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Documento BOE-A-2013-13383

Resolución de 29 de noviembre de 2013, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 1/2013, de 15 de febrero, de Autoridad Docente de la Región de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 2013, páginas 102776 a 102776 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-13383

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de noviembre de 2013.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 1/2013, de 15 de febrero, de autoridad docente de la Región de Murcia

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido por Acuerdo de 19 de abril de 2013 de la Comisión de Cooperación entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Administración General del Estado para el estudio y propuesta de solución de discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 5 de la Ley 1/2013, de 15 de febrero, de autoridad docente de la Región de Murcia, ambas partes consideran solventadas las mismas en razón al compromiso asumido por la Comunidad Autónoma de proceder a la modificación legislativa de la norma con el fin de eliminar del mencionado artículo 5 el contenido que afecte a las materias de competencia exclusiva del Estado.

2.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

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