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Documento BOE-A-2013-429

Resolución de 29 de noviembre de 2012, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2013, páginas 1879 a 1913 (35 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-429

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.1 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado», esta Dirección ha tenido a bien disponer la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales del Instituto Nacional de la Seguridad Social correspondientes al ejercicio 2011, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 29 de noviembre de 2012.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, M.ª Eugenia Martín Mendizábal.

V. RESUMEN DE LA MEMORIA

V.1. Organización y actividad

La Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria («BOE» de 27-11-2003), establece, en su artículo 137, que las entidades integrantes del sector público rendirán al Tribunal de Cuentas, por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado, la información contable regulada en la sección 1.ª del capítulo III del título V «Contabilidad del sector público estatal». En dicha sección 1.ª, el artículo 128 recoge el contenido de las cuentas anuales de las entidades que deben aplicar los principios contables públicos; entre estas entidades se encuentra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En concreto, ese artículo (en la redacción dada por la disposición final 5.7 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre) establece que, las cuentas anuales comprenderán los siguientes documentos, que en su conjunto forman una unidad:

— Balance.

— Cuenta del resultado económico-patrimonial.

— Estado de cambios en el patrimonio neto,

— Estado de flujos de efectivo.

— Estado de liquidación del presupuesto.

— Memoria.

Respecto a la memoria, el apartado 7 del mismo artículo 128 recoge que «completará, ampliará y comentará la información contenida en los otros documentos que integran las cuentas anuales». Y, por último, el apartado 8 del mismo artículo establece que le corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda determinar el contenido y estructura de dichos documentos.

En base a esta previsión, el contenido y estructura de las cuentas se ha determinado en la tercera parte del Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 13 de abril de 2010, cuya adaptación a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social ha sido aprobada mediante Resolución de 1 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado.

El modelo de memoria, establecido en el apartado 10 de la tercera parte de dicho plan contable de la Seguridad Social, recoge la información mínima a cumplimentar. No obstante, en aquellos casos en que la información que se solicita no es significativa, no se cumplimentarán las notas correspondientes a la misma. También deberá indicarse cualquier otra información no incluida en el modelo de la memoria que sea necesaria para permitir el conocimiento de la situación y la actividad de la entidad en el ejercicio, facilitando la comprensión de las cuentas anuales objeto de presentación, con el fin de que las mismas reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la liquidación del presupuesto de la entidad contable.

El Plan contable estructura el contenido de la memoria en varios apartados. En el apartado 1 «Organización y actividad», las Entidades Gestoras y la Tesorería General de la Seguridad Social informarán sobre:

1. Norma de creación de la entidad.

2. Actividad de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación.

3. Descripción de las principales fuentes de ingresos.

4. Operaciones sujetas a IVA.

5. Estructura organizativa de la entidad.

6. Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre.

En cumplimiento de la normativa mencionada, respecto al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a continuación se expone la información preceptiva:

1. Norma de Creación de la Entidad.

El INSS fue creado como ente gestor de la Seguridad Social por el Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre. A 31 de diciembre de 2011 se integra en la estructura del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (de Trabajo e Inmigración, hasta el 22 de diciembre de 2011) a través de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, según se establece en el artículo 1.4 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre.

2. Actividad del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El INSS efectúa la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, con excepción de las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, cuya gestión está atribuida al Instituto de Mayores y Servicios Sociales o servicios competentes de las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 1.a) del artículo 57 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio. Para ello, actúa como ente gestor con naturaleza de derecho público y capacidad jurídica, según lo recogido en el artículo 59. 1 de la misma Ley.

Específicamente, el Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre («BOE» de 3-1-1997) atribuye al INSS las siguientes competencias:

— El reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Servicio Público de Empleo Estatal, en materia de prestaciones de protección por desempleo, y al Instituto Social de la Marina, en relación con el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

— El reconocimiento y control del derecho a la asignación económica por hijo a cargo, en su modalidad no contributiva.

— El reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.

— En el ámbito internacional, la participación, en la medida y con el alcance que se le atribuya por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (de Trabajo e Inmigración, hasta el 22 de diciembre de 2011) en la negociación y ejecución de los Convenios Internacionales de Seguridad Social, así como la pertenencia a Asociaciones y Organismos Internacionales.

— La gestión del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.

— La gestión y funcionamiento del Registro de Prestaciones Sociales Públicas.

— La gestión de las prestaciones económicas y sociales del Síndrome Tóxico.

— La gestión ordinaria de sus recursos humanos, en la medida y con el alcance que se determine por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (de Trabajo e Inmigración, hasta el 22 de diciembre de 2011).

— La gestión ordinaria de los medios materiales asignados a su misión.

— La realización de cuantas otras funciones le estén atribuidas legal o reglamentariamente, o le sean encomendadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (de Trabajo e Inmigración, hasta el 22 de diciembre de 2011).

En cuanto al régimen económico-financiero del INSS, éste se encuentra regulado en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, según se establece en sus artículos 1 y 2.1.d).

Y por lo que respecta al régimen de contratación, está regulado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (hasta el 16 de diciembre de 2011, por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del sector Público).

3. Fuentes de Ingreso.

En aplicación de los principios de solidaridad financiera y de caja única, la Tesorería General de la Seguridad Social unifica todos los recursos financieros, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias, y tiene a su cargo, entre otras funciones, la realización de los pagos de las obligaciones reconocidas por el INSS, de conformidad con lo establecido en el artículo 63.1 de la Ley General de la Seguridad Social.

Asimismo, se indica que entre las competencias del INSS no figura el cobro de tasas ni de precios públicos.

4. Operaciones sujetas a IVA.

Ninguna de las actividades que realiza el INSS está sujeta al impuesto sobre el valor añadido, según se establece en el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido.

5. Estructura Organizativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El artículo 2 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social, clasifica los órganos directivos del INSS en dos: de participación en el control y vigilancia de la gestión, y de Dirección:

I. Órganos de Participación en el Control y Vigilancia de la Gestión:

A) Consejo General, a quien corresponde elaborar los criterios de actuación de la Entidad, el anteproyecto de presupuesto de acuerdo con la Ley General Presupuestaria y aprobar la memoria anual para su elevación al Gobierno.

