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Documento BOE-A-2012-7838

Resolución de 1 de junio de 2012, del Banco de España, por la que se publica el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la misma fecha, en relación a la entidad Banco CAM, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2012, páginas 42545 a 42545 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2012-7838

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión de 1 de junio de 2012, al amparo de las competencias que tiene reconocidas por el artículo 23.1.f) de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, ha adoptado por unanimidad el siguiente acuerdo:

«Disponer el cese de la medida de sustitución provisional del órgano de administración de Banco CAM, S.A. acordada por la Comisión Ejecutiva del Banco de España en su sesión de 22 de julio de 2011. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, dicho cese se hará eficaz una vez que se formalice la escritura de compraventa de las acciones que representan la totalidad del capital social de Banco CAM, S.A. a Banco de Sabadell, S.A.

Del presente acuerdo se dará traslado al Sr. Ministro de Economía y Competitividad, así como al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, entidad designada el 22 de julio de 2011 como administrador provisional de Banco CAM, S.A., para que, a su vez, pueda informar del mismo a don Tomás González Peña y don Benicio Herranz Hermosa, a quienes correspondía el ejercicio de dichas funciones en la entidad.

Este acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», dándose traslado del mismo al Registro Mercantil para su inscripción, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, y en el artículo 326 del Reglamento del Registro Mercantil, respectivamente.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Ministro de Economía y Competitividad, con arreglo a lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, y en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Madrid, 1 de junio de 2012.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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