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Documento BOE-A-2012-9858

Orden SSI/1621/2012, de 12 de julio, por la que se clasifica la Fundación Gozalbo-Marqués y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2012, páginas 52817 a 52818 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-9858

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Gozalbo-Marqués resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Gozalbo-Marqués.

Fines: La fundación persigue los fines que a continuación se señalan:

– La asistencia o inclusión social, dirigido principalmente a los colectivos siguientes: infancia, personas discapacitadas y tercera edad.

– La promoción de la acción social.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Coslada, n.º 6, escalera A, piso 6.º derecha, C.P. 28028, de Madrid, y el ámbito de actuación será en todo el territorio del Estado.

Fundadora: Doña María Teresa Marqués Jordá.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por la fundadora.

Desembolso inicial: 20.000 euros.

Desembolso pendiente: 10.000 euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Madrid, don Pedro Elizalde Aymerich, el día 27 de marzo de 2012, con el número 625 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, ratificada por otra escritura otorgada ante el mismo notario, el día 29 de marzo de 2.012, con el número 655 de orden de su protocolo.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña María Teresa Marqués Jordá.

Vicepresidenta: Doña María Yolanda Puelles Redondo.

Secretaria: Doña María Rosario Brito López.

Vocales: Don Luis Falomir Gozalbo, don José Luis Gutiérrez Arnau, don Javier Rodríguez Martínez, don José Manuel Molla Alborch y don José Luis Martínez Climent.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Gozalbo-Marqués cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1684.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 12 de julio de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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