Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-12127

Orden IET/2156/2013, de 12 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de la Moda durante el período 2013-2016 y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2013, páginas 92555 a 92567 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2013-12127

TEXTO ORIGINAL

El apoyo a la creación, al desarrollo y al fortalecimiento del sector de la moda en España forma parte de la estrategia de promoción de las iniciativas que crean negocio en estos momentos en los que se requiere la reactivación de la actividad económica.

El sector de la moda en España tiene gran importancia y representatividad, tanto a nivel geográfico como de los subsectores que lo componen, englobando un número considerable de oficios y especialidades con una producción dirigida a diversos segmentos del mercado, destacando las actividades de diseño, producción, comercialización y venta, con un importante componente de innovación e internacionalización.

Además, la moda española genera empleo al ser uno de los mayores yacimientos de emprendedores y existen magníficos ejemplos de industrias de la moda que vienen realizando destacados esfuerzos para incorporar el diseño, las nuevas tecnologías y la innovación en todos los aspectos de su actividad empresarial tanto dentro como fuera de nuestras fronteras. Es por lo tanto importante seguir trabajando para que la moda tenga la consideración social como actividad económica que contribuye al crecimiento y a la creación de empleo.

Por ello, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a propuesta de la Mesa de la Moda Española ha decidido crear los Premios Nacionales de la Moda, que se convocarán anualmente, con la finalidad de reconocer el mérito y avalar el prestigio del Sector de la Moda de España, contribuyendo a su vez a apoyar la política de Estado «Marca España».

Los premios reconocerán a aquellas personas, instituciones, organizaciones o industrias que hayan realizado un esfuerzo importante para lograr la excelencia empresarial en el sector.

El objetivo de los premios es el de dar un mayor prestigio al Sector de la Moda española, presentándola en un entorno de calidad y de excelencia, reconociendo los méritos de las personas, de las instituciones, de las organizaciones y las industrias del sector que destaquen por su creatividad, su adaptación al mercado, su capacidad de innovación, su internacionalización, su apoyo desde los medios de comunicación social y desde el ámbito de la formación y de la cultura conservando al mismo tiempo las características específicas que la definen como tal y reconociendo su labor con las actuaciones que han contribuido a alcanzar los objetivos que se persiguen con la constitución de dichos premios.

Las modalidades serán las siguientes:

a) Premio Nacional a la PYME de la Industria del Sector de la Moda.

b) Premio Nacional a la Gran Empresa de la Industria del Sector de la Moda.

c) Premio Nacional al Emprendimiento de la Industria del Sector de la Moda.

d) Premio Nacional al Diseñador de Moda.

e) Premio Nacional a los Profesionales de la Comunicación, de la Academia y de la Cultura que destaquen por su labor de puesta en valor de la Moda Española.

Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras para la organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de Moda durante el período 2013-2016 y asimismo se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2013.

En su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I
Bases
Primero. Objeto.

1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases por las que se regularán, durante el período 2013-2016, la organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de la Moda, que tienen como finalidad galardonar a las personas, las instituciones, organizaciones o industrias del sector españolas que hayan destacado por actuaciones que se correspondan con alguna de las determinadas en la regulación de las modalidades de dichos premios.

2. Las convocatorias de los premios para cada una de las ediciones que resultan del ámbito temporal de estas bases se realizarán por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, que será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y a través de las direcciones de Internet www.minetur.gob.es y www.ipyme.org, sin perjuicio de lo que se dispone en el apartado decimoséptimo.

3. Las convocatorias, preferentemente anuales, así como las designaciones del Jurado y del Comité de valoración técnica, serán objeto de una presentación pública única, junto al balance de la edición anterior. Este acto irá acompañado de una amplia campaña de difusión de estos galardones entre las personas, instituciones, organizaciones o industrias de los sectores profesionales interesados.

Segundo. Actuaciones objeto de galardón y requisitos de los candidatos.

