Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-3279

Resolución de 7 de marzo de 2013, de Parques Nacionales, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado, en el marco del plan de sensibilización y voluntariado, en la Red de Parques Nacionales y centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales para el año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2013, páginas 24013 a 24034 (22 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-3279

TEXTO ORIGINAL

La Orden AAA/486/2012, de 29 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 61, de 12 de marzo, estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado en el marco del Plan de Sensibilización y Voluntariado en la Red de Parques Nacionales, y Centros y Fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

La citada Orden, en su artículo 7, establece que durante el primer semestre de cada año se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la resolución de convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado a desarrollar en los Parques Nacionales y en los Centros y Fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Mediante estas subvenciones, y de acuerdo con la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales, así como con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se pretende contribuir a la implicación de los agentes sociales y a la participación de la sociedad en la consecución de los objetivos de la Red, así como a la concienciación ambiental de la sociedad mediante la participación ciudadana en actuaciones referentes a la conservación de los Centros y Fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

En consecuencia, resuelvo:

Primero. Objeto.

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de voluntariado en la Red de Parques Nacionales, y centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales, para el año 2013.

Segundo. Financiación.

La financiación de las ayudas para la presente convocatoria será de 250.000 euros con cargo al Capítulo IV del presupuesto de gastos del Organismo Autónomo Parques Nacionales para el año 2013.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Resolución las entidades y organizaciones no gubernamentales que cumplan los requisitos expuestos en el artículo 6 de la Orden AAA/486/2012, de 29 de febrero. En ningún caso podrá la entidad beneficiaria subcontratar las actuaciones objeto de la subvención a otra entidad u organización no gubernamental.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.

El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Las solicitudes también podrán obtenerse vía Internet en la dirección electrónica (http://www.magrama.es). Las entidades y organizaciones no gubernamentales que deseen optar a la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente Resolución presentarán sus solicitudes (según el modelo que se adjunta en el anexo I) con la siguiente documentación en original, copias con el carácter de auténticas o fotocopias debidamente compulsadas, ordenada según los apartados recogidos a continuación y con indicación del epígrafe correspondiente:

1. CIF de la entidad así como NIF de su representante.

2. Acreditación suficiente de que el firmante de la solicitud tiene capacidad legal para actuar en nombre y representación de la entidad.

3. Copia de los estatutos de la entidad, debidamente legalizados, así como del documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro administrativo correspondiente.

4. Documentación acreditativa de la implantación de la entidad en tres comunidades autónomas. Dicha documentación deberá justificar la existencia de delegación o sede permanente en estas comunidades autónomas, mediante cualquier medio de prueba válido en Derecho. Asimismo, el representante legal de la entidad deberá emitir una certificación en la que conste que la misma ha realizado proyectos de voluntariado medioambiental durante los últimos tres años (del 2010 al 2012 ambos inclusive) en al menos tres comunidades autónomas cada año. Esta certificación deberá ir acompañada de la documentación expresa y suficiente que acredite la realización de estos proyectos.

5. Para proyectos de voluntariado a desarrollar únicamente en comunidades autónomas insulares, la documentación acreditativa de la implantación y actuaciones de la entidad se limitará a una certificación en la que conste que se han desarrollado proyectos de voluntariado medioambiental durante los tres últimos años (del 2010 al 2012 ambos inclusive) en al menos tres Parques Nacionales. Esta certificación deberá ir acompañada de la documentación expresa y suficiente que acredite la realización de estos proyectos.

6. Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, según anexo II de la presente Resolución, haciendo constar que la entidad no está incursa en las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del Artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

7. Certificados de que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

8. Certificado expedido por entidad bancaria, en el que conste el código de cuenta cliente (20 dígitos) en la cual el interesado solicita que le sea abonada la subvención.

9. Comunicar al Organismo Autónomo Parques Nacionales la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien de manera complementaria la actividad subvencionada.

10. Memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante según anexo III.

11. Memoria del proyecto de voluntariado para el que se solicita subvención conforme a los parámetros establecidos en el anexo IV. En dicha memoria se designará un responsable del proyecto de la entidad solicitante, que será el interlocutor de la entidad para todo lo relacionado con el proyecto, debiendo comunicarse al Organismo Autónomo Parques Nacionales cualquier cambio de responsable en cuanto se produzca. La memoria del proyecto deberá entregarse también en soporte informático disquete o CD-Rom con formato.doc o.pdf.

Quinto. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida en el apartado anterior, serán dirigidas al Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales y se presentarán en el Registro del Organismo Autónomo Parques Nacionales (C/ José Abascal, nº 41, 28003 Madrid), o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. Órgano de Instrucción.

La instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado será responsabilidad del Área de Seguimiento de Recursos y Programas Centralizados del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para lo cual realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

Si la documentación aportada fuese incompleta o presentase errores subsanables, el órgano de instrucción requerirá a la entidad u organización no gubernamental interesada para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días hábiles, con la advertencia de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la citada ley.

Séptimo. Características y condicionantes generales de los proyectos.

1. Los proyectos presentados a la convocatoria del año en curso tendrán una duración máxima de un ejercicio, debiendo estar finalizados como fecha límite el 31 de diciembre de 2013.

2. Los proyectos presentados para la Red de Parques Nacionales deberán estar directamente relacionados con las funciones específicas de la Administración General del Estado reconocidas en el artículo 5 de la Ley 5/2007, de 3 de abril, de Parques Nacionales.

3. Los proyectos presentados para la Red de Parques Nacionales deberán contener actuaciones en, al menos, tres Parques Nacionales.

4. Las líneas de actuación que deben contener los proyectos de voluntariado deberán ser:

a) Seguimiento y evaluación de la Red.

b) Mejora del conocimiento científico.

c) Actividades complementarias para la consecución de los objetivos de la Red en su conjunto, incluyendo apoyo en situaciones excepcionales.

d) Participación en las actuaciones de manejo y conservación de centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

5. No se considerarán como proyectos subvencionables aquellos que consten únicamente de actividades de edición de materiales divulgativos e informativos o de actividades formativas o de sensibilización, aunque dichas actividades si puedan formar parte del proyecto.

6. Cada proyecto debe constar de los siguientes módulos:

a) Un módulo de actividades principales.

b) Un módulo de actividades alternativas a las anteriores, para el caso de condiciones meteorológicas adversas u otros imprevistos que impidan el desarrollo de las actividades principales.

c) Un módulo de actividades de conocimiento del medio.

7. Cada proyecto debe llevar aparejado una fase de formación de los voluntarios participantes, bien previa al inicio de las actividades, bien in situ, referida tanto a aspectos generales de los Parques Nacionales como a la ejecución de las actuaciones y a las características de la acción voluntaria. Igualmente, debe incluir una jornada de evaluación de los voluntarios.

8. Todos los voluntarios participantes en el proyecto deben ser mayores de 18 años. En el caso de participantes extranjeros deben poseer suficientes conocimientos de español.

9. Los proyectos deben ser diseñados y ejecutados por personal cualificado con experiencia en la realización de actividades de voluntariado y dinamización social y deben contar con un coordinador, que será el responsable de la buena ejecución del proyecto.

Octavo. Características y condicionantes específicos de los proyectos para cada uno de los espacios de la Red de Parques Nacionales, y centros y fincas.

El ámbito territorial de las actuaciones serán los espacios que se detallan en el anexo V, y que forman parte, bien de la Red de Parques Nacionales, bien de las fincas y centros adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

En dicho documento se indican, por espacio, posibles actividades de interés para la Red de Parques Nacionales, así como para el Organismo Autónomo Parques Nacionales, número máximo de voluntarios admisibles por anualidad y las épocas de realización de las actividades tanto para la Red de Parques Nacionales, como para las fincas y centros adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Estas propuestas son orientativas, y pretenden garantizar la coherencia y complementariedad con las distintas actividades desarrolladas por los gestores de los espacios donde se desarrollan. En cualquier caso, las Organizaciones pueden también presentar en sus proyectos otras actividades alternativas de voluntariado a desarrollar en estos espacios, que serán estudiadas en cada caso.

Noveno. Criterios de evaluación.

La evaluación se realizará en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación. Para la adjudicación de las subvenciones, además de la cuantía del presupuesto disponible, que condiciona, sin posibilidad de ampliación, las obligaciones que se contraigan con cargo al mismo, los criterios de valoración y puntuación que se tendrán en cuenta serán los siguientes:

Seguimiento y evaluación de la Red (de 0 a 25 puntos):

Que el proyecto contribuya a la consecución de los objetivos de la Red de Parques Nacionales mencionados en el artículo 4 de la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales. Se puntuará de 0 a 15 puntos.

Metodología propuesta para la evaluación de la actuación. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Metodología propuesta para la evaluación de la implicación y la satisfacción de los participantes. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Mejora del conocimiento científico (de 0 a 25 puntos):

Que la entidad haya desarrollado anteriormente programas de voluntariado enmarcados en el Plan de Sensibilización y Voluntariado del OAPN. Se puntuará de 0 a 15 puntos.

