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Documento BOE-A-2012-7984

Resolución de 31 de mayo de 2012, de Parques Nacionales, por la que se publica el Acuerdo de segunda modificación del Convenio específico de colaboración con la Junta de Extremadura, para el desarrollo de actuaciones en el Parque Nacional de Monfragüe.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 2012, páginas 43238 a 43240 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-7984

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo de segunda modificación del Convenio específico de colaboración entre en Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Junta de Extremadura, para el desarrollo de actuaciones en el Parque Nacional de Monfragüe, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 31 de mayo de 2012.–El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Miguel Arias Cañete.

ANEXO
Acuerdo de segunda modificación del Convenio específico de colaboración entre en Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Junta de Extremadura, para el desarrollo de actuaciones en el Parque Nacional de Monfragüe

En Mérida, a 22 de mayo de 2012.

REUNIDOS

De una parte, don Miguel Arias Cañete, Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por el Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno, en su calidad de Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, de acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y con domicilio a efectos de este convenio en la calle José Abascal 41, 28003 Madrid.

Y de otra, don José Antonio Echávarri Lomo, Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 20/2011, de 8 de julio, por el que se dispone su nombramiento, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por Resolución de 29 de julio de 2011, del Presidente de la Junta de Extremadura, por la que se delega en el titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con la Administración General de Estado, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, y debidamente autorizado por acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión del día 18 de mayo de 2012.

Las partes se reconocen, en la calidad en que cada uno interviene, capacidad y legitimación suficientes para la celebración de la presente modificación de Convenio y a tal efecto,

EXPONEN

Que con el fin de dar cumplimiento a la cláusula quinta del Protocolo general de colaboración entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Junta de Extremadura suscrito entre ambas instituciones el 25 de Noviembre de 2009, se firmó en fecha 17 de diciembre de 2009 el Convenio Específico de Colaboración entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Junta de Extremadura para el desarrollo de actuaciones en el Parque Nacional de Monfragüe.

Que en fecha 1 de junio de 2011 se firmó la modificación del convenio con el fin de dar la cláusula tercera una redacción más flexible que permitiera el paso de cuantías presupuestarias de una anualidad a otra, facilitando así la adecuación de las inversiones al ritmo real de la ejecución de las actuaciones.

Que el retraso en la aprobación y firma de la modificación del Convenio ha impedido tramitar a principio de 2011 las actuaciones previstas para esa anualidad y el paso de cuantías no invertidas en 2010 a 2011, lo que va a implicar una acumulación de retrasos en la ejecución global del Convenio y una importante acumulación de inversión a ejecutar en muy corto espacio de tiempo. Por otro lado, cuando se ha dispuesto del proyecto de ejecución de las obras de construcción y dotación de equipamientos de interpretación del Centro de Visitantes del Parque Nacional de Monfragüe, se comprueba que inevitablemente se va a superar la fecha de 31 de diciembre de 2012, fecha límite del plazo de vigencia del Convenio firmado el 17 diciembre de 2009.

De conformidad con todo ello, siendo voluntad de las partes que el Convenio se cumpla en su integridad en el marco del Protocolo de cooperación suscrito entre Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Junta de Extremadura, ambas instituciones rubrican esta segunda modificación del Convenio suscrito en fecha 17 de diciembre de 2009 conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. La cláusula quinta queda redactada de la siguiente manera.

«Este Convenio específico finalizará su vigencia el 31 de diciembre de 2014, sin perjuicio de la terminación de las actividades que estén en curso.»

Segunda. El anexo I se sustituye por el que figura a continuación.
ANEXO I

Gastos Capítulo VI con cargo al Organismo Autónomo Parques Nacionales

Importe en euros

Aplicación presupuestaria

Distribución por anualidades

2010

2011

2012

2013

2014

1. Acciones sobre los recursos naturales.

961.702,00

1.1 Acciones de restauración ambiental y recuperación ecológica en áreas afectadas por repoblaciones con especies introducidas en fincas patrimoniales del OAPN.

766.546,78

611,00

460.614,99

305.931,79

0,00

0,00

0,00

1.2 Actuaciones de mejora de hábitat para especies presa en fincas patrimoniales del OAPN.

195.155,22

611,00

110.928,58

84.226,64

0,00

0,00

0,00

2. Inversiones en materia de uso público.

7.173.263,62

2.1. Centro de visitantes del Parque Nacional.

7.108.512,34

601,00

76.058,08

400.000,00

2.370.800,00

2.300.000,00

1.961.654,26

2.2. Señalización informativa para uso público.

64.751,28

601,00

0,00

64.751,28

0,00

0,00

0,00

3. Acciones de investigación y seguimiento de los recursos naturales.

700.000,00

3.1 Investigación, estudios y trabajos técnicos en recursos naturales protegidos (especies de flora y fauna, hábitat, elemento geomorfológicos).

500.000,00

640.08

46.328,70

116.904,13

336.767,17

0,00

0,00

3.2 Desarrollo de aplicaciones GIS para seguimiento de recursos naturales.

200.000,00

640.08

82.000,00

118.000,00

0,00

0,00

0,00

4. Inversiones en infraestructuras e instalaciones del P. N. Monfragüe.

3.129.785,66

4.1 Construcción de Helibase.

1.939.615,64

601,00

13.777,40

0,00

1.925.838,24

0,00

0,00

4.2 Correcciones de impacto sobre tendidos eléctricos.

1.190.170,02

611,00

59.621,97

0,00

1.130.548,05

0,00

0,00

5. Inversiones de carácter inmaterial en el ámbito de la organización, imagen y coordinación administrativa.

33.248,72

640.08

0,00

33.248,72

0,00

0,00

0,00

Total

11.998.000,00

 

849.329,72

1.123.062,56

5.763.953,46

2.300.000,00

1.961.654,26

Total 601

89.835,48

464.751,28

4.296.638,24

2.300.000,00

1.961.654,26

Total 611

631.165,54

390.158,43

1.130.548,05

0,00

0,00

Total 640.08

128.328,70

268.152,85

336.767,17

0,00

0,00

Y para que así conste y en prueba de su conformidad con lo expuesto, ambas partes firman el presente documento en triplicado ejemplar en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.–El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Miguel Arias Cañete.–El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri Lomo.

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