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Documento BOE-A-2013-12487

Recurso de inconstitucionalidad n.º 6412-2013, contra los artículos 1; 2, apartados Uno y Dos; 3; disposición adicional única y disposición final tercera del Real Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sistema financiero.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2013, páginas 95051 a 95051 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2013-12487

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 6412-2013, promovido por la Junta de Extremadura contra los artículos 1; 2, apartados Uno y Dos; 3; disposición adicional única y disposición final tercera del Real Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sistema financiero.

Madrid, 19 de noviembre de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 19/11/2013
  • Fecha de publicación: 29/11/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la pérdida sobrevenida de su objeto en relación a los arts. 1, 2.1 y 2, 3, disposición adicional única y disposición final 3 del Real Decreto-Ley 2/2013, de 1 de febrero y su DESESTIMACIÓN en todo lo demás, por Sentencia 28/2015, de 19 de febrero (Ref. BOE-A-2015-2829).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra los arts. 1, 2.uno) y dos) y 3 y disposiciones adicional única y final 3 del Real Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero (Ref. BOE-A-2013-1117).
Materias
  • Comercialización
  • Energía eléctrica
  • Producción de energía
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Tarifas

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