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Documento BOE-A-2013-3130

Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se prolonga la eficacia de la Resolución de 8 de marzo de 2007, por la que se garantiza que sólo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y se prohíbe la comercialización de encendedores de fantasía.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2013, páginas 22720 a 22720 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-3130

TEXTO ORIGINAL

El 5 de septiembre de 2006 se acuerda iniciar el procedimiento para garantizar que solo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y prohibir la comercialización de encendedores de fantasía, en aplicación de la Decisión de la Comisión 2006/502/CE, de 11 de mayo de 2006.

El 8 de marzo de 2007 se adopta la Resolución que pone fin a este procedimiento con un periodo de validez de 1 año, publicándose en el «BOE» de 27 de marzo de 2007.

La Resolución de 8 de marzo de 2007 fue modificada por la Resolución de 9 de agosto de 2007 y fueron adoptadas de conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, estableciendo un periodo de validez de las Resoluciones a un año, pero permite su prorroga por períodos adicionales no superiores a un año. Posteriormente, la Resolución de 22 de febrero de 2008, la Resolución de 6 de marzo de 2009, la Resolución de 8 de marzo de 2010, la Resolución de 3 de marzo de 2011 y la Resolución de 27 de febrero de 2012 prolongan la eficacia de dicha resolución.

La validez de la Decisión 2006/502/CE se limitaba a un año, periodo que ha sido prolongado primero por la Decisión 2007/231/CE y posteriormente por la Decisión 2008/322/CE, la Decisión 2009/298/CE de 26 de marzo de 2009, la Decisión 2010/157/UE de 12 de marzo, la Decisión 2011/176/UE, de 21 de marzo, la Decisión 2012/53/UE, de 27 de enero y recientemente la Comisión ha prolongado de nuevo su validez un año más.

Las razones que motivaron la Decisión y por tanto la Resolución siguen siendo validas. La necesidad de continuar con un análisis de la experiencia adquirida y valoración de los resultados de cara a la adopción de una norma comunitaria permanente sobre la seguridad de los encendedores, precisa mantener la prohibición de comercialización y suministro a los consumidores de los productos en cuestión.

En consecuencia, es necesario prolongar la eficacia de la Resolución de 8 de marzo de 2007 para garantizar que todas las Comunidades Autónomas mantengan la prohibición establecida por la citada Resolución, de conformidad con el artículo 13 de la Directiva 2001/95/CE, de 3 de diciembre, relativa a la seguridad general de los productos.

Esta Presidencia, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 9 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, en la redacción dada por la disposición final quinta del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero de 2012 y en base a lo dispuesto en los artículos 69.1 y 72 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 11 y 15 del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos, resuelve prolongar la eficacia de la Resolución de 8 de marzo de 2007 un año más, hasta el 11 de marzo de 2014.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Comuníquese esta Resolución a las Comunidades Autónomas para su ejecución y notificación a los interesados.

Madrid, 1 de marzo de 2013.–La Presidenta del Instituto Nacional del Consumo, Pilar Farjas Abadía.

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