Formulación adecuada de los objetivos y resultados esperados. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Coherencia y calidad técnica del proyecto. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Actividades complementarias para la consecución de los objetivos de la Red en su conjunto, incluyendo apoyo en situaciones excepcionales (de 0 a 25 puntos):

Que el proyecto comprenda actuaciones similares en distintos Parques Nacionales, en el caso de proyectos a desarrollar en la Red de Parques. Se puntuará de 0 a 15 puntos.

Grado de definición del proyecto acorde a lo indicado en el anexo V. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Número de participantes provenientes de ámbitos geográficos diferentes a los de los Parques Nacionales, Centros y fincas donde se planteen las actividades (se deberá reseñar el procedimiento a seguir para garantizar este apartado). Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Participación en actuaciones de manejo y conservación de centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales (de 0 a 25 puntos):

Que el proyecto tenga conexión con otros proyectos o actuaciones realizadas por el Organismo Autónomo Parques Nacionales. Se puntuará de 0 a 15 puntos.

Que el proyecto presente una relación coherente y equilibrada entre las actividades del proyecto, los resultados que se prevé obtener y el presupuesto. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Bondad del proceso de captación y formación. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

Décimo. Evaluación.

La evaluación de las solicitudes presentadas para proyectos de voluntariado en los Parques Nacionales se realizará por la Dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales, quien hará una valoración previa de los proyectos presentados. Esta evaluación se remitirá por vía telemática a la Administración gestora del Parque Nacional donde se prevé desarrollar las actuaciones, con el fin de que, en el plazo de quince días hábiles, emita y envíe a la Dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales un informe, que será preceptivo, sobre los proyectos que afecten al Parque, indicando el orden de prioridad. La Dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales, a la vista del informe emitido por la Administración gestora del Parque Nacional, formulará propuesta de resolución provisional.

La evaluación de las solicitudes presentadas para proyectos de voluntariado en los centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales se realizará por la Dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales. Una vez evaluadas las mismas, se emitirá propuesta de resolución provisional, que será remitida a las comunidades autónomas donde se encuentren ubicados los centros y fincas en los que se desarrollarán actuaciones de voluntariado para su conocimiento.

Undécimo. Notificación a los interesados.

La Dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales notificará propuesta de resolución provisional a los interesados para que, en un plazo de diez días hábiles, formulen las alegaciones que estimen convenientes, en su caso.

Después de haber tomado en consideración, cuando proceda, las alegaciones presentadas por los solicitantes, se elevará a la Presidencia del Organismo Autónomo Parques Nacionales propuesta de resolución definitiva que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

Duodécimo. Resolución.

1. El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales resolverá la concesión o denegación de las solicitudes, materializadas mediante resoluciones individualizadas que se notificarán a cada solicitante de acuerdo con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto a la concesión de la subvención se requerirá al beneficiario para que en un plazo máximo de diez días hábiles presente, en el caso de que la subvención concedida fuese inferior al importe solicitado, un nuevo proyecto adaptado a la cuantía otorgada. El contenido de este proyecto adaptado se ajustará a las mismas condiciones establecidas en la subvención concedida.

Los proyectos adaptados, que en ningún caso podrán modificar el objeto inicial de la solicitud, deberán ser objeto de aprobación expresa por parte del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

En ausencia del proyecto adaptado se sobreentenderá el compromiso del beneficiario para ejecutar el proyecto completo, cuya justificación será preceptiva para el cobro de subvenciones.

2. La resolución de concesión podrá modificarse como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para otorgar la citada concesión únicamente en los siguientes casos:

a) Cuando por circunstancias sobrevenidas se conozca que el beneficiario no podrá cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención según los criterios, condiciones y plazos establecidos para la actividad subvencionada.

b) Cuando se conozca, con anterioridad a la justificación final de la subvención, que el beneficiario ha obtenido ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de las Administraciones Públicas, entes públicos o privados nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales y la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. En este caso, la suma de las ayudas percibidas no puede superar el 100% del gasto total de las actuaciones de voluntariado objeto de la subvención.

El beneficiario podrá solicitar, mediante petición razonada, debidamente justificada, la modificación del proyecto aprobado.

Las autorizaciones o denegaciones de modificación se realizarán mediante resolución expresa del Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Decimotercero. Conceptos susceptibles de subvención.

Las ayudas previstas en esta Resolución se destinarán exclusivamente a cubrir los gastos directamente relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades de voluntariado para las que hayan sido concedidas de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, extremo que habrá de probarse documentalmente de manera suficiente.

