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Documento BOE-A-2012-8465

Resolución de 12 de junio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara el mes de agosto inhábil, a efectos del cómputo del plazo para la resolución del concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2012, páginas 44895 a 44895 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2012-8465

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 23 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo («BOE» de 9 de abril).

En la convocatoria arriba indicada, se expresa que la misma se resolverá dentro de los cuatro meses siguientes al día que finalice el plazo de presentación de instancias.

Dado el volumen de solicitudes recibidas y el período vacacional en el que nos encontramos, que puede retrasar las alegaciones que se pudieran efectuar una vez publicada la adjudicación provisional, se resuelve:

Declarar el mes de agosto como inhábil, a efectos del cómputo del plazo para la resolución del concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que lo dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 12 de junio de 2012.–El Secretario de Estado de Seguridad, P. D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias y Presidente del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, Ángel Yuste Castillejo.

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