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Documento BOE-A-2012-3664

Orden SSI/505/2012, de 28 de febrero, por la que se clasifica la Fundación CDH Integración, Empleo y Deporte y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2012, páginas 23673 a 23674 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-3664

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación CDH Integración, Empleo y Deporte resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación CDH Integración, Empleo y Deporte.

Fines: La Fundación tiene como fines de interés general, la integración social de jóvenes, personas con discapacidad y colectivos en situación de o riesgo de exclusión social por un lado a través del fomento de la actividad física y el deporte, y por otro mediante el fomento de todo tipo de acciones para favorecer la empleabilidad y el acceso al mercado de trabajo.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación se establece en la sede el Pabellón Caja Madrid, Avenida de Meco, s/n, de Alcalá de Henares (Madrid), C.P. 28805, y el ámbito de actuación será en todo el territorio del estado español.

Fundadores: don Dámaso José Castejón Amenedo, don Juan José Cercadillo Calvo, don Alfredo Abentín Sanz, y don Ignacio Javier Espina Arellano.

Dotación inicial: Treinta mil euros.

Desembolso inicial: Siete mil quinientos euros.

Desembolso pendiente: Veintidós mil quinientos euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Alcalá de Henares, don José María Moreno González, el 13 de octubre de 2011, con el número 3.676 de orden de su protocolo, subsanada por otra escritura otorgada ante el mismo notario, con el número 4.604 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: don Dámaso José Castejón Amenedo.

Vicepresidente: don Juan José Cercadillo Calvo.

Secretario: don Alfredo Abentín Sanz.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación CDH Integración, Empleo y Deporte cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1.669.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de febrero de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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