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Documento BOE-A-2013-2581

Resolución de 14 de febrero de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se modifica la de 22 de noviembre de 2012, de convocatoria de ayudas para los desplazamientos a la península de equipos y deportistas insulares y de las ciudades de Ceuta y Melilla por su participación en competiciones deportivas de ámbito estatal para el año 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2013, páginas 18723 a 18723 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-2581

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución de 22 de noviembre de 2012, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, publicada en el «BOE» de 10 de diciembre, se aprobó la convocatoria de ayudas para los desplazamientos a la península de equipos y deportistas insulares y de las ciudades de Ceuta y Melilla por su participación en competiciones deportivas de ámbito estatal para el año 2012.

Esta convocatoria determina que las comunidades y ciudades autónomas mencionadas, actúan como entidades colaboradoras para el reparto de las ayudas, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo arbitrar en el trámite de la concesión y justificación con los beneficiarios de las subvenciones, y acreditar posteriormente la justificación de los fondos empleados al organismo concedente.

El órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias presentó recurso de reposición contra el párrafo primero del dispongo décimo de la citada resolución, relativo al plazo de justificación de las subvenciones, el cual, fue estimado parcialmente mediante Resolución del Presidente del CSD de fecha 1 de febrero de 2013.

En consecuencia, y para hacer posible el procedimiento expuesto en el párrafo anterior, se hace necesario adecuar el plazo de justificación previsto en el párrafo primero, del dispongo décimo de la convocatoria, por lo que en su virtud dispongo:

Único.

Modificar el plazo de justificación, establecido en el párrafo primero, del dispongo décimo, de la Resolución de 22 de noviembre de 2012, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, de convocatoria de ayudas para los desplazamientos a la península de equipos y deportistas insulares y de las ciudades de Ceuta y Melilla por su participación en competiciones deportivas de ámbito estatal para el año 2012.

Uno. El párrafo primero del dispongo décimo. Justificación, queda redactado del siguiente modo:

«Por lo que se refiere a la justificación de los fondos recibidos, las Comunidades Autónomas beneficiarias de estas ayudas o subvenciones, estarán obligadas a justificar dicho gasto de acuerdo con la base Decimocuarta de la Orden ECI 2768/2007, de bases reguladoras de concesión de subvenciones y ayudas por el C.S.D, y con el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“BOE” de 18 de noviembre de 2003), dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de su percepción, sin perjuicio del sometimiento a la verificación contable que fuera pertinente».

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de febrero de 2013.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.

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