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Documento BOE-A-2013-10600

Orden SSI/1838/2013, de 8 de agosto, por la que se clasifica la Fundación San Francisco de Paula y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2013, páginas 83254 a 83255 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-10600

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación San Francisco de Paula resultan los siguientes

Hechos

Primero.

En el Protectorado y Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se ha recibido en fecha 31 de mayo de 2013 documentación obrante en el Protectorado y Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, para tramitar el protectorado al que queda adscrita la Fundación San Francisco de Paula, como consecuencia de la ampliación de su ámbito territorial de actuación tras la fusión por absorción de las Fundaciones Marcelina del Valle y Memoria Bonilla.

Segundo.

Las circunstancias registrales de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación San Francisco de Paula.

Fines: La fundación tiene por objeto el sostenimiento de las residencias de ancianos de las que es titular la fundación, atendidas por las Hijas de la Caridad de San Vicente Paúl, donde se da acogida, sustento material y espiritual a aquellos ancianos que carezcan de medios económicos necesarios.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radica en Madrid, calle de José Abascal, número 30 y desarrollará sus actividades en todo el territorio español.

Fundador: Doña María de los Dolores Romero y Arano.

Dotación: El importe de la dotación fundacional asciende a diez millones trescientos cuarenta y nueve mil ciento noventa y tres euros con treinta y ocho céntimos.

Escritura pública de constitución: Por escritura otorgada el 1 de marzo de 1926, doña María de los Dolores Romero y Arano, ante el notario de Madrid, don Luis Gallinal y Pedregal y bajo el número 281 de su protocolo, recopiló y modificó los Estatutos de la fundación que la propia otorgante había instituido por escritura pública de 22 de febrero de 1912 y modificados por otras de 26 de junio de 1915 y 8 de julio de 1920.

Escritura pública de modificación de estatutos: Otorgada ante el notario de Madrid, don José Manuel Senante Romero, el 4 de octubre de 2012 con el número 2.686 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña María del Carmen Zaballos Losada, Visitadora Provincial de la Provincia de San Vicente Paul de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Vicepresidenta: Doña María Jesús Álvarez Gonzalo, Ecónoma Provincial de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Secretaria: Doña Trinidad Sánchez Gilpérez, Consejera Provincial encargada del carmpo de la tercer edad Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Vocal: Doña María Coral Mazariegos Alonso, Superiora de la Comunidad de las Hijas de la Caridad de San Vicente Paúl en el centro asistencial de la fundación.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Subdirección General de Normativa es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación el artículo 34.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación San Francisco de Paula cuyos fines de interés general son asistenciales, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-0363.

Tercero.

Incorporar el expediente completo del Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 8 de agosto de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Subdirector General de Normativa, Guillermo Olagüe Sánchez.

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