B) Comisión Ejecutiva, a quien compete supervisar y controlar la aplicación de los acuerdos del Consejo General, así como proponer cuantas medidas estime necesarias para el mejor cumplimiento de los fines del Instituto.

II. Órganos de Dirección:

Dirección General: asume las competencias de planificación, dirección y control e inspección de las actividades del Instituto para el cumplimiento de sus fines. El Director General asume la representación legal del Instituto.

A la Dirección General del Instituto se adscribe la Intervención delegada en los Servicios Centrales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin perjuicio de su dependencia de la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Intervención General de la Seguridad Social. Tiene atribuidas las competencias recogidas en el Real Decreto 622/1998, de 17 de abril, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social; en el Real Decreto 508/2000, de 14 de abril, por el que se estructura el sistema de información contable de la Seguridad Social; y en el Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social.

De la Dirección General dependen, con nivel orgánico de Subdirecciones Generales, las unidades relacionadas a continuación:

— Secretaría General. Le compete, el estudio y propuesta de la planificación estratégica de la Entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las subdirecciones generales; la planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de éstos; la gestión de los servicios generales de los servicios centrales; las relaciones externas, la información y asistencia técnica a los miembros del Consejo General; la coordinación de las Subdirecciones Generales; la coordinación y gestión de las comunicaciones generales a los beneficiarios y ciudadanos, en el ámbito de prestaciones económicas gestionadas por el Instituto; el establecimiento y seguimiento de nuevos servicios de comunicación; la programación, ordenación y control de la red de Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones; y en general, actuaciones de mejora de los sistemas de información general de la Entidad.

— Subdirección General de Gestión de Prestaciones. Ejerce las competencias relativas a la ordenación administrativa de la gestión de las prestaciones económicas, salvo las previstas para la Subdirección General de Incapacidad Temporal y otras prestaciones a corto plazo; el diseño implantación y seguimiento de los procesos de trabajo aplicados al reconocimiento, suspensión y extinción del derecho a las prestaciones del Sistema de Seguridad Social; así como el seguimiento de su gestión; administración y funcionamiento del registro de prestaciones sociales públicas; y la dirección, control y desarrollo de la organización informática.

— Subdirección General de Coordinación de Unidades Médicas. Le compete, la planificación, coordinación y seguimiento de la actividad de las unidades médicas provinciales; la colaboración en materias relativas a convenios y acuerdos sobre cuestiones médicas; la programación, ordenación y control de la red de unidades médicas; la planificación formativa del personal médico; y la formulación de propuestas tendentes a mejorar los servicios técnicos sanitarios que se prestan, así como el asesoramiento en cuestiones médicas.

— Subdirección General de Recursos Humanos y Materiales. Ejerce, entre otras, las competencias relativas a la planificación en materia de recursos humanos; la ejecución de la política de personal de la Entidad y la relación con los órganos de representación sindical; la planificación y desarrollo de las políticas de formación; planificación y desarrollo de actividades en materia de seguridad y salud laboral y prevención de riesgos laborales; elaboración de los planes de necesidades de recursos materiales de los Servicios Centrales y la gestión de suministros, así como el mantenimiento de las instalaciones de los Servicios Centrales; y la elaboración y mantenimiento del inventario centralizado de bienes muebles e inmuebles.

— Subdirección General de Gestión de Incapacidad Temporal y otras prestaciones a corto plazo. Le corresponde la ordenación administrativa para la gestión y control de la incapacidad temporal, la maternidad y paternidad, el riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, la protección familiar, el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, las prestaciones del seguro escolar y del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social, y otras prestaciones a corto plazo del sistema de Seguridad Social, así como el reconocimiento de la asistencia sanitaria. Se adscribe a esta Subdirección General, la Unidad de Gestión de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico, que gestiona estas prestaciones.

— Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria. Le compete, la formulación, en términos de objetivos y programas de gasto, de los planes de actuación de la Entidad; la preparación y confección del anteproyecto de presupuestos; la tramitación de los expedientes de modificación presupuestaria; el seguimiento, análisis y evaluación de los programas, objetivos, indicadores presupuestarios y créditos presupuestarios; la elaboración de las propuestas de gastos de los Servicios Centrales y las de gestión centralizada; y la ordenación y tramitación de la contratación administrativa, inversiones, obras y gestión financiera, así como la preparación de la documentación preceptiva a rendir al Tribunal de Cuentas.

— Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica. Tiene atribuidas las competencias en materia de emisión de informes jurídicos, así como la tramitación y resolución de consultas; colaboración en la elaboración de las disposiciones de la Seguridad Social; la elaboración de proyectos normativos en materia de competencias de la Dirección General; la organización, tramitación y control de expedientes de responsabilidad patrimonial; y el apoyo técnico con el Departamento en materias de ámbito internacional.

— Subdirección General de Estudios Económicos. Realiza estudios económicos en materias propias de la Entidad, así como informes económicos-financieros, estadísticos y actuariales; lleva a cabo el seguimiento y análisis de la evolución de las prestaciones económicas gestionadas por la Entidad; la elaboración de memorias sobre la incidencia económica de proyectos normativos; la dirección y control del Fondo Documental; y en general, asesora en materia económico-financiera y propone alternativas que mejoren la eficacia y eficiencia del gasto.

Asimismo, en los Servicios Centrales del INSS existe un Servicio Jurídico Delegado, que depende funcionalmente de la Dirección del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, y orgánicamente se integra en el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social. Sus competencias están reguladas en el real Decreto 947/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

El artículo 15 del mencionado Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, establece que, en el ámbito provincial, son órganos del Instituto Nacional de la Seguridad Social sus cincuenta y dos Direcciones Provinciales. El Director Provincial será el representante del organismo y velará por el cumplimiento de sus fines, asumiendo las competencias, entre otras, de dirección, ejecución, control e inspección de sus actividades en el ámbito provincial.

De acuerdo con la estructura orgánica descrita, a continuación se relacionan los principales responsables del Instituto Nacional de la Seguridad Social:

— Director General.

Sr. D. Fidel Ferreras Alonso (hasta el 6 de marzo de 2011), y D. José Antonio Panizo Robles (desde el 7 de marzo de 2011).

— Secretario General.

Sr. D. Fernando López Huerta.

— Subdirector General de Gestión de Prestaciones.

Sr. D. César Luis Gómez Garcillán.

— Subdirector General de Coordinación de Unidades Médicas.

Sr. D. Fernando Álvarez-Blázquez Fernández.

— Subdirector General de Recursos Humanos y Materiales.

Sr. D. Félix González Bruno.

— Subdirectora General de Incapacidad Temporal y otras prestaciones a corto plazo.

Sra. D.ª Mª Dolores Santa-María Ruiz.

— Subdirector General de Gestión Económica y Presupuestaria.

Sr. D. José Carlos Martín Antón.

— Subdirectora General de Ordenación y Asistencia Jurídica.

Sra. D.ª Marina Hervás Bautista.

— Subdirector General de Estudios Económicos.

Sra. D.ª Alicia de las Heras Camino

— Interventora Delegada en los Servicios Centrales del INSS.

Sra. D.ª María Gloria Redondo Rincón.

Por lo que respecta a la Organización contable, el Instituto Nacional de la Seguridad Social es una entidad contable dotada de personalidad jurídica y presupuesto propio, que debe formular y rendir la información contable, según se establece en el título V «Contabilidad del Sector Público Estatal» de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. A las Direcciones Provinciales les corresponde el registro de las operaciones que se producen en su ámbito de competencias, por ello, el modelo contable es descentralizado. Además, los centros de gestión de la entidad se relacionan entre sí y con el resto de centros del Sistema. Las operaciones derivadas de esta relación se registran en cuentas de «operaciones internas» que se saldan en dichos centros al final del ejercicio, asumiéndose las mismas por los Servicios Centrales de la entidad, centralizando los resultados producidos en todos los centros de gestión del INSS. Por último, las mencionadas cuentas de «operaciones internas» se saldan al final del ejercicio en los Servicios Centrales de la entidad al asumirse por la Tesorería General de la Seguridad Social. Como resultado de estas operaciones de relación interna, se registra en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, al cierre del ejercicio, el neto patrimonial existente con respecto a la TGSS.

6. Número Medio de Empleados durante el Ejercicio.

Este apartado se describe en el modelo denominado (S029): Personal.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

V.2 BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS

1. Imagen fiel.

Con el fin d que las cuentas anuales de la entidad muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto, han sido elaboradas aplicando de forma sistemática y regular los requisitos de información, principios y criterios contables recogidos en el marco conceptual de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social de la Primera parte de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las citadas entidades.

2. Comparación de la información.

Exclusivamente para las Cuentas del ejercicio 2011 y de acuerdo con la Disposición transitoria tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, así como la Disposición transitoria cuarta de la Resolución de 1 de julio de 2011, de la IGAE, por la que se aprueba la adaptación de dicho plan a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial y el resto de estados que incluyen información comparativa, no reflejarán las cifras relativas al ejercicio anterior.

Como documentación complementaria, se adjunta el balance y la cuenta del resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas anuales del ejercicio 2010 en formato pdf (MEM 32).

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores.

Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en criterios de contabilización ni ha sido necesario proceder a la corrección de errores correspondientes a ejercicios anteriores.

4. Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos.

Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en estimaciones contables.

V.3 NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACION

Los criterios contables aplicados en relación al inmovilizado material e inmovilizado intangible del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y en concreto para el cálculo de amortización de estos inmovilizados, han sido los recogidos en las normas de reconocimiento y valoración, establecidas en la segunda parte de la Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, aprobada por la Resolución de 1 de julio de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

La norma 2ª.7, establece que la amortización del inmovilizado material es la distribución sistemática de la depreciación de un activo a lo largo de su vida útil. Su determinación se realizará, en cada momento, distribuyendo la base amortizable del bien entre la vida útil que reste según el método de amortización utilizado. La base amortizable será igual al valor contable del bien en cada momento, detrayéndole en su caso el valor residual que pudiera tener. Se podrán utilizar métodos de amortización tales como el de amortización lineal, el de tasa constante sobre el valor contable o el de suma de unidades producidas.

La vida útil de cada bien es un elemento primordial en el cálculo de la amortización, como expresión contable de la depreciación que normalmente sufren los referidos bienes. Para determinar ésta, se ha aplicado lo establecido en el apartado segundo.3.2º de la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGAE, teniendo en cuenta el periodo máximo recogido en el anexo denominado, «Tabla de amortizaciones». En base a ello, y de acuerdo con las agrupaciones que por características análogas se realizan con los elementos que constituyen el inmovilizado del INSS en las distintas subcuentas, se han fijados los años de vida útil según el siguiente cuadro:

Cuenta o Subcuenta

Descripción Cuenta/Subcuenta

Vida útil

2110

Construcciones. Administrativas

100

2150

Instalaciones Técnicas

20

2151

Equipos Médicos Asistenciales

7

2140

Maquinaria

20

2141

Aparatos Médicos Asistenciales

10

2142

Elementos de Transporte Interno

18

2145

Utillaje

8

2160

Mobiliario

20

2161

Equipos de Oficina

20

2162

Electrodomésticos

14

2163

Mobiliario Médico Asistencial

18

217

Equipos para Procesos de Información

8

218

Elementos de Transporte

14

219

Otro Inmovilizado Material

20

Asimismo, el cálculo de la cuota de amortización, siguiendo el criterio establecido en el apartado segundo 3.1.º de la misma Resolución, se ha determinado mediante el método de cuota lineal; por lo que, su importe se ha calculado dividiendo la base amortizable neta entre los años que faltan hasta la finalización de la vida útil del elemento que se pretende amortizar.

La norma 4.ª.3 determina que, aquellos activos intangibles con vida útil indefinida no se amortizarán, sin perjuicio de su posible deterioro debiendo revisarse dicha vida útil para determinar si existen hechos y circunstancias para seguir manteniendo una vida útil indefinida para ese activo. Los activos con vida útil definida se amortizarán durante dicha vida útil. Será admisible cualquier método que contemple las características técnico-económicas del activo o derecho y, si no pudieran determinarse de forma fiable, se adoptará el método lineal de amortización.

