de 6.578.095,22 euros y bajas de inventario por importe de 12.782.717,74 euros.

Existe un incremento de 13.811,52 euros por traspaso de la cuenta 201000 «Inversión en Desarrollo», correspondiente al Expediente 98002991. «Ayuda adicional al investigador en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011, Subprograma Ramón y Cajal», por tratarse de bienes que se adquirieron para el Centro de Investigación Atmosférica de Izaña, para dicho proyecto de investigación.

El saldo final es de 122.709.452,41 euros.

5.1.d.ii «Dotación a la Amortización de Instalaciones Técnicas y Otras Instalaciones» (Cta. PGCP 681500), por importe de 7.403.188,64 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281500 de «Amortización Acumulada de Maquinaria y Utillaje» de 100.226.561,60 euros, que tras el cargo de 12.670.781,82 euros por la baja de bienes total y parcialmente amortizados, tiene un saldo a fin de ejercicio de 94.958.968,42 euros.

5.1.e) Cuenta 216000 «Mobiliario».

5.1.e.i Con un saldo inicial de 8.633.195,86 euros incorpora altas por un importe de 831.600,13 euros y bajas de inventario por importe de 244.240,14 euros.

Este importe incluye un valor de 241.096,60 euros de bienes totalmente amortizados, abonándose con cargo a la cuenta 281600 de «Amortización Acumulada de Mobiliario», existiendo una pérdida de 3.143,54 euros recogidas en la cuenta 671000 «Pérdidas procedentes del Inmovilizado Material».

El saldo final es de 9.220.555,85 euros.

5.1.e.ii «Dotación a la Amortización de Mobiliario» (Cta. PGCP 681600), por importe de 438.895,78 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281600 de «Amortización Acumulada de Maquinaria y Utillaje» de 5.631.743,00 euros, que tras el cargo de 241.096,60 euros por la baja de bienes total y parcialmente amortizados, tiene un saldo a fin de ejercicio de 5.829.542,18 euros.

5.1.f) Cuenta 217000 «Equipos para Procesos de Información».

5.1.f.i Con un saldo inicial de 6.520.349,98 euros incorpora altas por un importe de 44.022,34 euros y bajas de inventario por importe de 330.213,76 euros.

Existe a su vez un decremento de 29.028,00 euros por traspaso de otra partida, cuenta 206000 «Aplicaciones Informáticas» por el siguiente concepto:

Expediente 98002465. «Desarrollo de un sistema de aplicaciones para la generación automática de boletines de predicción marítima de alta mar», por no tratarse de un equipo/red informático, sino en la contratación del desarrollo de un software específico para AEMET, por lo que se incluye en la mencionada cuenta, en concreto dentro de la clasificación de Software propio desarrollado por terceros.

El saldo final es de 6.205.130,56 euros.

5.1.f.ii «Dotación a la Amortización de Equipos para Procesos de Información» (Cta. PGCP 681700), por importe de 442.629,79 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281700 de «Amortización Acumulada de Equipos para Procesos de Información» de 5.224.522,62 euros, que tras el cargo de 330.213,76 euros por la baja de bienes totalmente amortizados su saldo a fin de ejercicio de 5.336.938,65 euros.

5.1.g) Cuenta 218000 «Elementos de Transporte».

5.1.g.i Con un saldo inicial de 1.355.857,69 euros incorpora altas por un importe de 51.809,08 euros y bajas de inventario por importe de 61.408,00 euros.

El saldo final es de 1.346.258,77 euros.

5.1.g.ii «Dotación a la Amortización de Equipos para Procesos de Información» (Cta. PGCP 681800), por importe de 94.597,38 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281800 de «Amortización Acumulada de Elementos de Transporte» de 759.791,17 euros, que tras el cargo de 61.408,00 euros por la baja de bienes totalmente amortizados su saldo a fin de ejercicio de 792.980,55 euros.

5.1.h) Cuenta 219000 «Otro Inmovilizado Material».

5.1.h.i Con un saldo inicial de 1.012.418,26 euros incorpora altas por un importe de 157.706,26 euros.