Se podrán subvencionar gastos de manutención, alojamiento, desplazamiento y seguros correspondientes a las personas que participen, así como los medios humanos necesarios para la planificación y coordinación de las actuaciones, y los medios materiales necesarios para la realización de las mismas, en los siguientes términos:

a) Gastos necesarios para la planificación de las actuaciones.

b) Gastos necesarios para la coordinación y ejecución de las actuaciones.

c) Gastos de materiales necesarios para la realización de las actuaciones.

d) Manutención, alojamiento y desplazamiento para los participantes durante el período de ejecución de las actividades.

e) Las cuantías destinadas a gastos de manutención, alojamiento y desplazamiento correspondientes a los participantes de las actividades subvencionadas no podrán superar las cantidades determinadas para el Grupo 3 en la Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Los gastos de los vehículos de alquiler se justificarán mediante la aportación de tickets de combustible.

f) Seguro de responsabilidad civil general que otorgue efectiva cobertura a las responsabilidades civiles que pudieran derivarse de las actuaciones realizadas por la entidad. Deberá garantizar con el carácter de mínimos los siguientes capitales y coberturas:

R.C. Explotación: límite general 300.000 euros.

R.C. Patronal: límite por víctima 150.000 euros.

g) Seguro de accidentes que garantice las contingencias de incapacidad y fallecimiento de las personas que intervengan en el proyecto, con unos capitales mínimos asegurados de 60.101 euros para ambas coberturas; así como cobertura de gastos médicos, sin franquicia y con un límite mínimo de 6.000 euros.

Tanto el seguro de responsabilidad civil como el de accidentes deben tener vigencia durante todo el período de ejecución de las actividades.

h) Gastos de gestión y administración: Solamente se subvencionarán los necesarios para la realización del proyecto, sin que en ningún caso puedan superar el 15% del coste total del proyecto.

i) Edición de materiales de difusión (publicaciones, folletos, carteles, etc.) siempre que se hayan incluido en el presupuesto del proyecto.

Los criterios para determinar la cuantía de la subvención serán:

a) Objetivos de la actividad a desarrollar.

b) Número de voluntarios participantes en la actividad.

c) Medio natural donde se desarrolle la actividad.

d) Duración del proyecto.

En ningún caso el montante total de la subvención superará el 100 % de los gastos en que el beneficiario haya acreditado haber incurrido en las actividades objeto de subvención.

Decimocuarto. Pago de la subvención.

El importe de la subvención se librará en un único pago a partir de la concesión, en concepto de entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para llevar a cabo las actuaciones inherentes a las subvenciones concedidas, al amparo de lo previsto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No será necesaria la constitución de garantías por parte del beneficiario. Para proceder al pago de las subvenciones será condición previa la presentación por parte del beneficiario de la siguiente documentación:

a) Certificado de encontrarse la entidad al corriente de sus obligaciones tributarias.

b) Certificado de encontrarse la entidad al corriente de sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Asimismo, el pago quedará condicionado a que exista constancia por parte del órgano instructor de que el beneficiario cumple todos los requisitos señalados en el artículo 34 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimoquinto. Justificación de gastos.

En el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto subvencionado, el beneficiario deberá justificar las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste. La justificación incluirá:

a) Memoria de evaluación, que contendrá las actividades realizadas junto con los resultados obtenidos.

b) Memoria económica relativa al gasto de la subvención, con la justificación económica correspondiente.

La justificación económica adoptará la siguiente forma: Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, conforme a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

No obstante, si el beneficiario no pudiese cumplir dicho plazo, podrá solicitar del órgano concedente la correspondiente ampliación debidamente justificada, al amparo del artículo 49 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, teniendo en cuenta que éste no podrá conceder más de una para la justificación de las actividades programadas y que el plazo total para la ejecución de la totalidad de las actividades subvencionadas no podrá superar el límite establecido en el apartado 7.1 de la presente convocatoria.

La pertinente solicitud de ampliación deberá ser presentada al menos siete días hábiles antes de la expiración del plazo al que se refiera y, para ser efectiva requerirá autorización expresa por parte del órgano concedente.

Decimosexto. Obligaciones de los beneficiarios.

Además de lo establecido en el artículo 15 de la Orden AAA/486/2012, los beneficiarios vendrán obligados a presentar, con al menos diez días hábiles antes del comienzo de las actuaciones, pólizas de seguros de responsabilidad civil y de accidentes, con las características y coberturas mencionadas en los apartados c) y d) del artículo decimotercero de la presente convocatoria, así como los carnés de conducir de los monitores que dirigirán las actuaciones sobre el terreno, ya que serán los únicos habilitados para la conducción de vehículos.

Decimoséptimo. Modificación de las condiciones de ejecución.