Se podrán galardonar con los Premios Nacionales de la Moda, en sus distintas modalidades, de acuerdo a la respectiva convocatoria, las siguientes actuaciones:

a) Premio Nacional a la PYME de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará a la PYME que haya realizado un esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación, distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión de los recursos humanos y materiales.

A los efectos de estos premios, se tendrá en cuenta la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 («DOUE» n.º L 124, de 20 de mayo de 2003) sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. Se entenderá como PYME, la que emplea menos de 250 personas, cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o bien cuyo balance general no exceda de 43 millones de euros y en las que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la citada Recomendación de la Comisión.

b) Premio Nacional a la Gran Empresa de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará a la Gran Empresa que haya realizado un esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación, distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión de los recursos humanos y materiales.

c) Premio Nacional al Emprendimiento en la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará al emprendedor o empresa emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos en la industria del sector en cualquiera de las áreas relacionadas con el mismo, reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que le hayan permitido posicionarse en el mercado.

Se entenderá por emprendedor o empresa emprendedora a aquellas personas o empresas cuya actividad económica en el sector de la moda tenga un recorrido formal inferior a cinco años.

d) Premio Nacional al Diseñador de Moda. Este premio tendrá dos modalidades: Premio Nacional a la Trayectoria y Premio Nacional al Nuevo Valor.

A la Trayectoria: Accederán al mismo aquellos diseñadores de amplia trayectoria profesional con prestigio, proyección social y méritos reconocidos, que les haga acreedores de dicho reconocimiento.

Además, el premio tiene como objetivo que el candidato elegido sea ejemplo en el sector y sirva de punto de referencia para jóvenes y emprendedores del mismo.

Al Nuevo Valor: Con él se pretende distinguir, con carácter personal, a un diseñador de corta trayectoria profesional, pero que haya desarrollado un trabajo meritorio y que sea ejemplo para otros diseñadores.

e) Premio Nacional a los Profesionales de la Comunicación, de la Academia y de la Cultura que destaquen por su labor de puesta en valor de la Moda Española. Con éste premio se quiere reconocer al profesional o al medio de comunicación que haya contribuido a difundir la actividad de la industria de la moda en la sociedad, su reconocimiento social, su promoción nacional e internacional y con ello, haya logrado mejorar el posicionamiento del Sector de la Moda española en el mercado nacional e internacional.

También se pretende premiar a aquellas personas e instituciones académicas o culturales que o bien hayan tenido un papel destacado en la formación de profesionales especializados, dando una visión integral de la moda y del mundo que la rodea y que conocen los principales aspectos y singularidades de la moda; o bien hayan logrado difundir los valores que representa el Sector de la Moda en nuestra sociedad.

Tercero. Presentación de candidaturas.

1. Las candidaturas a cualquiera de las modalidades de los premios necesariamente, se formularán mediante una propuesta, acompañada de informe de alguna de las siguientes personas o entidades:

a) Representantes en la Mesa de la Moda.

b) Departamentos y otros organismos pertenecientes a los gobiernos de las comunidades autónomas con competencias en el sector de la moda.

c) Centros de enseñanza relacionados con los sectores de la moda, tanto públicos como privados.

d) Centros tecnológicos relacionados con el sector de la moda y dotados de personalidad jurídica propia.

e) Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.

f) Fundaciones, asociaciones y federaciones y otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el sector de la moda.

g) Cualquier otro organismo o entidad relacionados con el sector de la moda.

2. La presentación de la candidatura deberá incluir, tal y como se especificará en la correspondiente convocatoria, los datos correspondientes a la entidad que propone a la persona física o jurídica candidatas y los del firmante; los datos identificativos de los candidatos, la modalidad del premio a la que se presentan y una descripción de los méritos que en ellas concurren para optar al mismo. Además si se trata de una persona jurídica se deben facilitar los datos correspondientes a la sede social de la empresa cuya candidatura se propone; persona de contacto, teléfono y fax.

El mismo candidato puede ser propuesto para varias modalidades de los premios, siendo necesario enviar una propuesta de candidatura distinta y completa, documentación incluida, por cada modalidad.

