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Documento BOE-A-2012-3653

Resolución de 2 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se corrigen errores en la de 22 de junio de 2011, por la que se resuelve la convocatoria 2011 de ayudas del Fondo Social Europeo durante el período de intervención 2007-2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2012, páginas 23599 a 23600 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-3653

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» núm. 156, del viernes 1 de julio de 2011, se publicó la Resolución de 22 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial por la que se resuelve la convocatoria 2011 de ayudas del Fondo Social Europeo, durante el período de intervención 2007-2013.

En la citada Resolución se aprueban, entre otros, los anexos III, IV y V, que contienen la relación de proyectos financiables, proyectos en reserva y proyectos no financiables, respectivamente.

En el apartado tercero de las Bases Reguladoras de la Convocatoria de ayudas del Fondo Social Europeo 2011, se establecía la posibilidad de que fueran entidades beneficiarias y, en consecuencia, poder solicitar la ayuda, además de los Ayuntamientos de municipios con población superior a 50.000 habitantes, las Diputaciones Provinciales, Consejos Insulares y Comunidades Autónomas uniprovinciales en el ejercicio de las competencias que corresponden a las Diputaciones Provinciales, los Organismos Autónomos dependientes de dichas entidades locales.

En este sentido, se ha advertido la existencia de errores en la denominación de algunas de las entidades solicitantes, dado que en lugar de recoger en las relaciones de los distintos proyectos de los anexos III, IV y V, el organismo autónomo solicitante de la ayuda, aparece la entidad local de la que depende el mismo.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el cuál «Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos» y en base a las atribuciones establecidas en el artículo 12.1,d) del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrollo la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, resuelvo:

Primero.

Rectificar la denominación de las entidades solicitantes de las ayudas del Fondo Social Europeo reflejados en los anexos III, IV y V de la Resolución de 22 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial por la que se resuelve la convocatoria 2011, en los siguientes términos:

ANEXO III

N.º Proy.

Donde dice:

Debe decir:

89

Ayuntamiento de Córdoba.

OA Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo-IMDEEC (Ayto. Córdoba).

6

Ayuntamiento de Granada.

OA Instituto Municipal de Formación y Empleo (Ayto. Granada).

95

Ayuntamiento de Jaén.

OA Instituto Municipal de Empleo y Formación –IMEFE– (Ayto. Jaén).

79

Ayuntamiento de Fuengirola.

OA Organismo Autónomo Local de Promoción y Desarrollo (Ayto. Fuengirola).

20

Ayuntamiento de Málaga.

OA Instituto Municipal para la Formación y el Empleo –IMFE– (Ayto. Málaga).

81

Ayuntamiento de Ciudad Real.

OA Instituto Municipal de Promoción, Formación y Empleo (Ayto. Ciudad Real).

49

Diputación Provincial de Cuenca.

OA Patronato de Desarrollo Provincial (Diputación Cuenca).

71

Ayuntamiento de Cuenca.

OA Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo (Ayto. Cuenca).

55

Diputación Provincial de Badajoz.

OA Área de Desarrollo Local (Diputación Badajoz).

9

Ayuntamiento de Cáceres.

OA Universidad Popular del Ayuntamiento de Cáceres.

103

Consejo Insular de Mallorca.

OA Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (Consejo de Mallorca).

116

Ayuntamiento de Getafe.

OA Agencia Local de Empleo y Formación (Ayto. Getafe).

50

Ayuntamiento de Barakaldo.

OA Municipal para el desarrollo de Barakaldo Inguralde.

ANEXO IV

N.º Proy.

Donde dice:

Debe decir:

31

Ayuntamiento de Alcorcón.

OA Instituto Municipal de Empleo y Promoción Económica-IMEPE (Ayto. Alcorcón).

ANEXO V

N.º Proy.

Donde dice:

Debe decir:

84

Ayuntamiento de Vélez-Málaga.

OA Local de Desarrollo Integral de Vélez-Málaga (Ayto. de Vélez Málaga).

112

Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo del Ayto. de Alcalá de Henares.

Segundo.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de marzo de 2012.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta Barreda.

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