1. Las actuaciones subvencionadas en cada proyecto deberán ejecutarse en el tiempo y forma aprobados por la resolución de concesión.

Cualquier cambio en el proyecto requerirá simultáneamente:

a) Que el cambio no afecte a los objetivos perseguidos con la subvención y a sus aspectos fundamentales.

b) Que el cambio sea solicitado al órgano instructor tan pronto como sea conocida la eventualidad de que se trate y en todo caso antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto.

2. El beneficiario podrá solicitar mediante petición razonada, debidamente justificada, ampliación del plazo de ejecución.

3. Respecto a modificaciones en el presupuesto asignado, éstas deberán estar motivadas y no podrán afectar a la cuantía total asignada al proyecto.

4. Las autorizaciones o denegaciones de modificación se realizarán mediante resolución expresa del Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, notificándose al interesado con carácter previo a la finalización del plazo de la subvención. No obstante, las solicitudes de modificación del presupuesto asignado, siempre que no superen el 15 % de la cantidad asignada para la subvención, podrán ser autorizadas por el órgano instructor.

Decimoctavo. Incumplimiento y reintegro.

1. Procederá la revocación de la subvención concedida, previa audiencia al interesado, así como la exigencia de reintegro de las cantidades en su caso percibidas, en los siguientes supuestos:

a) Modificación de la finalidad para la cual la subvención fue concedida.

b) Incumplimiento de las obligaciones de ejecución y justificación en los plazos que con carácter general determina la presente convocatoria o que específicamente pudiera contener la resolución por la que se concede la subvención.

Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos y de las condiciones del otorgamiento de la ayuda, se considerará incumplimiento parcial de los fines para los que se concedió la ayuda y dará lugar al reintegro parcial de la subvención en el porcentaje correspondiente a la inversión no efectuada o no justificada.

La demora en la presentación de los documentos para justificar la realización de la actuación subvencionada dará lugar, pasados quince días tras el requerimiento del órgano instructor, al reintegro de la totalidad de la ayuda concedida.

c) La realización de modificaciones no autorizadas en el presupuesto financiable obligará a la devolución de las cantidades desviadas.

d) Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas.

En todos los casos, el reintegro conlleva la exigencia de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro. El interés de demora aplicable será el interés legal del dinero incrementado en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.

2. En tales supuestos, el procedimiento para el reintegro de las cantidades percibidas será de conformidad con lo dispuesto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimonoveno. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de marzo de 2013.–El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, P. D. (Orden AAA/888/2012, de 24 de abril), el Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Basilio Rada Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV
Memoria del proyecto de voluntariado

Responsable del proyecto:

D./Dña. ............................................................................................., (cargo en la organización) ..........................................., (teléfono) ............................................. (e-mail) .............................................................

1. Introducción y justificación del proyecto.

2. Objetivos generales del proyecto.

3. Actividades a desarrollar (para cada Parque Nacional, Centro o Finca).

Parque Nacional, Centro, Finca

Actividades principales:

Actividad 1:

a) Nombre de la actividad.

b) Línea de actuación en la que se enmarca.

c) Objetivos específicos de la actividad.

d) Resultados esperados.

e) Metodología (campos de voluntariado, fines de semana, red de voluntariado).

f) Duración (número de días de actuación).

g) Número de voluntarios participantes.

h) Fechas estimadas.

i) Recursos humanos necesarios (número de monitores).

j) Logística de la actividad (manutención, alojamiento y desplazamiento).

k) Evaluación de la actuación.

Actividad 2:

Actividades complementarias (breve descripción de actividades alternativas previstas para el caso de que no se puedan desarrollar las actividades principales).

Actividades de conocimiento del medio (breve descripción de actividades de sensibilización y conocimiento del medio).

5. Gestión de los voluntarios:

Proceso de captación.

Número de participantes previstos provenientes de ámbitos geográficos distintos a los de Parques Nacionales, Centros y Fincas.

Proceso de formación.

Metodología para la evaluación de la implicación y satisfacción de los voluntarios.

6. Plan de difusión del proyecto.

7. Presupuesto pormenorizado de todo el proyecto por Parque Nacional, Centro o Finca.

8. Cronograma de las actuaciones por Parque Nacional, Centro o Finca, y meses.

ANEXO V
Actividades y espacios

Parque Nacional de Aigüestortes i Estany de Sant Maurici

Se realizarán actividades en las modalidades de campos de voluntariado y actuaciones de dos días de duración.

Campos de voluntariado:

Como mínimo, 3 campos de 6 voluntarios/campo y 11 días de duración cada uno para las actividades 1-5.

