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Documento BOE-A-2012-9749

Resolución de 6 de junio de 2012, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se concede el premio de teatro "Tirso de Molina" en su XXXVIII edición.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2012, páginas 52360 a 52360 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-9749

TEXTO ORIGINAL

La Orden AEC/2061/2006, de 9 de junio, establece las bases reguladoras del premio de «Tirso de Molina» de teatro («BOE» número 154, de 29 de junio).

Por Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), de 11 de noviembre de 2011, se convocó la XXXVIII edición del premio de teatro «Tirso de Molina» («BOE» número 297, de 10 de diciembre), y por Resolución de 14 de febrero de 2012, de la Presidencia de la AECID, se nombró el Jurado que decidiría la obra ganadora («BOE» número 53, de 9 de marzo).

En su sesión de 22 de mayo de 2012, el mencionado Jurado propuso premiar la obra titulada «Vocabulario» presentada bajo el seudónimo «Werner».

«Vocabulario» fue seleccionada por su construcción dramática, originalidad, calidad poética y reflexión sobre la realidad multicultural actual.

Abierta la plica, el ganador resultó ser Francisco Ramón Romeu Sánchez, de nacionalidad española.

A la vista de dicha propuesta, esta Presidencia, en uso de sus facultades atribuidas por la normativa vigente, resuelve:

Primero.

Conceder el premio teatral «Tirso de Molina» en su XXXVIII edición a la obra «Vocabulario».

Segundo.

Proceder al abono del premio, que asciende a 18.000 euros, al galardonado.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la AECID, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 6 de junio de 2012.–El Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Juan López-Dóriga Pérez.

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