Visto el expediente de indulto de doña María Dolores Pérez Torrado, condenada por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección sexta, con sede en Santiago de Compostela, en sentencia de 20 de abril de 2010, como autora de un delito contra la salud pública por tráfico de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 3.514 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 2012,
Vengo en conmutar a doña María Dolores Pérez Torrado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de mayo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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