Actuaciones de dos días de duración:

Dos actuaciones de 4 voluntarios y dos días para la actividad 6.

Dos actuaciones de 4 voluntarios y dos días para la actividad 7.

Dos actuaciones de 2 voluntarios y dos días para la actividad 8.

Dos actuaciones de 2 voluntarios y dos días para la actividad 9.

Actividades y épocas de realización:

1. Censos de lagópodo alpino (Lagopus muta): Agosto.

2. Censos de urogallo (Tetrao urogallus): Agosto.

3. Otras actividades de soporte a los seguimientos de fauna del Parque, si fuera necesario: Agosto y septiembre.

4. Realización de encuestas a los visitantes, para evaluar el grado de satisfacción de la visita, ligado a la Q de calidad: Agosto y septiembre.

5. Recogida de restos de basura histórica y abandonada por los visitantes en alta montaña, zona Valle de Aran (tm. Naut Aran):

Del 1 al 15 de agosto.

Del 1 al 15 de septiembre.

6. Recogida de restos de basura histórica y abandonada por los visitantes en alta montaña, zona Vall Fosca (t.m. La Torre de Cabdella):

Del 1 al 15 de agosto.

Del 1 al 15 de septiembre.

7. Seguimiento de los parámetros de capacidad de acogida de los senderos. Zona Aigüestortes (TM Vall de Boí): Del 15 al 31 de octubre.

8. Seguimiento de los parámetros del uso público intenso de los senderos. Zona St. Maurici (TM Espot): Del 15 al 31 de octubre.

Parque Nacional de Cabañeros

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Un campo de 5-6 voluntarios y 7 días de duración.

Actividades y épocas de realización:

1. Recogida de semillas.

2. Plantación de semillas en vivero o tratamiento previo para su plantación.

3. Censo de ciervos en la Raña acompañando a la guardería del Parque.

4. Limpieza de vivares de conejo de las exclusiones.

5. Limpieza de las orillas del río Estena.

6. Limpieza de alcorques en exclusiones de la Raña Espino y de Retornillo, y plantaciones de arbolado autóctono.

Todas las actividades se realizarán del 18 al 24 de noviembre.

Parque Nacional de Caldera de Taburiente

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Un campo de 7 voluntarios y 15 días de duración cada uno para las actividades 2 y 6.

Un campo de 7 voluntarios y 15 días de duración cada uno para la actividad 4.

En cada campo se realizarán algunas de las otras actividades que no tienen fecha específica de hacerse.

Actividades y épocas de realización:

1. Censos e inventarios de plantas endémicas: Cualquier época del año.

2. Recogida de semillas: De agosto a septiembre.

3. Control de plantas exóticas: Cualquier época del año.

4. Repoblación de plantas endémicas: Octubre-noviembre para las zonas de cumbres, y noviembre-diciembre para las zonas de pinar.

5. Seguimiento de herbívoros: Cualquier época del año.

6. Colocación y desmantelamiento de protecciones individuales en zonas de cumbres: De agosto a noviembre.

7. Tareas de vivero: trasplantes de semilleros a bolsas o contenedores: Cualquier época del año.

8. Desbroce de matorrales para evitar competencia o peligro de incendios a especies de flora amenazada: De agosto a noviembre.

Alojamiento:

Aula de la Naturaleza del Riachuelo, cerca del Centro de Visitantes del Paso, para grupos mayores de 10 personas.

Alojamiento en Centro de Visitantes de El Paso para grupos menores de 10 personas.

Parque Nacional de Doñana

Se realizarán actividades en las modalidades de red de voluntariado.

Red de Voluntariado Ornitológico:

Red de voluntariado desde agosto hasta diciembre:

Cuatro jornadas de 1 día y 10 voluntarios para la actividad 1.

Seis jornadas de 1 día y 10 voluntarios para la actividad 2.

Cinco jornadas de 1 día y 10 voluntarios para la actividad 3.

Una jornada de 1 día y 10 voluntarios para la actividad 4.

Dos jornadas de 1 día y 25 voluntarios para la actividad 5.

Una jornada de 1 día y 20 voluntarios para la actividad 6.

Una jornada de 1 día y 10 voluntarios para la actividad 7.

Una jornada de 1 día y 30 voluntarios para la actividad 8.

Un fin de semana de 10 voluntarios para la actividad 9.

Un fin de semana de 10 voluntarios para la actividad 10.

Actividades de la red de voluntariado ornitológico y épocas de realización:

1. Campaña de Sensibilización Costas de Doñana «Basuras en el litoral» (agosto).

2. Campaña de Sensibilización Costas de Doñana «Sos coquina» (agosto y septiembre).

3. Seguimiento de avifauna (agosto y septiembre).

4. «Día Mundial de las Aves» (octubre).