Respecto a los ingresos y gastos del INSS, se han aplicado los criterios recogidos en el apartado 5º.3 de la primera parte de la Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, aprobada por la Resolución de 1 de julio de 2011 de la IGAE, que establece que, el reconocimiento de ingresos tiene lugar como consecuencia de un incremento de los recursos económicos o del potencial de servicio de la entidad, ya sea mediante un incremento de activos, o una disminución de los pasivos, y siempre que su cuantía pueda determinarse con fiabilidad. Por lo tanto, conlleva el reconocimiento simultáneo de un activo, o de un incremento en un activo, o la desaparición o disminución de un pasivo. Cuando se trate de gastos e ingresos que también tengan reflejo en la ejecución del presupuesto, el mencionado reconocimiento se podrá realizar cuando, de acuerdo con el procedimiento establecido en cada caso, se dicten los correspondientes actos que determinan el reconocimiento de gastos o ingresos presupuestarios. En este caso, al menos a la fecha de cierre del período, aunque no hayan sido dictados los mencionados actos administrativos, también deberán reconocerse los gastos e ingresos devengados por la entidad hasta dicha fecha.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

V.9.b. BALANCE DE RESULTADOS E INFORME DE GESTIÓN

El Balance de Resultados e Informe de Gestión hace una exposición de los objetivos logrados y las actividades desarrolladas clasificando el presupuesto en tres grupos de programas, para cuyo seguimiento y medida se establecen los correspondientes indicadores, siendo estos cuantificables y estando relacionados con las principales partidas del gasto, de forma que, en la ejecución de cada programa, pueda conocerse el grado de eficacia y eficiencia conseguidos y, en su caso, la calidad de las prestaciones y servicios dispensados.

Grupo 11: Gestión de Prestaciones Económicas Contributivas.

— Programa 1101: Pensiones Contributivas.

— Programa 1102 : Incapacidad Temporal y otras Prestaciones.

Grupo 12: Gestión de Prestaciones Económicas no Contributivas.

— Programa 1202 : Protección Familiar y otras Prestaciones.

Grupo 13: Administración y Servicios Generales de Prestaciones Económicas.

— Programa 1391 : Dirección y Servicios Generales.

— Programa 1392 : Información y Atención Personalizada.

— Programa 1393 : Gestión Internacional de Prestaciones.

Programa 1101: Pensiones Contributivas.

Este programa comprende las actividades correspondientes al reconocimiento de las pensiones contributivas de Incapacidad Permanente, Jubilación y Muerte y Supervivencia (viudedad, orfandad y favor de familiares), así como la resolución de expedientes, reclamaciones, mantenimiento del derecho, altas y bajas en la nómina, mantenimiento del fichero técnico de pensionistas, revalorización, revisión y control.

También abarca una amplia serie de acciones como la información y asesoramiento al ciudadano, cumplimentación de la solicitud, petición de documentación apertura de expedientes, petición de informes de cotización, etc.

Las actividades principales de este programa, pueden resumirse en:

— Reconocimiento de nuevas pensiones.

— Control y revisión de las pensiones reconocidas.

— Revalorización y mejora de pensiones.

A continuación se incluyen los informes sobre los objetivos presupuestados y logrados.

CL

Objetivos

Programados

Realizados

Diferencia

Absoluta

Relativa

01

Conseguir un coeficiente de cobertura de Incapacidad Permanente del

100,00

100,57

0,57

0,57

02

Conseguir un coeficiente de cobertura de Jubilación del

100,00

100,33

0,33

0,33

03

Conseguir un coeficiente de cobertura de Muerte y Supervivencia del

100,00

99,98

-0,02

-0,02

04

Conseguir un tiempo medio en la tramitación de Incapacidad Permanente en el Área Nacional de días

60

40

-20

-33,33

05

Conseguir un tiempo medio en la tramitación de Jubilación en el Área Nacional de días

12

7

-5

-41,67

06

Conseguir un tiempo medio en la tramitación de Muerte y Supervivencia en el Área Nacional de días

10

7

-3

-30,00

07

Efectuar un control sobre las pensiones en vigor en un % del

30,85

32,78

1,93

6,27

De los tres objetivos que miden el coeficiente de cobertura, se ha superado el 100,00% en las prestaciones de Incapacidad Permanente y Jubilación, alcanzándose en las de Muerte y Supervivencia un 99,98% por lo que la desviación producida debe considerarse poco significativa ya que se cifra en 0,02 puntos porcentuales inferior al objetivo programado.

Por lo que se refiere al tiempo medio de trámite en el área nacional señalar que se alcanza para las prestaciones de Incapacidad Permanente, 40 días y 7 días tanto para las de Jubilación como para las de Muerte y Supervivencia en relación con los 60 días fijados como objetivo para la primera y 12 y 10 días respectivamente para las enumeradas a continuación, lo que indica que se mantienen los tiempos de trámite en las niveles de ejercicios anteriores.

El «control llevado a cabo sobre las pensiones en vigor» al finalizar el ejercicio 2011 superaba igualmente el objetivo previsto en 1,93 puntos por lo que la gestión llevada a cabo por el Instituto ha sido muy positiva, como consecuencia tanto de la campaña de control de pensiones con complementos por mínimos en colaboración con la Agencia Estatal Tributaria y Haciendas Forales, como por los controles efectuados por fallecimiento, revisiones de grado de incapacidad y de vivencia que superan ampliamente los valores presupuestados, todo ello es consecuencia del esfuerzo realizado por las Direcciones Provinciales en el control de las prestaciones.

Programa 1102: Incapacidad Temporal y otras prestaciones.

Las actividades de este programa se orientan a la gestión correspondiente a la protección en situaciones de Incapacidad laboral. Se incluyen también prestaciones como maternidad, paternidad, subsidio temporal por riesgo durante el embarazo, subsidio por riesgo durante la lactancia, prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, indemnizaciones, fondo especial de prestaciones complementarias y otras prestaciones.

