Visto el expediente de indulto de don Juan Luis Martínez Garrido, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm, en sentencia de 22 de septiembre de 2005, como autor de un delito de hurto, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don Juan Luis Martínez Garrido la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de seis meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 30 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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