Visto el expediente de indulto de don Manuel Pozuelo Ruano, condenado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Montoro, en sentencia de 2 de diciembre de 2009, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de ocho meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de junio de 2012,
Vengo en conmutar a don Manuel Pozuelo Ruano la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de ocho meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de junio de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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