3. No podrá optar a premio ninguna persona física o jurídica en la que concurra cualquiera de las circunstancias expresadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. La documentación presentada no será devuelta, ni se mantendrá correspondencia sobre la misma. No podrá presentarse documentación adicional una vez finalizado el plazo de admisión de candidaturas, salvo la que sea requerida por el Comité de valoración técnica o el Jurado correspondientes.

5. Los originales firmados de los anexos II y III, y demás documentación en papel deberán ir dirigidos a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (paseo de la Castellana, número 160, 28046 Madrid), o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. También se podrán presentar en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.

Cuarto. Selección de las candidaturas.

1. Existirá un Comité de valoración técnica encargado del estudio y revisión de la documentación a que se refiere el apartado Tercero y de realizar una preselección entre las candidaturas presentadas.

Estará compuesto por expertos de los ámbitos de la administración, académico y profesional relacionados con el sector de la moda. Serán designados por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, a propuesta de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

2. Una vez finalizado el plazo para la presentación de las candidaturas, el Comité de valoración técnica se reunirá con objeto de efectuar su revisión y evaluación, que se ajustará a los criterios de evaluación para cada uno de los premios.

El Comité de valoración técnica se reserva el derecho de verificar el contenido de las memorias mediante el sistema que considere oportuno y de requerir de los candidatos cuanta documentación e información complementaria considere necesaria, teniendo en cuenta lo establecido respecto a los plazos por el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En caso necesario, se podrá solicitar asesoramiento externo a expertos de reconocido prestigio en el Sector de la Moda. Los expertos designados cooperarán con el Ministerio en la promoción y difusión de la convocatoria en sus respectivos ámbitos.

El Comité de valoración técnica elevará al Jurado, previsto en el apartado Quinto, las candidaturas para cada premio en un número máximo de 5, previa motivación razonada. Este Comité se reserva el derecho de modificar el número de nominaciones por modalidad en función del resultado de su evaluación técnica y de reasignar, de manera excepcional, las candidaturas a la categoría más adecuada con independencia de aquella a la que hayan presentado.

3. El Comité de valoración técnica tendrá en cuenta, especialmente, tanto el esfuerzo realizado por las empresas candidatas en pro de la paridad en la ocupación de los puestos de trabajo por la mujer y la conciliación de la vida laboral y familiar, como la trayectoria y el empeño en el campo para el que presentan su candidatura.

Asimismo, se dará una alta consideración a las empresas candidatas que hayan prestado una especial atención en la adopción de criterios de responsabilidad social corporativa, con formalización de políticas dirigidas a satisfacer las expectativas que sobre su comportamiento tienen los diferentes actores que se interrelacionan con ellas en su funcionamiento y gestión habituales, tales como: empleados, socios, proveedores, accionistas, medio ambiente, entorno social, etc.

Quinto. Jurado.

1. Existirá un Jurado único para todas las modalidades.

2. Los miembros del Jurado, entre ellos su Presidente, serán designados entre personas de reconocido prestigio en el Sector de la Moda, tanto a nivel de la administración, empresarial, académico y social, de trayectoria nacional e internacional, por resolución de los órganos responsables de cada uno ellos según la atribución que se realiza en el apartado anterior.

Además de sus miembros, se contará con un Secretario que le asistirá en sus trabajos y deliberaciones. Serán designados por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, a propuesta de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

3. El régimen de actuación del Jurado se ajustará a las normas y contenidos del capítulo II, del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de empate en sus votaciones decidirá el voto del Presidente. El Secretario, que levantará acta de las reuniones, tendrá voz pero no voto.

4. Sin perjuicio de la documentación e información remitida por el Comité de valoración técnica, el Jurado podrán requerir de los candidatos información adicional si la considera necesaria para el desarrollo de sus deliberaciones.

5. El Jurado, a propuesta del Comité de valoración técnica, elegirá por votación una persona, institución, organización o industria del sector ganadora.

6. El Jurado podrá declarar desierto los premios en las modalidades correspondientes si considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes.