5. Retirada de plomo en el Cerro de los Ánsares (Octubre y noviembre).

6. Eliminación de plantas exóticas (Noviembre).

7. Seguimiento de la calidad de las aguas de arroyos y ríos (Agosto o noviembre).

8. Repoblaciones forestales participativas (Noviembre o diciembre).

9. Taller «Aves de Doñana» (Noviembre).

10. Taller «Cambio climático» (Diciembre).

Parque Nacional de Garajonay

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Un campo de 12 voluntarios y 15 días de duración.

Actividades y épocas de realización:

1. Seguimiento de poblaciones de aves en las zonas quemadas del Parque.

2. Limpieza de residuos en zonas quemadas del Parque.

3. Operaciones de control de la planta invasora Tradescantia fluminensis.

Todas las actividades se realizarán en agosto.

Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Dos campos de 5 voluntarios/campo y 10 días de duración cada uno.

Actividades y épocas de realización:

1. Eliminación de especies vegetales alóctonas en Cíes y/u Ons.

2. Limpieza de playas, caminos y cunetas en Cíes y/u Ons.

Todas las actividades se realizarán entre finales de octubre y principios de noviembre.

Observaciones:

El alojamiento se realizará en las instalaciones del Parque.

Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Un campo de 4 voluntarios y 7 días de duración.

Actividades y épocas de realización:

1. Seguimiento de las poblaciones de topillo nival: Primera semana de septiembre.

Parque Nacional de Picos de Europa

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Tres campos de 8-12 voluntarios/campo y 15 días de duración cada uno para la actividad 1.

Tres campos de 5-6 voluntarios/campo y 15 días de duración cada uno para la actividad 1.

Tres campos de 6-8 voluntarios/campo y 8 días de duración para la actividad 2.

Actividades y épocas de realización:

1. Estudio y seguimiento de la población de Paseriformes alpinos en el Parque Nacional de los Picos de Europa:

Censo de paseriformes alpinos y otras especies de aves, mediante transectos, puntos de escucha, prospección de paredes rocosas y método de la parcela.

Anillamiento científico de aves alpinas y marcaje con códigos de lectura a distancia.

Registro de aves marcadas con anillas de lectura a distancia.

Estudio del uso de hábitat de los paseriformes alpinos.

Estudio del comportamiento reproductor de los paseriformes alpinos.

Estudio de la distribución y los movimientos de los paseriformes alpinos.

Estudio de la morfología y biometría de los paseriformes alpinos.

Anuario de los vertebrados de Picos de Europa.

De principios de agosto a finales de octubre.

2. Seguimiento de especies de fauna de interés especial y actividades complementarias de mejora de hábitat:

Seguimiento de la herbivoría en zonas urogalleras (cajones de exclusión de herbívoros y valoración de la presión ganadera en determinadas zonas en las que se ha detectado un posible exceso de carga ganadera).

Búsqueda de indicios de presencia de urogallo en zonas de difícil acceso o poco prospectadas en los últimos años.

Colaboración en distintas actividades que se vayan desarrollando dentro del proyecto LIFE+ Urogallo cantábrico (reparto de folletos, actividades de difusión, retirada o señalización de vallados peligrosos, etc.).

Protección de tejos y acebos jóvenes en lugares con mucha presión de herbívoros.

Monitorización de nidos y éxito reproductor de buitre leonado, alimoche y águila real.

Seguimiento de la liebre de piornal en el Puerto de Pandetrave (León).

Limpieza de cauces.

Colaboración con el Área de Uso Público para la señalización de rutas o reparación de balizas o carteles.

Limpieza de caminos o veredas tradicionales (abiertos a colaboración de ayuntamientos y juntas vecinales para este u otro tipo de actividades).

Realización de encuestas entre los visitantes para conocer aspectos a mejorar del Parque Nacional.

De agosto a septiembre.

Parque Nacional de Sierra Nevada

Se realizarán actividades en las modalidades de campos de voluntariado y actuaciones de fin de semana.

Campos de voluntariado:

Un campo de 7 voluntarios y 14 días de duración para las actividades 1, 2, 4, 5 y 6.

Actuaciones de fin de semana:

Uno-dos fines de semana de 8 voluntarios cada uno para la actividad 3.

Actividades y épocas de realización:

1. Restauración y señalización de senderos oficiales PR en el Parque Nacional.

2. Mantenimiento de repoblaciones en Río Alhama, Río Benbéjar, Barranco del Launar, Barranco de los Gavilanes y Arroyo Palancón (La Ragua): riego, censo o reforzamiento o retirada de protectores.

3. Repoblación con especies arbustivas y aromáticas autóctonas en zonas degradadas (Barranco Tornacano).

4. Anillamiento en el Puerto de la Ragua.

5. Restauración y recogida de residuos en el Barranco de San Juan.

6. Aprovechamiento de cultivos tradicionales en la finca de la Hortichuela.

El campo se realizará entre agosto y diciembre.

Las actuaciones de fin de semana se realizarán en otoño.

Parque Nacional de Tablas de Daimiel

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Un campo de 6 voluntarios y 10 días de duración.

Actividades y épocas de realización:

1. Mantenimiento de reforestaciones (actividad prioritaria).

2. Seguimiento de avifauna.

3. Inventario entomológico.

4. Encuestas a visitantes.

5. Seguimiento de mamíferos en la Zona de protección.

6. Limpieza de casillas de labranza de egagrópilas y pintura.

7. Ejecución de vivares de conejos.

8. Recolección de semillas.

9. Pequeños trabajos silvícolas.

Todas las actividades se realizarán entre agosto y noviembre.

Parque Nacional del Teide

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

Dos campos de 6 voluntarios/campo y 14-15 días de duración cada uno.

Actividades y épocas de realización:

1. Flora amenazada y matorral de cumbre: recolección de semillas, cultivo en vivero, mantenimiento del Jardín Botánico.

2. Apoyo en el estudio de parcelas y tripletas de seguimiento del cambio global.

3. Realización de encuestas cualitativas sobre satisfacción de la visita y uso de servicios ofertados, así como sobre el conocimiento de los Parques Nacionales.

4. Estudio de mortalidad de aves en las carreteras del Parque.

5. Censos de avifauna: censos de aves (cuervos, rapaces, etc.) y observación de aves.

Todas las actividades se realizarán en agosto.

Centro de Montes de Valsaín

Se realizarán actividades en las modalidades de campos de voluntariado y actuaciones de uno-dos días de duración.

Campos de voluntariado:

Dos actuaciones de 2 voluntarios y 2 días de duración para la actividad 1.

Una actuación de 10 voluntarios y 1 día de duración para la actividad 2.

Un campo de 6 voluntarios y 10 días de duración para las actividades 3 y 4.

Actividades y épocas de realización:

1. Toma de muestras de macroinvertebrados: Otoño.

2. Identificación de muestras de macroinvertebrados: Otoño.

3. Limpieza, adecuación y colocación de cajas nido: Octubre.

4. Labores de recuperación de una senda existente en las inmediaciones del CENEAM y que define un itinerario autoguiado sobre la guerra civil: Octubre.

Finca de la Graciosa

Se realizarán actividades en la modalidad de campos de voluntariado.

Campos de voluntariado:

5 campos de 5 voluntarios/campo y 7 días de duración cada uno.

Actividades y épocas de realización:

1. Actuación de recuperación del hábitat:

Limpieza del litoral.

Restauración y limpieza manual del entorno del antiguo vertedero y escombrera, recientemente sellados.

2. Información y sensibilización de la población local y de los visitantes:

Atención en el punto de información del «Centro Isla de La Graciosa» (OAPN) en el Muelle de Caleta del sebo.

Campaña de concienciación y sensibilización ambiental.

Todas las actividades se realizarán entre el 29 de septiembre y el 2 de noviembre.

Finca de Quintos de Mora

Se realizarán actividades en las modalidades de campos de voluntariado y actuaciones de fin de semana.

Actuaciones de fin de semana:

Un fin de semana de 6 voluntarios para las actividades 1-5.

Campos de voluntariado:

Un campo de 6 voluntarios y 10 días de duración para las actividades 8-9.

Actividades y épocas de realización:

1. Repoblación de frondosas autóctonas: De octubre a diciembre.

2. Reposición de marras en repoblaciones de años anteriores: De octubre a diciembre.

3. Podas de formación sobre frondosas repobladas: De octubre a diciembre.

4. Colocación de protectores en repoblación, cava, escarda y eliminación de pasto: De octubre a diciembre.

5. Eliminación de regeneración de coníferas: De octubre a diciembre.

6. Protecciones individuales sobre especies singulares: Septiembre.

7. Protecciones sobre regenerado de frondosas: Septiembre.

8. Colocación de protectores en repoblación, cava, escarda y eliminación de pasto: Septiembre.

9. Colaboración en censos de diferentes especies de fauna: Septiembre.

Las actuaciones de fin de semana se realizarán entre octubre y diciembre.

El campo se realizará en septiembre.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid