Visto el expediente de indulto de doña Orquídea Tejada Villalona, condenada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo, en sentencia de 16 de abril de 2009, como autora de un delito de resistencia, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, acordándose su sustitución por la expulsión de territorio español; y una falta de lesiones, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de ocho euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a doña Orquídea Tejada Villalona la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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