Sexto. Confidencialidad de la información.

La información obtenida durante todo el proceso se considera propiedad exclusiva de los candidatos y será tratada como confidencial a todos los efectos. Esta información podrá hacerse pública únicamente previa autorización de los mismos.

Séptimo. Contenido, notificación y entrega de los premios.

1. Los premios en cada modalidad consistirán en un trofeo representativo y no comportarán dotación económica al tratarse de unos Premios de Honor. Las personas, las instituciones, las organizaciones y las industrias del sector nominadas en cada premio, recibirán un diploma acreditativo de su nominación.

2. Los Premios Nacionales de la Moda, en sus diferentes modalidades ordinarias, serán notificados a los candidatos de conformidad con el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. El fallo del Jurado se conocerá en un acto público convocado al efecto que será objeto de amplia difusión entre las personas, las instituciones, las organizaciones, las industrias y los sectores profesionales afectados.

4. La entrega personal de todos los premios se efectuará en un acto público, convocado al efecto.

Octavo. Publicidad, comunicación e información pública de los premiados.

1. Las personas, las instituciones, las organizaciones y las empresas del sector ganadoras y las nominadas podrán hacer publicidad de dicha condición, utilizando el logotipo de los premios, en anuncios, mensajes, soportes y medios de comunicación de cualquier tipo, especificando el año, la modalidad en que lo fueron y si se trata de ganadoras o nominadas.

2. Los candidatos aceptan expresamente a través de su participación en esta convocatoria el medio digital para la recepción de todos los comunicados oficiales sobre la misma, a través del correo/s electrónico/s facilitado/s en el formulario del anexo II, adjunto a esta convocatoria.

3. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por su parte, promoverá la publicidad y el conocimiento público de las personas, de las instituciones, de las organizaciones y de las industrias del sector galardonados con la debida relevancia, en los medios nacionales, internacionales y/o sectoriales que se consideren más adecuados a las distintas modalidades de los Premios.

CAPÍTULO II
Convocatoria
Noveno. Convocatoria.

Se convoca la edición correspondiente al año 2013, que se regirá por las bases reguladoras contenidas en el capítulo I de esta orden, sin perjuicio de lo que en particular se establece en el presente capítulo.

Décimo. Actuaciones objeto de galardón y requisitos de los candidatos.

La convocatoria de los Premios Nacionales de la Moda 2013 tiene como objeto galardonar las siguientes actuaciones:

a) Premio Nacional a la PYME de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará a la PYME que haya realizado un esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación, distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión de los recursos humanos y materiales.

A los efectos de este premio, se tendrá en cuenta la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 («DOUE» n.º L 124, de 20 de mayo de 2003) sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. Se entenderá como PYME, la que emplea menos de 250 personas, cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o bien cuyo balance general no exceda de 43 millones de euros y en las que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la citada Recomendación de la Comisión.

b) Premio Nacional a la Gran Empresa de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará a la Gran Empresa que haya realizado un esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación, distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión de los recursos humanos y materiales.

c) Premio Nacional al Emprendimiento de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará al emprendedor o empresa emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos en la industria del sector en cualquiera de las áreas relacionadas con el mismo, reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que le hayan permitido posicionarse en el mercado.

A los Premios a), b) y c) podrán acceder aquellas empresas y emprendedores del sector que hayan abierto nuevas oportunidades de negocio, que hayan conseguido un alto nivel de calidad y con un marcado esfuerzo en innovación tecnológica, tanto en procesos y productos como en la gestión del negocio.

También se tendrán en cuenta especialmente la evolución y el dinamismo de las empresas y emprendedores del sector en sus exportaciones e inversiones en el exterior, su esfuerzo en la promoción exterior y la internacionalización, incluida su versión on line, su estrategia de gestión de la marca como factor de competitividad internacional y su contribución a la mejora de la imagen internacional de nuestro país, contribuyendo a desarrollar la «Marca España».

