Visto el expediente de indulto de don Marco Enrique Quiñones Viveros, condenado por la Audiencia Provincial de Girona, sección tercera, en sentencia de 1 de julio de 2008, revisada por Auto de la misma Audiencia de 23 de diciembre de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y un día de prisión y multa de 73.351,84 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,
Vengo en indultar a don Marco Enrique Quiñones Viveros un año y seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de abril de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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