El saldo final es de 1.170.124,52 euros.

5.1.h.ii «Dotación a la Amortización de otro Inmovilizado Material» (Cta. PGCP 681900), por importe de 113.972,80 euros.

Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 281900 de «Amortización Acumulada de otro Inmovilizado Material» de 389.494,94 euros, siendo su saldo a fin de ejercicio de 503.467,74 euros.

5.2 Información sobre:

5.2.a) Durante el ejercicio no constan costes susceptibles de estimación por desmantelamiento del activo y de la restauración de su emplazamiento.

5.2.b) Vidas útiles de amortización utilizadas con carácter general en los diferentes elementos.

Cuenta PGCP

Descripción

Criterio de Amortización

Vida útil

210000

Terrenos y Bienes Naturales.

Sin amortización

211000

Construcciones:

– Oficinas.

– Almacenes.

– Radares, Casetas, cobertizos.

Lineal

75 años

50 años

25 años

214000

Maquinaria y Utillaje.

Lineal

7 años

10 años

215000

Instalaciones Técnicas y otras Instalaciones:

– Equipos técnicos instalados a la intemperie.

– Equipos técnicos instalados en interior.

Lineal

7 años

10 años

216000

Mobiliario.

Lineal

10 años

217000

Equipos para procesos de información.

– Redes informáticas.

– Equipos y aplicaciones informáticos.

Lineal

8 años

4 años

218000

Elementos de Transporte

Lineal

10 años

219000

Otro Inmovilizado Material:

– Fondos bibliográficos.

– Repuestos.

Lineal

10 años

2 años

5.2.c) Durante el ejercicio no constan cambios de estimación que afecten a valores residuales, costes estimados de desmantelamiento del activo y la restauración de su emplazamiento, vidas útiles y métodos de amortización.

5.2.d) Durante el ejercicio no constan gastos financieros capitalizados en el mismo.

5.2.e) Durante el ejercicio no se aplica criterio alguno para determinar el valor razonable al no tenerse que ningún bien con el modelo de revalorización.

5.2.f) Durante el ejercicio no se aplica corrección valorativa alguna de cuantía significativa para determinar el valor razonable por deterioro.

5.2.g) Durante el ejercicio no se incorporan a Balance bienes recibidos en adscripción.

5.2.h) Durante el ejercicio no se han entregado bienes en adscripción.

5.2.i) Durante el ejercicio no se han recibido bienes en cesión durante el ejercicio.

5.2.j) Durante el ejercicio no han existido arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar de importe significativo sobre bienes del inmovilizado material.

5.2.k) Durante el ejercicio no constan bienes destinados al uso general entre infraestructuras y bienes del patrimonio histórico.

5.2.l) Durante el ejercicio no consta activación de valor de bienes construidos por la entidad con importe significativo.

5.2.m) Como otras circunstancias de carácter sustantivo que afecte a bienes de inmovilizado material (garantías, restricciones de titularidad, litigios y situaciones análogas), destacar que los inmuebles que figuran en inventario y que se corresponden con la partida de «Construcciones» de Balance se consideran por la Dirección General de Patrimonio como bienes adscritos a la Agencia Estatal de Meteorología, como tal se reflejan en las Cuentas Anuales.

6. Inversiones inmobiliarias.

No constan inversiones inmobiliarias en Balance.

7. Inmovilizado intangible.

7.1 Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe.

Se incorporan a las cuentas del subgrupo 20 todos los gastos correspondientes al concepto presupuestario 620 «Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios» y 630 «Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios», menos un importe de 60.416,00 euros que, siendo presupuestado al concepto 630, tiene carácter inmaterial y se incluye en el cuenta 206000 «Aplicaciones Informáticas».

7.1.a) Cuenta 200000 «Inversión en Investigación».

7.1.a.i Sin saldo inicial incorpora altas por un importe de 115.582,25 euros.

Existe un importe de 3.178,00 euros pendiente de aplicar contablemente a dicha cuenta al tratarse de un libramiento a justificar pendiente de aprobación a fin de ejercicio correspondiente al Expediente 98003028. «Proyecto de Investigación ESA_CALVAL del Plan Nacional de Investigación Científica».

El saldo final es de 111.994,49 euros.

7.1.a.ii «Dotación a la Amortización de Inversión en Investigación» (Cta. PGCP 680000), por importe de 8.798,70 euros. Dicho importe se acumula al saldo inicial de su correspondiente cuenta 280000 de «Amortización Acumulada de Inversión en Investigación» que presenta un saldo inicial de 0 euros, siendo a fin de ejercicio de 8.798,70 euros.

7.1.b) Cuenta 201000 «Inversión en Desarrollo».

7.1.b.i Sin saldo inicial incorpora altas por un importe de 13.811,52 euros.

Existe una disminución de 13.811,52 euros por traspaso a la cuenta 215000 de «Instalaciones Técnicas y otras Instalaciones», correspondiente al Expediente 98002991. «Ayuda adicional al investigador en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011, Subprograma Ramón y Cajal», por tratarse de bienes que se adquirieron para el Centro de Investigación Atmosférica de Izaña, para dicho proyecto de investigación.

El saldo final es de 0 euros.

7.1.b.ii «Dotación a la Amortización de Inversión en Desarrollo» (Cta. PGCP 680100), no presenta movimientos durante el ejercicio 2011 y como su correspondiente cuenta 280100 de «Amortización Acumulada de Inversión en Desarrollo» presentaba un saldo inicial de 0 euros, no sufre modificación y su saldo a fin de ejercicio es de 0,00 euros.

7.1.c) Cuenta 203000 «Propiedad Industrial e Intelectual».

7.1.c.i Con un saldo inicial de 3.598.706,02 euros incorpora altas por un importe de 13.924,00 euros.

El saldo final es de 3.612.630,02 euros.

7.1.c.ii «Dotación a la Amortización de Propiedad Industrial e Intelectual» (Cta. PGCP 680300), por importe de 531.133,89 euros. Dicho importe se acumula al saldo inicial de cuenta 280300 de «Amortización Acumulada de Propiedad Industrial e Intelectual» de 1.558.440,00 euros, siendo su saldo a fin de ejercicio de 2.089.573,89 euros.

7.1.d) Cuenta 206000 «Aplicaciones Informáticas».

7.1.d.i Con un saldo inicial de 5.122.405,91 euros incorpora altas por un importe de 466.097,54 euros y bajas de inventario por importe de 6.086,33 euros.

Existe a su vez un incremento de 29.028,00 euros por traspaso de otras partidas por dicho importe por el siguiente concepto: Expediente 98002465. «Desarrollo de un sistema de aplicaciones para la generación automática de boletines de predicción marítima de alta mar», procedente de la cuenta 217000 de «Equipos para Procesos de Información» por no tratarse de un equipo/red informático, sino en la contratación del desarrollo de un software específico para AEMET, en concreto dentro de la clasificación de Software propio desarrollado por terceros.

El saldo final es de 5.611.445,12 euros.

7.1.d.ii «Dotación a la Amortización de Aplicaciones Informáticas» (Cta. PGCP 680600), por importe de 822.410,50 euros. Dicho importe se acumula al saldo inicial de la cuenta 280600 de «Amortización Acumulada de Aplicaciones Informáticas» de 3.259.010,44 euros, que tras el cargo de 6.086,33 € por la baja de bienes totalmente amortizados, tiene un saldo a fin de ejercicio de 4.075.334,61 euros.

7.1.e) Cuenta 207000 «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos».

7.1.e.i con un saldo inicial de 100.316,96 euros.

Existe un incremento de 119.779,70 euros por inclusión en dicha cuenta de las «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos», de conformidad con la norma de reconocimiento y valoración n.º 6, «Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar» recogida en el Plan General de Contabilidad Pública14, surge un cambio de criterio para inversiones sobre edificios de titularidades no adscritas a AEMET, incorporadas en ejercicios anteriores en la cuenta 273 «Gastos de Primer Establecimiento». Dicho incremento corresponde a las siguientes partidas:

14 Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril.

7.1.e.i.a) Expediente 98003046. «Redacción del Proyecto Básico y Ejecución para Reforma y Ampliación de la Delegación De Murcia», por un importe de 30.594,71 euros procedente de la cuenta 211000 de «Construcciones».

7.1.e.i.b) Expediente 98002804. «Suministro e Instalación de una Bomba de Temperatura en la Delegación de Cataluña», por un importe de 68.192,20 euros procedente de la cuenta 211000 de «Construcciones».

7.1.e.i.c) Expediente 98003146. «Obras de Reparación en el Observatorio Meteorológico de Navacerrada (Madrid)», por un importe de 20.992,79 euros procedente de la cuenta 211000 de «Construcciones».

El saldo final es de 220.096,66 euros.

7.1.e.ii «Dotación a la Amortización de Inversiones sobre Activos Utilizados en Régimen de Arrendamiento o Cedidos» (Cta. PGCP 680700), por importe de 6.109,11 euros. Dicho importe se compone del importe calculado en aplicación del nuevo criterio de amortización al saldo inicial de la cuenta 207 «Inversiones sobre Activos Utilizados en Régimen de Arrendamiento o Cedidos» más 1.093,26 euros. correspondiente a los bienes incorporados en el inventario de AEMET durante el ejercicio, siendo por lo tanto su saldo a fin de ejercicio de 6.109,11 euros.

7.1.f) Cuenta 209000 «Otro Inmovilizado Intangible».

7.1.f.i Con un saldo inicial de 9.171.299,35 euros incorpora altas por un importe de 1.584.130,94 euros.

El saldo final es de 10.755.430,29 euros.

7.1.f.ii «Dotación a la Amortización de otro Inmovilizado Intangible» (Cta. PGCP 680900), por importe de 1.788.958,63 euros. Dicho importe se acumula al saldo inicial de la cuenta 280900 de «Amortización Acumulada de otro Inmovilizado Intangible» de 1.504.771,85 euros, siendo su saldo a fin de ejercicio de 3.293.730,48 euros.

7.2 Información sobre:

7.2.a Vidas útiles o coeficientes de amortización utilizados con carácter general en los diferentes tipos de elementos.

Cuenta PGCP

Descripción

Criterio de Amortización

Vida útil

200000

Inversión en investigación.

Lineal

5 años

203000

Propiedad Industrial e Intelectual.

Lineal

5 años

206000

Aplicaciones Informáticas.

Lineal

4 años

207000

Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos.

Lineal

20 años

209000

Otro Inmovilizado Intangible.

Lineal

5 años

7.2.b Referido a los cambios de estimación que hayan afectado a valores residuales, vidas útiles y métodos de amortización y en cuanto a las inversiones realizadas en edificios que no son propiedad de la Agencia pero que sí son utilizados para el desarrollo de su actividad sin ningún coste para AEMET (salvo arrendamientos) y en base a la Resolución de 31 de enero de 2002 de la Intervención General de la Administración del Estado15 que establecía que «las obras y reparaciones que se realicen sobre este tipo de bienes, por inicio de actividad o ampliación de la capacidad operativa de la misma, pueden imputarse al resultado económico patrimonial de la entidad durante el periodo de vigencia del contrato de arrendamiento o el periodo durante el cual el bien vaya a ser objeto de uso, siempre que no sea superior a cinco años, en cuyo caso será este último el periodo de imputación del citado gasto».

15 B.O.E. de 12 de febrero de 2002.

En ejercicios precedentes han sido objeto de imputación presupuestaria al capítulo VI de Inversiones Reales, e incorporadas contablemente, como mayor gasto en inversiones en la cuenta 273 «Gastos de primer establecimiento», siendo, a su vez, dotada linealmente una amortización de gastos del 20% del valor de los mencionados bienes.

Con la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad Pública de 201016 se produce un cambio de estimación que afecta a valores residuales, vida útil y método de amortización de dichos bienes que se reclasifican y pasan a incorporarse en Balance en la cuenta 207000 «Inversiones sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento o cedidos» y con una vida útil estimada de 20 años para el cálculo de amortización anual.

16 Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril.

7.2.c Referente al importe de los gastos financieros capitalizados en el ejercicio, durante el mismo no hay constancia de su existencia.

7.2.d. En cuanto al criterio utilizado para determinar el valor razonable de los bienes valorados de acuerdo con el modelo de revalorización, durante este ejercicio no se ha aplicado dicho modelo según lo previsto en la norma de reconocimiento y valoración 2.ª, «Inmovilizado material» del Plan General de Contabilidad Pública 201017, se requeriría autorización previa de la Intervención General de la Administración del Estado.

17 Disposición adiciona/ única de la Orden ENA/1037/2010, de 13 de abril.

7.2.e No se registran en este ejercicio correcciones valorativas por deterioro de cuantía significativa, reconocida o revertida durante el ejercicio para el inmovilizado intangible.

7.2.f El Importe agregado de los desembolsos por investigación y desarrollo que se han reconocido corno gastos durante el ejercicio ha sido de 33.660,00 euros.

7.2.g Durante el ejercicio no se ha conocido la existencia de circunstancias de carácter sustantivo que haya afectado al Inmovilizado intangible, tal como garantías, restricciones de titularidad, litigios y situaciones análogos.

8. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar.

No consta la existencia de arrendamientos financieros o de otras operaciones de naturaleza similar; todos los contratas de arrendamiento formalizados durante el ejercicio son operativos, reconociéndose como gasto del ejercicio las cuotas devengadas durante el mismo.

9. Activos financieros.

Como información de carácter sustantivo que afectan a los activos financieros, destaca que la cuenta 550 «Cuentas Corrientes no bancarias» con un saldo inicial de 10.564.680,69 euros se ha visto incrementado en 1.255.580,11 euros, compuesto par las importes de 1.239.390,80 euros en concepto de superávit presupuestario y de 16.189,31 euros por intereses devengados acreditados a nuestro favor en una cuenta denominada Fondo de Maniobra, correspondientes a Esparta como Estado Miembro de EUMETSAT, siendo el saldo a 31 de diciembre de 11.820.268,80 euros.

Sin datos el Estado Financiero F.9.1.d) Activos financieros. Información relacionada con el Balance: Correcciones por deterioro del valor.

10. Pasivos financieros.

No existe ninguna información de carácter sustantivo que afecte a los pasivos financieros.

Sin datos el Estado Financiero F.10,1. Pasivos financieros: Resumen de situación de deudas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

11. Coberturas contables.

No existe ninguna información de carácter sustantivo referente a coberturas contables durante el ejercicio.

12. Activos construidos o adquiridos para otras entidades y otras existencias.

No existen movimientos durante el ejercicio de la cuenta incluida en este epígrafe, ni de su corrección valorativa acumulada.

13. Moneda extranjera.

13.1 No hay ningún importe global, a nivel partida del balance, de la tesorería en moneda extranjera en las cuentas anuales de AEMET.

13.2 No hay ningún importe reflejo de las diferencias de cambio reconocidas en el resultado del ejercicio, correspondiente a los pasivos financieros denominados en moneda extranjera.

14. Transferencias y subvenciones.

Con carácter general se cumplen las condiciones impuestas para la recepción y disfrute de las subvenciones, imputándose a resultados en el del ejercicio que se devengan los gastos que están financiando.

Por la primera anualidad 2011 del Proyecto «JUAN DE LA CIERVA-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD» DE 33.660,00 euros, se realiza un traspaso al resultado del ejercicio (Cta. 754000 «Subvenciones para activos corrientes y gastos imputados al ejercicio») de la subvención recibida, para la financiación de activos corrientes que han sido previamente imputados a patrimonio neto.

SUBVENCIÓN JUAN DE LA CIERVA

M.º DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

(23.701 Presupuesto de Ingresos de AEMET)

Derechos Reconocidos

100.980,00 euros

Cobros

33.660,00 euros

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

16. Información sobre medio ambiente.

Entre los objetivos básicos de AEMET está «proporcionar apoyo científico a las políticas medioambientales, tales como la prevención del cambio climático, la vigilancia de la capa de ozono y de la calidad del aire»18 y, por tanto, existen durante el ejercicio gastos en su conjunto en los que se han incurrido con el objetivo de la protección y mejora del medio ambiente, no así no consta la existencia de inversiones realizadas por razones medioambientales.

18 Art. 8 f) Competencias y funciones del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología.

17. Activos en estado de venta.

No constan en balance activos en estado de venta cuyo importe sea significativo.

18. Presentación por actividades de la cuenta del resultado económico patrimonial.

La presentación por actividades de la cuenta del resultado económico patrimonial de este apartado se estructura según los criterios y modelo que se fija en el Anexo II de la Instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado19.

19 Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.

Sin datos los Estados financieros F.19.1.a Gestión de los recursos administrativos por cuenta de otros entes públicos: de los derechos pendientes de cobro, F.19.1.b Gestión de los recursos administrados por cuenta de otros entes públicos: de los derechos cancelados, F.19.2. Gestión de los recursos administrados por cuenta de otros entes públicos: devoluciones de ingresos, F.19.3. Gestión de los recursos administrados por cuenta de otros entes públicos: obligaciones derivadas de la gestión y F.19.4. Gestión de los recursos administrados por cuenta de otros entes públicos: cuentas corrientes de efectivo.

19. Operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.

En las presentes cuentas no existe información sobre las operaciones de administración de recursos que contablemente deban se registradas a través de cuentas del subgrupo 45 «Deudores y acreedores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos».

20. Operaciones no presupuestarias de tesorería.

Se informa de las operaciones no presupuestarias de tesorería que comprenden aquellas operaciones realizadas durante el ejercicio que hayan dado lugar al nacimiento o extinción de deudores y acreedores que no deban imputarse al presupuesto o de partidas representativas de pagos y cobros pendientes de aplicación definitiva.

21. Contratación administrativa. Procedimientos de adjudicación.

Se informa por tipos de contratos sobre los importes adjudicados según los diferentes procedimientos establecidos en la normativa vigente sobre contratación. La información recogida se obtiene a través del seguimiento de los proyectos de inversión del sistema de información contable.

22. Valores recibidos en depósito.

En las presentes cuentas no existe información sobre valores recibidos en depósito.

23. Información presupuestaria.

La información se presenta al mismo nivel de desagregación que en el Estado de liquidación del Presupuesto.

23.1 Presupuesto Corriente.

23.1.a) Modificaciones, transferencias y variaciones de crédito.

23.1.a.1 Variación presupuestaria para atender en 2011 a compromisos internacionales adquiridos por AEMET por 2.600.000,0.0 euros desde 23 495B 790 al 23 495E 49020.

20 Resolución de la Presidencia de AEMET de fecha 11 de mayo de 2011.

29.1.a.2 Baja de crédito por 1.500.000,00 euros desde el concepto 23.401.790 a la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal (Exp. 206/11 de 07.07.2011).

23.1.a.3 Crédito generado por ingresos por 90.645,33 euros en el concepto 23.401.233 derivados de la ayuda concedida a AEMET21.

21 Resolución de 13 de mayo de 2011 del INAP.

Sin datos los estados financieros F.23.1.1.d) Información Presupuestaria. Presupuesto corriente. Gastos: Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto y F.23.1.2.a2) Información Presupuestaria. Presupuesto corriente. Ingresos. Procesos de gestión: derechos cancelados.

23.2 Presupuestos cerrados.

Sin datos el estado financiero F.23.2.2.c) Información Presupuestaria. Presupuestos cerrados. Ingresos. Derechos cancelados.

23.3 Compromisos de gasto con cargo a presupuestas de ejercicios posteriores:

Se acompaña a las presentes cuentas una relación de los mismos con su descripción, importe y año al que se refieren.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

23.6 Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables.

