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Documento BOE-A-2013-11203

Resolución de 14 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publican las cuentas anuales del Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, del ejercicio 2012 y el informe de auditoría.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 2013, páginas 86861 a 86888 (28 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-11203

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el punto 7 de la Resolución de 12 de septiembre de 2013, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se hace pública la información contenida en las cuentas anuales del ejercicio 2012 correspondientes al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, así como el informe de auditoría de dichas cuentas anuales, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de octubre de 2013.–El Secretario de Estado de Comercio, Jaime García-Legaz Ponce.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

1. Organización y Actividad.

La disposición adicional trigésima de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, crea el Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, adscrito a la Secretaría General de Turismo y Comercio Interior (antigua Secretaría de Estado de Comercio), gestionado por la mencionada Secretaría General y cuya administración financiera será llevada a cabo por el Instituto de Crédito Oficial.

El Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre («BOE» de 8/12/2009), por el que se desarrolla la antes citada disposición adicional trigésima de la Ley 2/2008, establece que, entre el antiguo Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto de Crédito Oficial, se formalizará un Convenio de Colaboración, en el que se recogerán las condiciones de la cesión, para su administración financiera por el ICO, del Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior para la modernización, mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior, así como la remuneración al ICO por dicha administración. Actualmente, el Fondo se encuentra integrado en la Secretaría de Estado de Comercio, estando encargado su control contable y presupuestario a la Dirección General de Comercio Interior.

La administración financiera del Fondo corresponde al Instituto de Crédito Oficial (ICO) mediante Convenio suscrito con fecha 14 de septiembre de 2010 entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y esta entidad.

2. Bases de presentación de las cuentas.

Las cuentas anuales formuladas reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y del resultado económico-patrimonial, así como de la liquidación del presupuesto del fondo. Se han aplicado los principios y criterios contables formulados en el vigente Plan General de Contabilidad Pública, y se ha facilitado la información complementaria necesaria para alcanzar el objetivo de imagen fiel.

3. Normas de reconocimiento y valoración.

El activo está exclusivamente constituido por las aportaciones dinerarias realizadas al Fondo, por lo que no está afectado por la aplicación de criterios contables de valoración. Los ingresos recibidos durante el ejercicio se han contabilizado en la cuenta 777 (otros ingresos de gestión ordinaria), siguiendo la indicación a pie de página que figura en la cuenta del resultado económico-patrimonial, por ser la actividad exclusiva del Fondo de naturaleza financiera. Asimismo, en la información relativa el ejercicio 2011, se ha traspasado la cantidad que figuraba bajo el concepto de «transferencias y subvenciones concedidas» a «otros gastos de gestión ordinaria», por el mismo motivo, ya que en su momento no se reflejó así por error.

4. Activos financieros.

En este punto no hay información relevante que aportar, al estar el activo conceptuado en su totalidad como efectivo y activos líquidos equivalentes.

5. Pasivos financieros.

El Fondo carece de financiación de esta naturaleza.

6. Coberturas contables.

No se cuenta con instrumentos de cobertura de riesgos.

7. Moneda extranjera.

No hay elementos en el balance denominados en moneda extranjera.

8. Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos.

En base a la normativa de creación del Fondo y a los convenios llevados a cabo con el ICO, en 2011 se realizaron las siguientes transferencias vinculadas a proyectos de inversión de distinta naturaleza:

Operaciones formalizadas

Entidad

Cliente

CIF

Importe préstamo

Fecha disposición

Banco Sabadell

Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

P 2814800 E

640.000,00

09/12/2011

Santander

Mercazaragoza.

A 50017250

640.000,00

22/12/2011

Durante el ejercicio 2012, el Fondo ha ingresado las siguientes cantidades:

Entidad-Cliente

Amortización

Euros

Intereses

Euros

Total

Euros

Fecha

Banco Sabadel - Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz

64.000,00

64.000,00

12.184,11

7.835,33

76.181,11

71.835,33

25/JUN/2012

25/DIC/2012

Santander - Mercazaragoza

45.714,29

45.714,29

12.231,36

8.839,31

57.945,65

54.553,60

25/JUN/2012

25/DIC/2012

Totales

219.428,58

41.090,11

260.518,69

 

9. Provisiones y contingencias.

No existen provisiones dotadas en el balance.

10. Información presupuestaria.

I. Liquidación del Presupuesto de explotación.–El Fondo ha recibido durante el ejercicio 2012 unos ingresos totales de 260.518,69 euros en concepto de devolución parcial de las cantidades transferidas a entidades colaboradoras para financiación de proyectos durante el ejercicio 2011. Esto no se reflejó en el Presupuesto de explotación por no disponer de esta información en el momento de la elaboración del mismo.

II. Liquidación del Presupuesto de capital.–El Presupuesto de capital refleja un patrimonio inicial de 29.700.000 euros (15.000.000 euros aportados en el 2009 y 14.700.000 euros en el 2010 –estos últimos reflejados en Balance bajo el epígrafe de «Otras cuentas a cobrar», por no haberse ingresado todavía en la cuenta que bajo titularidad del antiguo Ministerio de Industria, Turismo y Comercio contiene el efectivo del Fondo–). Desde entonces no se han realizado nuevas aportaciones patrimoniales al mismo. Actualmente, tras las entradas y salidas dinerarias llevadas a cabo durante los ejercicios 2011 y 2012, el Fondo cuenta con un Patrimonio neto de 28.680.518,69 euros, de los que 13.980.518,69 euros corresponden a efectivo y activos líquidos.

11. Hechos posteriores al cierre.

No se ha realizado ningún ajuste motivado por hechos posteriores al cierre del ejercicio.

INFORME DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES

Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior

Ejercicio 2012

Intervención delegada

I. Introducción.

La Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Intervención Delegada en el Ministerio de Economía y Competitividad, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 168 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, ha realizado el presente informe de auditoría de cuentas.

El Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior se rige por las normas contenidas en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 2/2008, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, y por el Real Decreto 1786/2009. El Fondo carece de personalidad jurídica según lo dispuesto en el artículo 2.2 de Ley 47/2003, General Presupuestaria, y le será de aplicación lo dispuesto en dicha Ley en cuanto a su régimen presupuestario, económico financiero, contable y de control.

El Fondo está adscrito a, y gestionado por, la Secretaría de Estado de Comercio, con la administración financiera a cargo del ICO (Instituto de Crédito Oficial), y su financiación se cuantificará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Las cuentas anuales a las que se refiere el presente informe han sido formuladas por el Secretario de Estado de Comercio el día 27 de marzo de 2013 y puestas a disposición de esta Intervención Delegada el mismo día, en soporte papel.

Nuestro trabajo se ha realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría del Sector Público.

II. Objetivos y alcance del trabajo.

El objetivo de nuestro trabajo es comprobar si las cuentas anuales examinadas representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad, de acuerdo con las normas y principios contables y presupuestarios que son de aplicación y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada. Asimismo, nuestro trabajo ha comprendido la verificación de que la entidad ha cumplido con las reglas o normas presupuestarias contenidas en la Ley General Presupuestaria o en su normativa presupuestaria específica.

Nuestro examen comprende el Balance de situación a 31 de diciembre de 2012, la Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo, la Liquidación de los Presupuestos de explotación y capital y la Memoria del ejercicio anual terminado en dicha fecha.

Nuestra opinión se refiere exclusivamente al ejercicio 2012. Con fecha 16 de agosto de 2012, la Intervención Delegada en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo emitió informe de auditoría de las cuentas anuales de 2011, en el que expresó una opinión favorable.

En el desarrollo de nuestro trabajo no ha existido ninguna limitación en la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría.

III. Opinión sobre las cuentas anuales.

En nuestra opinión, las cuentas anuales del Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior correspondientes al ejercicio 2012, representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada, de conformidad con las normas y principios contables y presupuestarios que le son de aplicación. Asimismo, en nuestra opinión, se han cumplido razonablemente las reglas y normas presupuestarias contenidas en la Ley General Presupuestaria o en su normativa presupuestaria específica.

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