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Documento BOE-A-2012-6762

Resolución de 27 de abril de 2012, conjunta de las Subsecretarías de Fomento y de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre emisión y puesta en circulación de tres series de sellos de correo denominadas "Pendones de León.-2012", "Catedrales.-2012" y "Cuerpo de Abogados del Estado.-2012".

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 2012, páginas 36938 a 36939 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-6762

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 7.1.g) y 17 del Real Decreto 1637/2011, de 14 de diciembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo, se dicta la presente Resolución sobre emisión y puesta en circulación de tres series de sellos de correo denominadas «Pendones de León.–2012», «Catedrales.–2012» y «Cuerpo de Abogados del Estado.–2012».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero. Estampación.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de tres series de sellos de correo denominadas «Pendones de León.–2012», «Catedrales.–2012» y «Cuerpo de Abogados del Estado.–2012».

Segundo. Características.

«Pendones de León.–2012».

El día 12 de junio de 2012 se emitirá un sello de correo denominado «Pendones de León», ilustrado con algunos de estos estandartes medievales del antiguo reino de León.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 ¼ (horizontal) y 13 ¾ (vertical).

Formato del sello: 57,6 × 40,9 mm. (horizontal).

Efectos en pliego: 25.

Valor postal del sello: 0,85 euros.

Tirada: 300.000 sellos.

«Catedrales.–2012».

El 14 de junio de 2012 se emitirá una hoja bloque con un sello de correo dedicado a la «Catedral de Santiago de Compostela», dentro de la serie denominada Catedrales. Como fondo de la hoja bloque se reproduce una imagen de la fachada oeste del templo, presidiendo la Plaza del Obradoiro. En el sello, la imagen sedente de Santiago Apóstol, situada en el parteluz del Pórtico de la Gloria, de la Catedral compostelana.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Offset.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 ¾.

Formato del sello: 28,8 × 40,9 mm. (vertical).

Formato de la hoja bloque: 79,2 × 105,6 mm (vertical).

Valor postal del sello: 2,90 euros.

Tirada: 280.000 hojas bloque.

«Cuerpo de Abogados del Estado.–2012».

El día 18 de junio de 2012 se emitirá un sello de correo dedicado al «Cuerpo de Abogados del Estado». En el sello se reproduce el Escudo de este Cuerpo Especial de la Administración General del Estado creado por Real Decreto de 10 de marzo de 1881.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Offset.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 ¾.

Formato del sello: 28,8 × 40,9 mm. (vertical).

Efectos en pliego: 50.

Valor postal del sello: 0,85 euros.

Tirada: 300.000 sellos.

Tercero. Puesta en circulación y distribución.

1. La venta y puesta en circulación de estas tres emisiones se iniciará el 12, 14 y 18 de junio de 2012, respectivamente.

2. La distribución a los puntos de venta de las tres emisiones cesará el 31 de diciembre de 2014, no obstante, conservarán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario. Una vez alcanzada dicha fecha, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., podrá interesar de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda la inutilización de los sellos sobrantes de la emisión.

Cuarto. Reservas.

De todos estos efectos la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda reservará a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., un mínimo de 2.500 unidades de cada efecto, para atender los compromisos derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y a otros organismos internacionales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción de la filatelia.

Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto. Material utilizado para la impresión.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal y Telegráfico o cualquier otro museo de interés en la materia. En tal caso se extenderá el acta correspondiente, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Madrid, 27 de abril de 2012.–El Subsecretario de Fomento, Mario Garcés Sanagustín.–La Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

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