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Documento BOE-A-2012-342

Resolución de 19 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se deja en suspenso la protección nacional transitoria concedida a la Indicación Geográfica Protegida "Aceite de Jaén" mediante la Resolución de 27 de mayo de 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 9 de enero de 2012, páginas 1339 a 1339 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2012-342

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden de 10 de diciembre de 2010, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 246, de 20 de diciembre de 2010, se emitió decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Aceite de Jaén», para que fuera registrada en el Registro comunitario de denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, publicándose como anexo a la citada orden el pliego de condiciones de la denominación.

Posteriormente, a solicitud de la Junta de Andalucía, esta Dirección General concedió a la citada IGP «Aceite de Jaén», mediante resolución de 27 de mayo de 2011 (BOE de 15 de junio), la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

No obstante, la Sección Primera-D de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 1317.9/2011, seguido en relación con aquella decisión favorable de la Consejera de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de 10 de diciembre de 2010 a la inscripción de la IGP «Aceite de Jaén» en el correspondiente Registro comunitario, ha dictado auto de 28 de octubre de 2011, confirmado mediante auto de 22 de noviembre de 2011, acordando la suspensión cautelar de la tramitación administrativa prevista para la referida inscripción en el Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas.

De acuerdo con lo también acordado por la Sala en su segundo auto, de 22 de noviembre de 2011, se ha procedido a comunicar a la Comisión Europea la existencia del citado recurso contencioso-administrativo y la suspensión cautelar del procedimiento acordada por el Tribunal.

Y, por si se pudieran producir posibles perjuicios a terceros, procede igualmente suspender la protección nacional transitoria concedida a la citada IGP «Aceite de Jaén».

En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas a esta Dirección General, acuerdo:

Dejar en suspenso la protección nacional transitoria concedida a la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Aceite de Jaén» mediante Resolución de 27 de mayo de 2011, de esta Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de junio de 2011.

Madrid, 19 de diciembre de 2011.–La Directora General de Industria y Mercados Alimentarios, Isabel Bombal Díaz.

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