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Documento BOE-A-2013-10278

Resolución de 18 de septiembre de 2013, de la Dirección General de la Policía, por la que, en ejecución de sentencia, se nombra Policía Alumno a don Mario Molina Asunción, en relación con el proceso selectivo convocado por Resolución de 5 de mayo de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2013, páginas 81017 a 81018 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2013-10278

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Segunda, en el recurso contencioso administrativo núm. 777/09, interpuesto por don Mario Molina Asunción, participante en el proceso selectivo convocado para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación, aspirantes a ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía (convocatoria de 5 de mayo de 2008; «BOE» número 122, del 20), ha dictado sentencia, con fecha 2 de julio de 2013, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos:

I. Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Mario Molina Asunción, contra la Resolución de 28 de octubre de 2009, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, que confirma en alzada el Acuerdo de 27 de junio de 2009 del Tribunal Calificador de la convocatoria de 5 de mayo de 2008 del proceso selectivo de acceso a la Escala Básica del CNP, por los que se le declara no apto.

II. Se anulan, por ser contrarios a derecho, los actos administrativos a que se refiere el presente recurso.

III. Se reconoce, como situación jurídica individualizada del recurrente, su derecho a que se le tenga por superada la prueba de aptitud física establecida en la oposición-libre, con los efectos que se indican en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, condenando a la Administración a estar y pasar por tal pronunciamiento.

IV. No procede hacer imposición de costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, acuerda:

Primero.

Ejecutar la sentencia en sus propios términos.

Segundo.

Nombrar Policía alumno de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, sito en la avenida Juan Carlos I, número 46 (Ávila), a don Mario Molina Asunción, con DNI número 20.843.540, que obtuvo 12,972 puntos en la fase de oposición, el cual deberá incorporarse a dicha Escuela para realizar el preceptivo curso de formación, a la mayor brevedad posible. En la fecha de incorporación surtirá efecto el presente nombramiento.

La no incorporación, sin causa justificada, a la Escuela Nacional de Policía para la realización del preceptivo curso de formación, en la fecha indicada, llevará aparejada la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la superación de la fase de oposición.

Los mismos efectos surtirá la no incorporación a dicha Escuela en los casos en los que se desestimen las solicitudes de aplazamiento del curso de formación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes en los términos establecidos por el artículo 116 y concordantes de aquella Ley; o contencioso-administrativo, a su elección, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga su domicilio o bien del de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 18 de septiembre de 2013.–El Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez.

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