Se incorpora el asiento de apertura del ejercicio 2011 realizado con las cuentas previstas en el Plan General de Contabilidad Pública de 2010 y el asiento de cierre del ejercicio 2010 con las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública vigente hasta dicha fecha22.

22 Disposición Transitoria Primera de Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.

Sin datos los estados financieros F.23.6.1. Información Presupuestaria. Derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad. Presupuesto corriente y F.23.6.2. Información Presupuestaria. Derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad. Presupuestos cerrados.

23.7 Balance de Resultados se informe de gestión.

Según la disposición transitoria cuarta, la información, dentro del programa, del grado de realización de los objetivos, así como de las costes en los que se ha incurrido para su realización, en términos de gasto presupuestario previsto y realizado, y las desviaciones físicas y financieras, tanto absolutas como en porcentaje de los realizado sobre lo previsto, que se han producido, según establece el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria se obtiene a través de los sistemas de gestión23.

23 Fuente: CUADRO DE MANDO AEMET –Resumen año 2011–.

El contenido de este epígrafe, en tanto no se asuma el seguimiento de los objetivos presupuestarios en el propio Sistema de Información Contable a que se refiere el Capítulo I del Título II de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado24, no se ajusta a lo que se establece para la misma en su anexo III.

24 Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

24. Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios.

1. Indicadores financieros y patrimoniales.

2. Indicadores presupuestarios.

a) Del presupuesto de gastos corriente.

b) Del presupuesto de ingresos corriente.

c) De presupuestos cerrados.

25. Información sobre el coste de las actividades.

No es de obligación la inclusión sobre el coste de las actividades correspondiente a este epígrafe en las presentes cuentas anuales, siéndolo en las correspondientes a 201325.

25 Disposición Transitoria Quinta de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.

26. Indicadores de gestión.

No es de obligación la inclusión sobre indicadores de gestión correspondiente a este epígrafe en las presentes cuentas anuales, siéndolo en las correspondientes a 201326.

26 Disposición Transitoria Quinta de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.

27. Hechos posteriores al cierre.

La entinad informa de los siguientes hechos y situaciones que se han producido con posterioridad a la fecha de cierre del ejercicio y sobre las que no se han informado en las notas anteriores:

1. A la fecha de remisión de las presentes cuentas anuales, tras las recientes reorganizaciones ministeriales. AEMET se adscribe al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de dicho Ministerio27. Asimismo, ostenta la Presidencia de AEMET don Daniel Cano Villaverde, a propuesta del actual Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete28.

27 Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero.

28 Real Decreto 631/2012, de 30 de marzo, BOE de 31 de marzo.

2. No se ha realizado la aprobación del Contrato de gestión de AEMET a la fecha de cierre del ejercicio, relevante habida cuenta su carácter instrumental en la fijación de los compromisos de la Agencia y en la consecución de sus objetivos.

3. No existe nueva información, a cierre de ejercicio, acerca de la situación del inmueble sede central de AEMET referido a su titularidad y a los derechos de AEMET sobre él, considerado por la Dirección General de Patrimonio como un bien adscrito a la Agencia Estatal de Meteorología, como tal se refleja en las Cuentas Anuales.

4. El ingreso realizado por AENA a AEMET, el 31 de enero de 2012 de un importe de 12.297.425,38 euros en concepto de tasas por los servicios meteorológicos prestados a la aviación y según la información proporcionada por AENA al servicio de contabilidad e ingresos, se compone de las siguientes partidas:

i. Por recuperación del mecanismo corrector de 2009: 68.640,93 euros.

ii. Regularización y liquidación de 2010: 5.308.786,97 euros.

iii. Siendo el resto, de 6.919.997,48 euros correspondiente al anticipo del 35 % como 2.º pago de 2011.

Los siguientes modelos de la Cuenta no tienen contenido:

– F.9.1.d).

– F.10.1.

– F.19.1.a., F.19.1.b, F.19.2., F.19.3. y F.19.4.

– F.23.1.1.d), F.23.1.2.a2), F.23.2.2.c), F.23.6.1. y F.23.6.2.

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