Visto el expediente de indulto de don Vicente Francisco Verdugo Ballester, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección cuarta, en sentencia de 8 de marzo de 2010, como autor de un delito de lesiones, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,
Vengo en conmutar a don Vicente Francisco Verdugo Ballester la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de abril de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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