Visto el expediente de indulto de don Rodrigo García Quintana, condenado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Viveiro, en sentencia de 4 de agosto de 2005, como autor de un delito de desobediencia grave a la autoridad, a la pena de cuatro meses de prisión, con igual tiempo de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don Rodrigo García Quintana la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de cuatro meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 30 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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