Las actividades principales de este programa pueden resumirse en:

— Reconocimiento de las prestaciones objeto de este programa.

— Control y ordenación de las prestaciones reconocidas.

— Control del derecho y vencimiento de las prestaciones.

— Realización de controles médicos a los perceptores de I.T. para valorar su situación de capacidad laboral.

— Realización de controles diversos en colaboración con la Inspección de Trabajo.

A continuación se incluyen los informes sobre los objetivos presupuestados y logrados.

Cl

Objetivos

Programados

Realizados

Diferencia

Absoluta

Relativa

01

Conseguir una duración media máxima,en días, de cada proceso de IT del

52,00

43,76

-8,24

-15,85

02

No superar un porcentaje de procesos IT respecto a los afiliados del

2,99

2,83

-0,16

-5,46

03

Conseguir un gasto directo máximo en IT por afiliado en euros de

352,39

329,62

-22,77

-6,46

04

Efectuar un control de las situaciones de Incapacidad Temporal en un % del

31,96

43,07

11,11

34,76

05

Conseguir un número máximo de procesos iniciados en I.T por cada mil afiliados de

16,39

21,12

4,73

28,82

06

Conseguir un coeficiente de cobertura (resueltos/iniciados) de Incap. Temporal (pago directo) del %

100,00

100,23

0,23

0,23

07

Conseguir un tiempo medio tramitación en Incap. Temporal (pago. directo) días.

10

7

-3

-30,00

08

Conseguir un tiempo medio de emisión en días de la resol. de exptes. iniciales del INSS al amparo del art.º. 128.1a)

17

11

-6

-35,29

09

Conseguir un coeficiente de cobertura (resueltos/iniciados) de expedientes de Maternidad del

100,00

100,08

0,08

0,08

10

Conseguir un tiempo medio tramitación en Maternidad (días.)

10

5

-5

-50,00

11

Conseguir un coeficiente de cobertura (resueltos/iniciados) de expedientes de Paternidad del

100,00

100,09

0,09

0,09

12

Conseguir un tiempo medio de tramitación en Paternidad de días

10

5

-5

-50,00

13

Conseguir un coeficiente de cobertura (resueltos/iniciados) de expedientes del Fondo Especial de.

100,00

101,24

1,24

1,24

Análisis de las desviaciones:

Cabe reseñar que en los objetivos relativos a tiempos y costes, los resultados finales reflejan valores inferiores a los previstos, mejorando los ratios inicialmente presupuestados.

Las reducciones conseguidas se deben a todo un conjunto de medidas adoptadas para la racionalización del gasto de la Incapacidad Temporal y principalmente al esfuerzo llevado a cabo por las direcciones provinciales en el control de la I.T., a los resultados obtenidos a través de los convenios y planes de innovación firmados con las Comunidades Autónomas para el control de la I.T. y también por la aplicación de la modificación del artículo 128 1.a) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social por el que se establece que, transcurridos doce meses de baja, el INSS es el único órgano competente para decidir la continuidad en I.T. otorgando una prórroga o bien determinando el alta o la apertura de expediente de Incapacidad Permanente. Por último, también ha afectado en la reducción de la IT la situación económica actual que conlleva un menor absentismo laboral.

Dentro de los objetivos marcados en los convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, se establecen diferentes parámetros que redundan en una mejor información de las Entidades Gestoras de la población protegida que está en IT, y entre ellos cabe destacar: la obligatoriedad de la transmisión informática de los partes médicos, la frecuencia y el contenido de la misma, sobre todo en el código de diagnóstico clínico de la enfermedad, lo que ha determinado, un resultado positivo de mayor control de la prestación que ha supuesto una reducción de los procesos de baja y por tanto del gasto que inicialmente se tenía presupuestado.

Los tiempos medios de tramitación de estas prestaciones (especialmente en los supuestos de maternidad y paternidad) también se reducen considerablemente como fruto de la buena gestión y el esfuerzo realizado por las Direcciones Provinciales, consiguiendo de esta forma que no se interrumpa la percepción de rentas en estas situaciones.

Programa 1202: Protección Familiar y otras Prestaciones.

Este programa comprende la gestión de las prestaciones correspondientes a las asignaciones por hijo a cargo menores de dieciocho años con o sin minusvalía, así como las relativas a los mayores de dicha edad con los diferentes grados de minusvalía, conforme se establece en los artículos 180 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social.

Asimismo están aquí consignadas de forma específica las actuaciones de la Unidad de Gestión de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico referentes a la gestión y administración de dichas prestaciones, así como la ordenación administrativa, el diseño, la implantación y el seguimiento de los procedimientos para reconocer, suspender y extinguir el derecho a las prestaciones económicas y sociales que reglamentariamente corresponden.

Las actividades principales de este programa pueden resumirse en:

— Control y ordenación de las prestaciones reconocidas.

— Reconocimiento de las prestaciones objeto de este programa.

— Control del derecho y vencimiento de las prestaciones.

Con respecto a la ejecución del ejercicio, a continuación se incluyen los informes sobre los objetivos presupuestados y logrados.

CL

Objetivos

Programados

Realizados

Diferencia

Absoluta

Relativa

01

Conseguir un coeficiente de cobertura de Protección Familiar del %

100,00

101,11

1,11

1,11

02

Alcanzar un % controles requisitos rentas (no minusval.) a benefic. y otros titulares (madres y padres)

124,42

143,87

19,45

15,63

03

Conseguir un coeficiente de cobertura de revisiones Síndrome Tóxico del

100,00

99,58

-0,42

-0,42

04

Conseguir un tiempo medio de tramitación de revisiones Síndrome Tóxico en el periodo (en días)

25

15

-10

-40,00

Análisis de las desviaciones:

La desviación positiva del coeficiente de cobertura de Protección Familiar viene motivada por el esfuerzo llevado a cabo por las Direcciones Provinciales, alcanzando en el presente ejercicio presupuestario el 101,11%. Igualmente se observa un incremento en el número de controles (15,63% más de lo previsto).

El coeficiente de cobertura de revisiones del Síndrome Tóxico ha sido del 99,58%, lo que supone una mínima desviación.

En cuanto al tiempo medio de tramitación de revisiones del Síndrome Tóxico, el objetivo alcanzado ha sido inferior en 10 días al previsto por lo que se considera un tiempo óptimo alcanzado que supera ampliamente lo programado.

Programa 1391: Dirección y Servicios Generales.

Este programa abarca un conjunto de actuaciones de difícil integración en programas específicos. Así, comprende asuntos de personal, administración, actividades normativas, informes, funcionamiento de centros y aquellas inversiones a realizar que no se incluyan en el Plan de Red CAISS, cuyos proyectos se integran, específica mente, en el Programa 1392 “Información y Atención Personalizada”, y que corresponden a las sedes e instalaciones de los servicios centrales y periféricos (Direcciones Provinciales).

Dentro del ámbito de las actividades comprendidas en el programa Dirección y Servicios Generales, la función de Dirección abarca las actividades a desarrollar por los cuadros de mando, mientras que en la de Servicios Generales se encuentran comprendidas las funciones de apoyo y asistencia técnica y administrativa que posibilitan la acción directiva.

Las actividades principales de este programa, pueden resumirse en:

— Instrumentar y potenciar sistemas de control interno para la gestión.

— Proponer normas en materia administrativa.

— Realizar estudios, análisis e informes.

— Formación del Personal.

— Gestión de Recursos Humanos.

— Gestión Presupuestaria de la Entidad.

El análisis de los objetivos establecidos en este programa es el siguiente:

CL

Objetivos

Programados

Realizados

Diferencia

Absoluta

Relativa

01

Colaborar en la producción normativa y documental de carácter general, en materia de S. Social nacional e internacional

288

355

67

23,26

02

Controlar selectivamente el funcionamiento de centros de gestión con la realización de un número de actuaciones inspectoras de

72

56

-16

-22,22

03

No superar un porcentaje de jornadas perdidas del

2,70

2,73

0,03

1,11

04

Impartir formación a un % de empleados de la Entidad del

70,00

59,86

-10,14

-14,49

05

Dedicar a formación un % de las horas laborales totales del

1,25

0,91

-0,34

-27,20

06

mpartir formación a un % de empleados del área de Atención Personalizada del

80,01

76,54

-3,47

-4,34

07

Elaborar un número de valoraciones económicas, actuariales y estadísticas de

1.050

1.766

716

68,19

08

Impartir instrucciones para aplicación uniforme de normas nacionales e internacionales de Seguridad Social en un número de

755

801

46

6,09

09

Realizar un n.º de actuac. de asesor. a Centros Gestión sobre Modelo calidad E.F.Q.M. para su implantación

5

2

-3

-60,00

10

No superar un coeficiente de litigiosidad por expediente resuelto por las DD.PPs.

3,84

3,64

-0,20

-5,11

11

Conseguir que el gasto administrativo de gestión respecto al total del área represente un % inferior al

0,55

0,54

-0,01

-2,31

Análisis de las desviaciones:

Las actividades de este programa, por su propia naturaleza, no son fácilmente determinables con la antelación que requiere la elaboración de los Presupuestos, dado que, en gran medida vienen condicionadas por actuaciones ajenas (razones de oportunidad política, requerimientos de los centros directivos, necesidades puntuales de las Direcciones Provinciales, etc., ) como en el caso de los Objetivos 01 y 08 cuyas realizaciones presentan incrementos importantes en términos porcentuales con relación a lo programado lo cual puede obedecer entre otras causas, a un aumento de las consultas que plantean las Direcciones Provinciales, u otras instituciones, organismos o particulares y a la situación de crisis económica, que ha afectado a algunas prestaciones como la incapacidad temporal o la jubilación en numerosos aspectos de su régimen jurídico y, finalmente, a la promulgación de las leyes 27/2011, de 2 de agosto, y 28/2011, de 22 de septiembre, produciéndose aumentos muy importantes de la demanda de consultas y en consecuencia de la evacuación de las mismas, circunstancia que también afectó al incremento registrado en el objetivo 07.

En el lado opuesto, la desviación a la baja de los Objetivos 04 y 05 obedece fundamentalmente a que durante el año 2011 se autorizó un menor número de actividades formativas a las direcciones provinciales de este Instituto respecto a la previsión inicial, lo que se tradujo en desviaciones de los objetivos relacionados con esta materia (empleados formados, horas lectivas, etc.) y ello como consecuencia de las medidas de austeridad llevadas a cabo en dicho ejercicio, y concretamente la reducción del crédito presupuestario del concepto 233, donde se imputan los gastos de estas actividades formativas. La desviación del objetivo 06, fijado inicialmente en el 80,01% y cuya realización ha sido del 76,54%, obedece a las mismas razones expuestas en el apartado anterior, aunque en mucha menor proporción al ser la formación del colectivo del área de Atención Personalizada uno de los prioritarios de esta Entidad.

En la misma línea, el Objetivo 02 presenta una diferencia absoluta de 16 actuaciones inspectoras frente a las programadas ya que no se han podido llevar a cabo la totalidad de las visitas debido al déficit de plantilla de inspectores de servicios (bajas por enfermedad de larga duración, jubilaciones etc.) que llevaron en algunos casos a dar prioridad a otros programas de inspección.

Causa distinta de desviación a la baja es la que presenta el objetivo 09. Se tenía prevista la realización de 5 actuaciones de asesoramiento a Centros de Gestión sobre el Modelo de calidad E.F.Q.M. y sólo se han llevado a cabo 2, siendo la entrada en vigor del nuevo modelo EFQM 2010, uno de los motivos que han dado lugar a la desviación producida y que ha hecho necesaria la modificación del proceso de formación. Este modelo cambia los criterios de evaluación y requiere que la misma se lleve a cabo a través de formulario. Como consecuencia de lo anterior, en el mes de abril de 2011 se dio formación en la TGSS sobre el nuevo modelo, aunque sólo asistió una persona de la Dirección General del INSS, por lo que sería necesario dar formación a un colectivo mayor.

