El Ministerio del Interior dictó Orden de 27 de febrero de 2008 por la que denegaba la solicitud de declaración de utilidad pública instada por la entidad Sociedad Española de Neumología Pediátrica, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 138561 de la Sección Primera.
La entidad interpuso recurso de reposición, que fue desestimado por el Ministerio del Interior el 11 de junio de 2008.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 3 de junio de 2009, estimando el referido recurso y declarando el derecho de la recurrente a ser declarada de utilidad pública.
Interpuesto recurso de casación por la representación procesal de la Administración General del Estado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dicta sentencia el 15 de diciembre de 2011, fallando «no ha lugar al recurso de casación».
En ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y de conformidad con las competencias que atribuye a este Ministerio el artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en virtud de delegación del Sr. Ministro, acuerda declarar de utilidad pública a la entidad denominada Sociedad Española de Neumología Pediátrica.
Madrid, 15 de febrero de 2012.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.
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