De acuerdo con lo previsto en el artículo 8. 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo de resolución del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria, firmado con fecha 13 de septiembre de 2013, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 15 de octubre de 2013.–La Directora General del Agua, Liana Sandra Ardiles López.
En Madrid, a 13 de septiembre de 2013.
REUNIDOS
De una parte, don Federico Ramos de Armas, Secretario de Estado de Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 2023/2011, de 30 de diciembre, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, conforme a las atribuciones que le confiere el Capítulo 1, apartado 1) de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril (BOE 24-2-2012), modificada por la Orden AAA/1402/2012, de 19 de junio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Y de otra, don Francisco Javier Fernández González, Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, en virtud del nombramiento realizado mediante el Decreto 10/2011, de 28 de junio, en representación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 33 k.) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y previa autorización expresa del Consejo de Gobierno en su reunión de 18 de julio de 2013, y a tal efecto,
EXPONEN
Que, con fecha, 10 de julio de 2006, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria para la ejecución de actuaciones en riberas y cauces en el río Híjar (Cantabria).
Que, de conformidad con la cláusula décima, el convenio podrá ser resuelto por mutuo acuerdo o por incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.
Que, como consecuencia de la actual coyuntura económica y la necesidad de reducir el déficit público, es voluntad de las partes resolver por mutuo acuerdo el referenciado convenio.
En virtud de lo expuesto, las partes intervinientes suscriben el siguiente
ACUERDO
Se acuerda resolver el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria para la ejecución de actuaciones en riberas y cauces en el río Híjar (Cantabria), de 10 de julio de 2006.
Dado que no existen actuaciones comprometidas ni se ha realizado abono alguno desde el inicio del convenio, no procede compensación económica por liquidación.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente acuerdo en tres ejemplares.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.–El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Francisco Javier Fernández González.
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