Respecto a las acciones encaminadas a conocer el estado de litigiosidad por expediente resuelto por las Direcciones Provinciales (Objetivo10) señalar que la diferencia entre los asuntos contenciosos previstos y los efectivamente realizados responde a razones de muy difícil ponderación.

No obstante se constata que, en el ámbito de la jurisdicción social se pueden advertir distintas causas como la disminución de las reclamaciones de entidades colaboradoras contra resoluciones de la entidad gestora, la disminución de la afiliación y mejora en la gestión de la entidad y fundamentalmente un cierto retraso en los señalamientos de los procedimientos de Seguridad Social al priorizarse en los Juzgados de lo Social otros procedimientos más urgentes como los relativos a despidos. Este retraso en el conocimiento de los procedimientos de Seguridad Social, provoca que el mismo efecto se refleje en la tramitación de recursos y particularmente en lo relativo a los recursos de casación ante el Tribunal Supremo.

En cambio las desviaciones entre los procedimientos programados ante el Tribunal Constitucional o ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, son poco significativas y responden a circunstancias aleatorias.

Por último, se advierte una disminución de los informes emitidos por el Servicio Jurídico respecto a los programados volviendo a valores similares a los de otros ejercicios lo que puede deberse a la finalización de la adaptación de los trámites administrativos de la Ley de Contratos del Sector Público, así como a una disminución en la actividad contractual de la entidad gestora. No obstante, la oscilación en la petición de informes al Servicio Jurídico delegado no está sujeta a parámetros rígidos.

En cuanto al gasto administrativo de gestión se consigue el objetivo previsto ya que el valor alcanzado se sitúa en un 0,54% con una reducción absoluta del 0,01%, equivalente a un 2,31 % en términos relativos.

Programa 1392: Información y Atención Personalizada.

Este programa ofrece los medios necesarios para avanzar en la implantación de un sistema de atención completa, rigurosa, confidencial e individualizada, que asegure una relación más personal, humana y directa, prestada por personal adecuadamente formado e identificado con este tipo de servicios, y que se anticipe a las demandas de los usuarios incorporando nuevos servicios.

Se recogen, por tanto, todas las acciones encaminadas a facilitar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, facilitándoles información integral de los servicios y el acceso a los mismos. Se incluyen las inversiones que la Entidad tiene previsto realizar en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Las actividades principales de este programa pueden resumirse en:

Conseguir un mayor acercamiento al ciudadano mediante:

— Análisis y evaluación de la actividad informativa de carácter presencial y respuesta escrita a consultas recibidas.

— Valoración y análisis de cuestionarios recibidos respecto a la atención prestada, planificación y seguimiento en la red CAISS.

A continuación se incluyen los informes sobre los objetivos presupuestados y logrados.

CL

Objetivos

Programados

Realizados

Diferencia

Absoluta

Relativa

01

Alcanzar una valoración satisfactoria de los servicios prestados en una escala de 0 a 10

7,30

7,45

0,15

2,05

02

Lograr que el cociente actos informativos de presentación de documentación de pensiones / total pensiones solicitadas con presencia física no supere un índice del

1,10

1,01

-0,09

-8,18

03

Lograr que el cociente actos informativos sobre el trámite de las pensiones / total de pensiones en curso en el período no supere un índice del

0,10

0,02

-0,08

-80,00

04

Conseguir un índice de respuestas a las encuestas de valoración de los servicios en un % del

10,51

9,63

-0,88

-8,33

05

Adaptar a los módulos CAISS un determinado número de Centros hasta alcanzar un % del

76,10

76,47

0,37

0,49

06

Dar respuesta a las informaciones escritas solicitadas en un % del

93,71

99,57

5,86

6,25

Análisis de las desviaciones.

Se comprueba que casi todos los objetivos han cumplido o mejorado sus expectativas.

Se obtiene una buena valoración de los ciudadanos con los servicios prestados (objetivo 01). Reflejo de la agilidad gestora y de una información previa correcta tanto sobre los requisitos para acceder a una pensión, como sobre los pormenores de su trámite posterior son los resultados de los objetivos 02 y 03 que nos indican, que sólo es necesaria una visita de los interesados, a las oficinas de atención e información de la Seguridad Social, para entregar la documentación exigida al solicitar una pensión, y que no precisan volver para interesarse por el estado del trámite de la pensión solicitada.

Los usuarios de nuestros servicios responden a las encuestas de opinión en un grado lo bastante alto como para que las estadísticas, en esta materia, sean suficientemente fiables (objetivo 04), no obstante las razones de la diferencia de 0,88 puntos entre lo programado y lo realizado puede estar influida por la puesta en circulación de un nuevo cuestionario de evaluación de la calidad de los servicios a principios de ejercicio y, también por la menor respuesta del segmento de subsidios con respecto al de pensiones.

El porcentaje de respuesta a las informaciones escritas solicitadas (objetivo 06) igualmente ha sido cumplido, no obstante, las desviaciones a la baja observadas en los indicadores que miden este objetivo obedecen al cambio de tendencia que han registrado las solicitudes presentadas, fundamentalmente, por la Administración Tributaria que han descendido de forma notable en el ejercicio 2011.

La adaptación a los módulos CAISS, de un determinado número de centros (objetivo 05) ofrece un resultado porcentual de realización prácticamente equivalente al propuesto, por lo que se puede estimar cumplido.

Programa 1393: Gestión Internacional de Prestaciones.

Este programa ofrece los medios necesarios para gestionar los reintegros derivados de la gestión internacional de la prestación de Asistencia Sanitaria, tanto respecto a los saldos acreedores como deudores que se produzcan como consecuencia de la aplicación de las cuotas globales por ciudadanos residentes, como los gastos reales producidos durante estancias temporales. Aquí se recogen diferenciadamente los costes de gestión que se producen, actuando la Entidad como organismo de enlace, con objeto de repercutir dichos costos de naturaleza contributiva a quien deba soportarlos.

En este programa se engloban las actuaciones necesarias para la gestión de las prestaciones de asistencia sanitaria, reconocimientos médicos, etc., proporcionadas a ciudadanos de otros países en España, así como a ciudadanos españoles fuera de nuestras fronteras.

Las actividades principales de este programa pueden resumirse en:

— Reembolso de gastos sanitarios que se liquidan por gasto real, cuota global y accidentes de trabajo, como consecuencia de la asistencia sanitaria dispensada al amparo de los reglamentos de la Unión Europea aplicables a España.

CL

Objetivos

Programados

Realizados

Diferencia

Absoluta

Relativa

01

Conseguir un porcentaje de emisión de formularios de derecho solicitados por asegurados en España del

100,00

100,00

0,00

0,00

02

Conseguir un porcentaje de emisión formularios liqui. cuotas globales asegurados otros Estados resid. en España del

100,00

100,00

0,00

0,00

03

Conseguir un porcentaje de emisión formularios liqui. Gasto real remitidos al INSS por los S.P.S de las CC.AA del

100,00

100,00

0,00

0,00

Análisis de las desviaciones.

La programación de los objetivos ha sido cumplida satisfactoriamente.

Medios Humanos.

Los efectivos de personal previstos para el ejercicio 2011 ascendían a la cifra total de 14.461, estando adscritos a los respectivos programas que contempla la estructura del Presupuesto de la Entidad, en función de las actividades y objetivos que desarrolla.

Una vez efectuado el cierre de este ejercicio, se ha producido una disminución de 1.538 personas, lo que supone un porcentaje del -10,64%.

El siguiente cuadro recoge la distribución de la plantilla entre los diferentes programas, tal y como aparece consignada en el presupuesto, su situación al cierre del ejercicio, y sus diferencias absolutas y porcentuales.

DISTRIBUCIÓN DE PERSONAS POR PROGRAMAS

PROGRAMAS

PRESUPUESTO

LIQUIDACIÓN

DIFERENCIA

 

Núm.

%

Núm.

%

Abs.

Rel.

1101 Pensiones Contributivas

4.539

31,39

4.211

32,58

-328

-7,23

1102 Incapacidad Temporal y Otras Prest.

1.516

10,48

1.175

9,09

-341

-22,49

1202 Protección Familiar y Otras Prest.

524

3,62

403

3,12

-121

-23,09

1391 Dirección y Servicios Generales

3.946

27,29

3.291

25,47

-655

-16,60

1392 Información y Atención Personalizada

3.812

26,36

3.729

28,86

-83

-2,18

1393 Gestión Internacional de Prestaciones

124

0,86

114

0,88

-10

-8,06

TOTALES

14.461

100,00

12.923

100,00

-1.538

-10,64

El siguiente cuadro recoge la plantilla tal y como aparece consignada en el presupuesto y su situación al cierre del ejercicio, pero distribuida por grupos de adscripción y programas.

DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE PERSONAS POR GRUPOS DE ADSCRIPCIÓN Y PROGRAMAS

PLANTILLA

PROGRAMAS

GRUPO

DETALLE

1101

1102

1202

1391

1392

1393

TOTAL

A1

Presup.

Liquid.

Dif.

432

365

7

478

26

1

1.309

586

142

8

423

25

1

1.185

154

-223

1

-55

-1

0

-124

A2

Presup.

Liquid.

Dif.

287

101

40

281

221

10

940

256

79

33

236

189

9

802

-31

-22

-7

-45

-32

-1

-138

C 1

Presup.

Liquid.

Dif.

1.735

406

201

855

1.653

51

4.901

1.512

364

136

765

1.654

48

4.479

-223

-42

-65

-90

1

-3

-422

C2

Presup.

Liquid.

Dif.

2.038

626

257

1.331

1.837

62

6.151

1.830

582

214

1.161

1.804

56

5.647

-208

-44

-43

-170

-33

-6

-504

AG PROF

Presup.

Liquid.

Dif.

0

0

0

71

9

0

80

0

0

0

69

12

0

81

0

0

0

-2

3

0

1

TOTAL

Presup.

Liquid.

Dif.

4.492

1.498

505

3.016

3.746

124

13.381

4.184

1.167

391

2.654

3.684

114

12.194

-308

-331

-114

-362

-62

-10

-1.187

LABORALES

Presup.

Liquid.

Dif.

47

18

19

930

66

0

1.080

27

8

12

637

45

0

729

-20

-10

-7

-293

-21

0

-351

ENTIDAD

Presup.

Liquid.

Dif.

4.539

1.516

524

3.946

3.812

124

14.461

4.211

1.175

403

3.291

3.729

114

12.923

-328

-341

-121

-655

-83

-10

-1.538

Medios Económicos.

Para que los objetivos propuestos puedan ser alcanzados, se asigna a cada uno de los programas una dotación económica que permita hacer frente a las diferentes obligaciones. A continuación se incluyen unos cuadros con los datos más significativos.

Presupuesto.

Programa

Gastos Operativos

Otros Gastos

Total Gasto Programa

1101 Pensiones Contributivas

142.206,53

97.488.020,00

97.630.226,53

1102 Incapacidad Temporal y Otras Prestaciones

51.022,65

5.650.226,00

5.701.248,65

1202 Protección Familiar

14.965,84

1.019.723,53

1.034.689,37

1391 Dirección y Servicios Generales

248.277,01

40.383,12

288.660,13

1392 Información y Atención Personalizada

118.232,21

34.984,28

153.216,49

1393 Gestión Internacional de Prestaciones

4.647,73

0,00

4.647,73

Total Presupuesto

579.351,97

104.233.336,93

104.812.688,90

(En miles de euros).

Liquidación 2011.

Programa

Gastos Operativos

Otros Gastos

Total Gasto Programa

1101 Pensiones Contributivas

154.275,34

97.924.789,41

98.079.064,75

1102 Incapacidad Temporal y Otras Prestaciones

41.449,97

5.015.762,12

5.057.212,09

1202 Protección Familiar

13.489,97

1.326.432,85

1.339.922,83

1391 Dirección y Servicios Generales

230.972,82

29.054,28

260.027,10

1392 Información y Atención Personalizada

125.009,09

23.620,69

148.629,78

1393 Gestión Internacional de Prestaciones

4.069,30

0,00

4.069,30

Total Presupuesto

569.266,49

104.319.659,36

104.888.925,85

(En miles de euros).

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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