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Documento BOE-A-2012-4209

Real Decreto 510/2012, de 9 de marzo, por el que se indulta a don Julio Barrantes Espada.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2012, páginas 25763 a 25763 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-4209

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Julio Barrantes Espada, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián/Donostia, en sentencia de 28 de julio de 2005, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio durante el periodo de condena, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,

Vengo en indultar a don Julio Barrantes Espada un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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