Igualmente se podrá reconocer a aquellas empresas y emprendedores del sector que, mediante la distribución y la comercialización de sus productos, se hayan convertido en actores principales del negocio de la moda alrededor de España y del mundo, y que con ello hayan contribuido de modo muy significativo a incrementar la competitividad de la industria española de la moda y a consolidar su posición en el mercado nacional e internacional.

d) Premio Nacional al Diseñador de Moda. Este premio tendrá dos modalidades: Premio Nacional a la Trayectoria y Premio Nacional al Nuevo Valor.

A la Trayectoria: Accederán al mismo aquellos diseñadores de amplia trayectoria profesional con prestigio, proyección social y méritos reconocidos, que les haga acreedores de dicho reconocimiento.

Además, el premio tiene como objetivo que el candidato elegido sea ejemplo en el sector y sirva de punto de referencia para jóvenes y emprendedores del mismo.

Nuevo Valor: Con él se pretende distinguir, con carácter personal, a un diseñador de corta trayectoria profesional, pero que haya desarrollado un trabajo meritorio y que sea ejemplo para otros diseñadores.

Además, este premio tiene como objetivo que el candidato elegido sea ejemplo en el sector y sirva de punto de referencia para jóvenes y emprendedores del mismo.

e) Premio Nacional a los Profesionales de la Comunicación, de la Academia y de la Cultura que destaquen por su labor de puesta en valor de la Moda Española. Con éste premio se quiere reconocer al profesional de comunicación que haya contribuido a difundir la actividad de la industria de la moda en la sociedad, su reconocimiento social, su promoción nacional e internacional y con ello, haya logrado mejorar el posicionamiento del Sector de la Moda española en el mercado nacional e internacional.

También se pretende premiar a aquellas personas de los ámbito académico o cultural que o bien hayan tenido un papel destacado en la formación de profesionales especializados, dando una visión integral de la moda y del mundo que la rodea y que conocen los principales aspectos y singularidades de la moda; o bien hayan logrado difundir los valores que representa el Sector de la Moda en nuestra sociedad.

Undécimo. Plazo de presentación de candidaturas.

El plazo de presentación de candidaturas será de 45 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Duodécimo. Formalización y presentación de candidaturas.

Las candidaturas se presentarán en la forma dispuesta en el apartado Tercero de esta orden. De este modo:

1. La propuesta de las candidaturas a cualquiera de las cinco modalidades de los premios deberán incluir, necesariamente, un informe de alguna de las entidades a que se hace referencia en el apartado tercero.1 de esta orden.

2. La presentación de la candidatura deberá incluir, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el anexo I, y tal y como se especifica en el anexo II, los datos correspondientes a la entidad que propone a la persona física o jurídica candidatas y los del firmante; los datos identificativos de la persona física o jurídica candidata, la modalidad del premio a la que se presentan y una breve descripción de los méritos que en ellas concurren para optar al mismo (anexo III). Además, si se trata de una persona jurídica se debe facilitar los datos correspondientes a la sede social de la empresa cuya candidatura se propone, persona de contacto, teléfono y fax.

La memoria se podrá acompañar de informaciones aparecidas en medios de comunicación, fotografías, vídeos o DVDs, material gráfico, material promocional, direcciones web, etc., que permita valorar adecuadamente la candidatura.

El mismo candidato puede ser propuesto en varias modalidades de los premios, siendo necesario enviar una propuesta de candidatura distinta y completa, documentación incluida, para cada modalidad.

Todos los anexos de esta orden estarán disponibles en www.minetur.gob.es y www.ipyme.org.

3. No podrá optar a premio ninguna persona física o jurídica en las que concurra cualquiera de las circunstancias expresadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. Los originales firmados de los anexos II y III, y demás documentación en papel deberán ir dirigidos a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, paseo de la Castellana, número 160, 28046 Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. También se podrán presentar en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.

Decimotercero. Evaluación y selección de candidaturas.

Sobre las propuestas de candidatura presentadas que cumplan los requisitos administrativos de esta orden, el Comité de valoración técnica de los premios hará una primera preselección, eligiendo aquellas empresas que pasarán a optar a los premios en calidad de nominadas.

La selección se realizará con base en los méritos señalados en la propuesta de candidatura, pudiéndose recabar información adicional si se considera necesario.

Decimocuarto. Composición del Comité de valoración técnica.

El Comité de valoración técnica estará compuesto por expertos de los ámbitos de la administración, académico y profesional relacionados con el sector de la moda. Serán designados por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, a propuesta de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Decimoquinto. Composición del Jurado.

1. Existirá un único jurado para todos los premios cuyos miembros, entre los que se encontrarán un presidente y un secretario, serán designados por la Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa entre personas de reconocido prestigio, a propuesta de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

2. El secretario del jurado levantará acta de las reuniones y tendrá voz pero no voto. En todo caso, el régimen jurídico del jurado se ajustará a las normas y contenidos del capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El jurado elegirá por votación las personas físicas o jurídicas galardonadas para cada Premio, entre las nominadas por el Comité de valoración técnica. En caso de empate decidirá el voto del presidente.

4. El jurado podrá declarar desiertos los premios si considera que las candidaturas presentadas no reúnen los méritos suficientes.

5. El fallo del jurado será secreto, comprometiéndose sus miembros a no revelar información alguna sobre los ganadores hasta el acto de entrega de los premios.

CAPÍTULO III
Disposiciones finales
Decimosexto. Ejecución y aplicación.

Se faculta al titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la ejecución y aplicación de las previsiones de esta orden.

Decimoséptimo. Autorización para efectuar las futuras convocatorias.

Se autoriza al titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa para efectuar las futuras convocatorias de los premios a que se refiere esta orden.

Decimoctavo. Eficacia.

Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de noviembre de 2013.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria López.

ANEXO I
Premio Nacional a la PYME de la Industria del Sector de la Moda

Para poder optar a este Premio, se deberá adjuntar una Memoria que permita acreditar el modelo de organización empresarial de la candidata a este premio, su adaptación a los nuevos modelos empresariales y su adecuación a los consumidores y a los usuarios finales.

Se tendrán en cuenta criterios que valoren el liderazgo; la planificación estratégica de la empresa; los recursos, los procesos, la satisfacción del cliente, los resultados económicos, la creación de empleo y su impacto social; el desarrollo y la utilización de herramientas de innovación y de procesos productivos innovadores en la empresa y su papel en el incremento de la competitividad de la industria española de la moda; la presencia en el exterior, la capacidad exportadora, la apertura a nuevos mercados o la consolidación de su posición en el mercado internacional de la moda; o la implantación de redes de distribución y comercialización y que ello haya supuesto un desarrollado y una promoción activa de sus productos y marcas.

Para ello, la Memoria deberá recoger los datos económicos-financieros de los últimos cinco años y su trayectoria con los principales hitos y premios/galardones recibidos; o que permita acreditar la cuantificación económica y valoración de las inversiones realizadas en materias de innovación, distribución e internacionalización por los candidatos a este premio.

Para la pequeñas y medianas empresas, se tendrá en cuenta la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 («DOUE» n.º L 124, de 20.5.03) sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

Además, las empresas deberán tener mayoría de capital español y privado; deberán actuar en España o, al menos, han de tener establecida su sede social en España.

Por último, deberá aportarse certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Premio Nacional a la Gran Empresa de la Industria del Sector de la Moda

Se deberá adjuntar una Memoria que permita acreditar el modelo de organización empresarial de la candidata a este premio, su adaptación a los nuevos modelos empresariales y su adecuación a los consumidores y a los usuarios finales.

Se tendrán en cuenta criterios que valoren el liderazgo; la planificación estratégica de la empresa; los recursos, los procesos, la satisfacción del cliente, los resultados económicos, la creación de empleo y su impacto social; el desarrollo y la utilización de herramientas de innovación y de procesos productivos innovadores en la empresa y su papel en el incremento de la competitividad de la industria española de la moda; la presencia en el exterior, la capacidad exportadora, la apertura a nuevos mercados o la consolidación de su posición en el mercado internacional de la moda; o la implantación de redes de distribución y comercialización y que ello haya supuesto un desarrollado y una promoción activa de sus productos y marcas.

Para ello, la Memoria deberá recoger los datos económicos-financieros de los últimos cinco años y su trayectoria con los principales hitos y premios/galardones recibidos; o que permita acreditar la cuantificación económica y valoración de las inversiones realizadas en materias de innovación, distribución e internacionalización por los candidatos a este premio.

Además, las empresas deberán tener mayoría de capital español y privado; deberán actuar en España o, al menos, han de tener establecida su sede social en España.

Por último, deberá aportarse certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Premio Nacional al Emprendimiento en la Industria del Sector de la Moda

Para poder optar a esta categoría, se deberá adjuntar una Memoria que permita acreditar el modelo de organización empresarial de la candidata a este premio, su adaptación a los nuevos modelos empresariales y su adecuación a los consumidores y a los usuarios finales.

Se tendrán en cuenta criterios que valoren el liderazgo; la planificación estratégica de la empresa; los recursos, los procesos, la satisfacción del cliente, los resultados económicos, la creación de empleo y su impacto social; el desarrollo y la utilización de herramientas de innovación y de procesos productivos innovadores en la empresa y su papel en el incremento de la competitividad de la industria española de la moda; la presencia en el exterior, la capacidad exportadora, la apertura a nuevos mercados o la consolidación de su posición en el mercado internacional de la moda; o la implantación de redes de distribución y comercialización y que ello haya supuesto un desarrollado y una promoción activa de sus productos y marcas.

Para ello, la Memoria deberá recoger los datos económicos-financieros de los últimos tres años y su trayectoria con los principales hitos y premios/galardones recibidos; o que permita acreditar la cuantificación económica y valoración de las inversiones realizadas en materias de innovación, distribución e internacionalización por los candidatos a este premio.

Se entenderá por emprendedor o empresa emprendedora a aquellas personas o empresas cuya actividad económica en el sector de la moda tenga un recorrido formal inferior a cinco años.

Además, los emprendedores o la empresa emprendedora deberán tener mayoría de capital español y privado; deberán actuar en España o, al menos, han de tener establecida su sede social en España.

Por último, deberá aportarse certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Premio Nacional al Diseñador de Moda

Para el apartado de Premio Nacional a la Trayectoria, se deberá presentar una Memoria que permita cuantificar la trayectoria profesional del candidato y en concrete que refleje su amplia trayectoria profesional como creador superior a 20 años y su aportación destacada a la industria de la moda y al fomento de la mentalidad innovadora y competitiva como aspectos fundamentales para el desarrollo del sistema empresarial del sector, contribuyendo también a la mejora de la calidad del mismo.

Además, los candidatos deberán tener nacionalidad española, con residencia en España o en cualquier lugar del mundo o ser de otra nacionalidad, pero en este caso tener sede social en España; y contar con marca propia y/o ser diseñador de otra marca.

Igualmente, deberá aportarse certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Para el apartado de Premio Nacional a Nuevo Valor, se deberá presentar una Memoria que permita cuantificar la trayectoria profesional de los candidatos, con una antigüedad máxima de cinco años.

Deberán tener nacionalidad española, con residencia en España o en cualquier lugar del mundo o ser de otra nacionalidad, pero en este caso tener la sede social en España; y contar con marca propia y/o ser diseñador en otra marca.

Además, deberá aportarse certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Premio Nacional a los Profesionales, de la Academia y de la Cultura que destaquen por su labor de puesta en valor de la Moda Española

Se deberá presentar una Memoria que permita acreditar que la labor nacional e internacional de los candidatos en la puesta en valor del sector de la moda española.

Los candidatos podrán ser profesionales de comunicación social, periodistas, expertos, centros académicos, institutos tecnológicos y profesionales o instituciones culturales, en general, vinculados con el mundo de la moda.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid