Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-6445

Resolución de 1 de mayo de 2012, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2012, páginas 35702 a 35702 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2012-6445

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de la disposición adicional segunda de la Ley 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, que prevé:

«A los efectos del acceso de estos profesores al Cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, los profesores titulares de escuela universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores Titulares de Escuela Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.»

Solicitada por los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria que se relacionan a continuación, la integración en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad y, en uso de las facultades que confiere el artículo 84 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria al Rector, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 de marzo, de la Presidencia del Gobierno de Canarias («BOC» de 24 de marzo) ha resuelto integrarlos en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, con efectos de 1 de mayo de 2012:

Don Mariano Chirivella Caballero, DNI: 42740718-W.

Don José Enrique Hernández Rodríguez, DNI: 42821369-S.

Don Agustín Rafael Trujillo Pino, DNI: 42843425-Z.

Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la LOU, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la presente publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de las Palmas. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de mayo de 2012.–El Rector, José Regidor García.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid