Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-2237

Resolución de 18 de febrero de 2013, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización en el año 2013, del Convenio de colaboración con el Servicio Cántabro de Salud, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2013, páginas 16404 a 16409 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2013-2237

TEXTO ORIGINAL

La Consejera de Sanidad y Seguridad Social del Gobierno de Cantabria, el Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, y la Gerente de la Mutualidad General Judicial, han suscrito, con fecha 14 de diciembre de 2012, un Acuerdo de prórroga y actualización para 2013, del Convenio de Colaboración firmado el 23 de junio de 2006, para la prestación, en zonas rurales, de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del referido acuerdo de prórroga, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 18 de febrero de 2013.–El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.

ANEXO
Acuerdo de Prórroga y Actualización para el año 2013 del Convenio de colaboración firmado el 23 de junio de 2006, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

Santander/Madrid, a 14 de diciembre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, doña María José Sáenz de Buruaga Gómez, Consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, en representación del Servicio Cántabro de Salud, expresamente facultado para la firma del presente documento por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2012.

De otra, doña Gustavo Emiliano Blanco Fernández, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

Doña María Soledad Álvarez de Miranda Delgado, Secretaria general Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

Y Doña Celima Gallego Alonso, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 14. 3.g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de MUGEJU.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2006 entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga para 2013, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2013 hasta 31 de diciembre de 2013.

Segundo.

Actualizar con efectos de 1 de enero de 2013 y según lo previsto en las cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II, III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2013», y que modifican las relaciones de municipios citadas en la cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula Cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2013, los de 11,94 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 1,01 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II.

Tercero.

Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar septuplicado y a un solo efecto, los representantes del Servicio Cántabro de Salud, y de cada una de las Mutualidades.

La Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, María José Sáenz de Buruaga Gómez.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Gustavo Emiliano Blanco Fernández.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, María Soledad Álvarez de Miranda Delgado.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.

«ANEXOS I, II, III Y IV, PARA 2013». CANTABRIA

Listado de municipios anexo I

Cantabria

Municipios

Zona básica de salud

ALFOZ DE LLOREDO.

ALTAMIRA.

AMPUERO.

BAJO ASÓN.

ANIEVAS.

BESAYA.

ARENAS DE IGUÑA.

BESAYA.

ARGONOS.

GAMA.

ARNUERO.

MERUELO.

ARREDONDO.

ALTO ASÓN.

BÁRCENA DE CICERO (GAMA).

GAMA.

BÁRCENA DE PIE DE CONCHA.

BESAYA.

BAREYO.

MERUELO.

CABEZÓN DE LIÉBANA.

LIÉBANA.

CABUÉRNIGA (VALLE DE).

SAJA/CABUÉRNIGA.

CAMALENO.

LIÉBANA.

CAMPOO DE YUSO (COSTANA (LA)).

CAMPOO.

CARTES.

TORRELAVEGA/CARTES.

CASTAÑEDA.

PISUEÑA/CAYÓN.

CASTRO-CILLORIGO (TAMA).

LIÉBANA.

CIEZA.

BESAYA.

COLINDRES.

 

COMILLAS.

SAN VICENTE.

CORVERA DE TORANZO.

ALTO PAS.

ENMEDIO (MATAMOROSA).

CAMPOO.

ENTRAMBASAGUAS.

CUDEYO.

ESCALANTE.

GAMA.

GURIEZO (PUENTE (EL)).

AGÜERA.

HAZAS DE CESTO.

GAMA.

HERMANDAD CAMPOO SUSO (ESPINILLA).

CAMPOO.

HERRERÍAS.

NANSA.

LAMASÓN.

NANSA.

LIENDO (HAZAS).

LAREDO.

LIÉRGANES.

MIERA.

LIMPIAS.

BAJO ASON.

LUENA.

ALTO PAS.

MARINA DE CUDEYO.

CUDEYO.

MAZCUERRAS.

SAJA/CABUÉRNIGA.

MEDIO CUDEYO.

CUDEYO.

MERUELO.

MERUELO.

MIENGO.

POLANCO.

MIERA.

MIERA.

MOLLEDO.

BESAYA.

NOJA.

MERUELO.

PENAGOS.

PISUEÑA/CAYÓN.

PEÑARRUBIA.

LIÉBANA.

PESAGÜERO.

LIEBANA.

PESQUERA.

CAMPOO.

POLACIONES.

NANSA.

POLANCO (IGLESIA, LA).

POLANCO.

POTES.

LIÉBANA.

PUENTE VIESGO.

BAJO PAS.

RAMALES DE LA VICTORIA.

ALTO ASÓN.

RASINES.

ALTO ASÓN.

REINOSA.

 

REOCÍN (PTE. S MIGUEL).

ALTAMIRA.

RIBAMONTÁN AL MAR.

CUDEYO.

RIBAMONTÁN AL MONTE (HOZ DE ANERO).

CUDEYO.

RIOMANSA(PUENTENANSA).

NANSA.

RIOTUERTO.

MIERA.

ROZAS DE VALDERROYO (LAS).

CAMPOO.

RUENTE.

SAJA/CABUÉRNIGA.

RUESGA.

ALTO ASÓN.

RUILOBA (BARRIO DE LA IGLESIA).

SAN VICENTE.

SAN FELICES DE BUELNA (RIVERO).

BESAYA.

SAN MIGUEL DE AGUAYO.

CAMPOO.

SAN PEDRO DEL ROMERAL.

ALTO PAS.

SAN ROQUE DE RIOMIERA.

MIERA.

SAN VICENTE DE LA BARQUERA.

SAN VICENTE.

SANTA MARÍA DE CAYÓN.

PISUEÑA/CAYÓN.

SANTILLANA DEL MAR.

 

SANTIURDE DE REINOSA.

CAMPOO.

SANTIURDE DE TORANZO.

ALTO PAS.

SARO.

PISUEÑA SELAYA.

SELAYA.

PISUEÑA/SELAYA.

SOBA (VEGUILLA).

ALTO ASÓN.

SOLORZANO.

GAMA.

SUANCES.

SUANCES.

TOJOS (LOS).

SAJA/CABUÉRNIGA.

TRESVISO.

LIÉBANA.

TUDANCA.

NANSA.

UDÍAS.

SAJA/CABUÉRNIGA.

VAL DE SAN VICENTE (PESUES).

SAN VICENTE.

VALDALIGA.

SAJA.

VALDEOLEA.

LOS VALLES.

VALDEPRADO DEL RÍO (ARROYAL).

LOS VALLES.

VALDERREDIBLE (POLIENTES).

LOS VALLE.

VEGA DE LIEBANA.

LIÉBANA.

VEGA DE PAS.

ALTO PAS.

VILLACARRIEDO.

PISUEÑA SELAYA.

VILLAESCUSA.

ASTILLERO.

VILLAFUFRE.

PISUEÑA/SELAYA.

VILLAVERDE DE TRUCÍOS.

LAREDO.

VOTO.

COLINDRES.

Listado de municipios anexo II

Provincia: Cantabria

Municipios

Astillero (El).

Cabezón de la Sal.

Corrales de Buelna (Los).

Laredo.

Santa Cruz de Bezana.

Santoña.

Anexo III

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I, e importe que debe abonarse mensualmente a partir de enero de 2013 por cada uno de los colectivos (totalizados a 1 de mayo de 2012), a la Comunidad Autónoma de Cantabria

(Precio por persona = 11,94 €/mes en 2013)

Entidad

Personas adscritas

Importes mensuales

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por colectivo de MUFACE

Euros

Por colectivo

de ISFAS

Euros

Por colectivo

de MUGEJU

Euros

SEGURCAIXA ADESLAS

1.191

1.016

80

14.220,54

12.131,04

955,20

ASISA

304

233

38

3.629,76

2.782,02

453,72

CASER

0

0

4

47,76

DKV SEGUROS

41

0

5

489,54

59,70

IG. DE SANTANDER

1.509

0

0

18.017,46

0,00

MAPFRE FAMILIAR

0

0

6

71,64

SANITAS

4

0

9

47,76

107,46

TOTAL

3.049

1.249

142

36.405,06

14.913,06

1.695,48

Anexo IV

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo II, e importe que debe abonarse mensualmente a partir de enero de 2013 por cada uno de los colectivos (totalizados a 1 de mayo de 2012), a la Comunidad Autónoma de Cantabria

(Precio por persona = 1,01 €/mes en 2013)

Entidad

Personas adscritas

Importes mensuales

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por colectivo

de MUFACE

Euros

Por colectivo

de ISFAS

Euros

Por colectivo

de MUGEJU

Euros

SEGURCAIXA ADESLAS

761

602

54

768,61

608,02

54,54

ASISA

182

137

37

183,82

138,37

37,37

CASER

0

0

0

DKV SEGUROS

11

0

7

11,11

7,07

IG. DE SANTANDER

1.046

0

0

1.056,46

MAPFRE FAMILIAR

0

0

5

5,05

SANITAS

2

0

16

2,02

16,16

TOTAL

2.002

739

119

2.022,02

746,39

120,19

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid