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Documento BOE-A-2012-9274

Decreto 69/2012, de 27 de abril, por el que se declara el Palacio de Carvajal en el término municipal de Cáceres como bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2012, páginas 49780 a 49783 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2012-9274

TEXTO ORIGINAL

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa citada, se dictó Resolución de 8 de marzo de 2011, publicada en el «DOE» de fecha 28 de marzo de 2011, de la Excma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para el Palacio de Carvajal en el término municipal de Cáceres, con la categoría de Monumento.

La incoación del expediente fue notificada al titular afectado, al Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º 28171. Además se ha contestado en tiempo y forma la única alegación presentada.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el art. 4.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellas, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. Y también de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cáceres.

El Palacio de Carvajal y edificaciones anejas, pertenecientes a la Diputación de Cáceres, se encuentran situados en el Centro Histórico de Cáceres. Levantado entre la segunda mitad del S. XV y principios del XVI, fue mandado construir por D. Pedro de Carvajal. No obstante, conserva restos más antiguos. Son elementos de particular interés histórico-artístico la fachada principal; la llamada «Torre redonda»; el patio porticado, y la capilla, entre otros. Además posee un rico contenido en obras de arte.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autonomía de Extremadura y con el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 27 de abril de 2012,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento el Palacio de Carvajal en el término municipal de Cáceres, según la descripción y ubicación que se recogen en el Anexo de este Decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el presente Decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, al propietario y al resto de posibles interesados.

Artículo 3. Inscripción en los Registros.

Inscribir en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Extremadura y notificar al Ministerio de Cultura esta declaración para su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».

Mérida, 27 de abril de 2012.–El Presidente de la Junta de Extremadura, José Antonio Monago Terraza.–La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.

ANEXO

Descripción del bien

El Palacio de Carvajal y edificaciones anexas se encuentran situados en el centro histórico de Cáceres. El inmueble se localiza entre las calles Amargura, Tiendas y De la Gloria, junto a la Concatedral de Santa María.

Levantado entre la segunda mitad del S. XV y principios del XVI, fue mandado construir por D. Pedro de Carvajal, casado con María de Mayorazgo, pasando tiempo después a los Condes de Torres Arias. Al casar éstos a la primogénita de Cecilia Carvajal con García Golfín Portocarrero, pasó a engrosar el patrimonio de los Golfines.

El linaje de los Carvajal llegó a la ciudad de Cáceres en el S. XV procedente de Plasencia, construyendo su palacio junto a la iglesia parroquial de Santa María.

Vendido más tarde a Fernando Muñoz y Fernández de Soria, a finales del S. XIX el palacio sufrió un importante incendio que lo mantuvo por mucho tiempo en estado de ruina e hizo que popularmente se conociera con el nombre de «Casa quemada», hasta que, en 1960, una descendiente del linaje de los Carvajal procedió a su reconstrucción.

La Diputación Provincial de Cáceres, que lo adquirió en 1985, no tuvo más que proceder a leves reformas para adaptarlo al uso al que lo iba a destinar.

Estilísticamente es un edifico gótico y renacentista, levantado entre la segunda mitad del S. XV y principios del S. XVI. El complejo arquitectónico cuenta con dos partes bien diferenciadas que se encuentran unidas formando un conjunto perfectamente definido para pertenecer a una misma propiedad.

Su fachada principal es sencilla y majestuosa, realizada en sillería granítica, donde destaca la gran portada, formada por un arco de medio punto con el escudo de Carvajal sobre ella. La rematan, de un lado, un bello balcón de esquina de arco apuntado, característico de algunos palacios trujillanos y cacereños, y del otro, la llamada «Torre redonda», de mampostería, con pequeños vanos, que algunos expertos consideran almohade, de finales del S. XII.

La fachada lateral de la calle Tiendas es de la misma sobriedad, pero esta vez fabricada en mampostería: en la planta baja se observan ventanas con rejas, y en la alta, balcones adintelados con balaustradas de hierro.

La torre citada, aneja al palacio, es de planta circular, habiéndose especulado sobre su utilización por parte de la Orden de los Fratres de Cáceres. De hecho dicho elemento es el primero construido del Palacio. Con posterioridad la familia construyó en el S. XIV una nueva torre sobre otra preexistente y al lado levantó su palacio a finales del S. XV. Los elementos militares de la torre son ya casi imperceptibles, encontrándose desmochada, y presentando ventanales con arco de herradura.

El interior del palacio tiene un amplio vestíbulo con bóvedas de arista, que da acceso al patio. En el vestíbulo se localiza una escultura gótica que representa a San Jorge y el dragón de gran interés. El patio responde al modelo del Renacimiento, porticado en sus cuatro crujías, y sirviendo de elemento articulador de las estancias a su alrededor. El mismo está conformado por seis columnas tardogóticas de basas molduradas, de fustes lisos con capiteles poligonales que sostienen arcos escarzanos.

En un flanco del patio, tras una puerta de arco conopial, se encuentra la «Oficina de Información Turística del Patronato para la Promoción del Turismo y de la Artesanía» de la Diputación de Cáceres. Desde otra puerta se accede al jardín donde se conserva una higuera muy antigua.

En la planta baja del palacio se encuentra también el «Centro de Interpretación de la Provincia de Cáceres». Y ubicada en el piso inferior de la torre se sitúa la capilla. Se trata de una pequeña estancia de planta circular, con ventana abocinada y cubierta con bóveda hemiesférica. Sus muros están ornamentados con pinturas realizadas al fresco, del S. XVI y estilo manierista, obra del pintor Juan Bautista Pachi. Escenas de la Anunciación; la Visitación de la Virgen a Santa Isabel; el Nacimiento, y Jesús entre los doctores, se suceden de forma ordenada entre representaciones de elementos arquitectónicos, junto con otras figuras vegetales y humanas.

Del patio arranca la escalera de cantería que conduce al segundo piso del palacio. Las construye doña Dolores de Carvajal y don Álvaro de Cavestany, inspirándose en las escaleras trujillanas.

La biblioteca, estancia que conserva un magnífico artesonado y valiosa por sus manuscritos originales, tiene chimenea de cantería, y posee como elementos muebles de interés cuadros de los pintores extremeños Juan Caldera y Eugenio Hermoso. Son destacables también una tabla flamenca del S. XV., cuadros anónimos del S. XVII y grabados del S. XIX. Otras habitaciones guardan vajillas de Limoges, candelabros isabelinos, y muebles del S. XIX.

Delimitación del entorno de protección y limitaciones de uso

El «Plan Especial de Protección y Revitalización del Patrimonio Arquitectónico de la Ciudad de Cáceres» data de marzo de 1990. Abarca la zona intramuros y los barrios de su entorno, y se extiende a lo largo de 70 hectáreas de la ciudad y afecta a más de 1.800 inmuebles. Esta delimitación recoge la parcela catastral 6428508QD2762G0001LG, que constituye el bien objeto de protección, que al incluirse en el citado Plan Especial refuerza la protección del mismo.

Los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

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