Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Ocupación, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por «Salvador Escoda, S.A.», con NIF B-08710006 y domicilio social en la calle Rosselló, 430-432, de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios de la siguiente familia de productos fabricados por GREEN ONE TEC SOLAR INDUSTRIE GmbH, en sus instalaciones industriales ubicadas en St. Veit an der. Glan (Austria): Paneles solares.
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta a la familia de productos, cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio Fraunhofer ha emitido infome con clave de referencia n.º 2006-35-k-en, de fecha 04/07/2011, donde ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril («BOE» 12/05/80), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero («BOE» 26/01/07) y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («BOE» 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («BOE» 26-4-97). También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.
De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986 y el Decreto 52/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Empresa y Ocupación, he resuelto:
Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8472, con fecha de caducidad el 20/12/2013, disponer como fecha límite el día 20/12/2013, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.
Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:
Especificaciones generales de la familia de colectores:
Fabricante: |
GREENone TEC Solar Industrie GmbH. |
|
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Marca y modelo de la familia de colectores Tipo constructivo |
Solar Energy Solar Energy Solar Energy Solar Energy Solar Energy Solar Energy Plano |
Alpin RK 2000 Alpin RK 2300 Alpin RK 2500 Alpin RKQ 2000 Alpin RKQ 2300 Alpin RKQ 2500 |
Dimensiones y características del modelo de menor medida de la familia de colectores:
Marca y modelo de la familia del colector |
Solar Energy Alpin RK 2000 |
de menor medida de la familia |
|
Área de apertura |
1,924 m2 |
Área total |
2,025 m2 |
Fluido de trabajo |
Agua-Propileno glicol |
Presión máxima |
10 bar |
Peso vacío |
37,1 kg |
Resultados del ensayo.
Rendimiento térmico:
|
h0 |
0,759 ± 0,02 |
|
|
a1 |
3,480 ± 0,0772 |
W/m2K |
|
a2 |
0,0161 ± 0,00095 |
W/m2K2 |
|
Nota: Referente al área de apertura 1,924 m2 |
|
Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 30 50 |
514 355 172 |
952 793 610 |
1.390 1.232 1.048 |
Dimensiones y características del modelo de mayor medida de la familia de colectores:
Marca y modelo de la familia del colector |
Solar Energy Alpin RK 2500 |
de mayor medida de la familia |
|
Área de apertura |
2,392 m2 |
Área total |
2,515 m2 |
Fluido de trabajo |
Agua-Propileno glicol |
Presión máxima |
10 bar |
Peso vacío |
47 kg |
Resultados del ensayo.
Rendimiento térmico:
|
h0 |
0,759 ± 0,02 |
|
|
a1 |
3,480 ± 0,0772 |
W/m2K |
|
a2 |
0,0161 ± 0,00095 |
W/m2K2 |
|
Nota: Referente al área de apertura 1,924 m2 |
|
Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 30 50 |
639 442 214 |
1.184 986 758 |
1.728 1.531 1.303 |
Dimensiones y características del modelo de la familia de colectores:
Marca y modelo de la familia del colector |
Solar Energy Alpin RK 2300 |
de menor medida de la familia |
|
Área de absorción |
2,140 m2 |
Área total |
2,340 m2 |
Fluido de trabajo |
Agua-Propileno glicol |
Presión máxima |
10 bar |
Dimensiones y características del modelo de la familia de colectores:
Marca y modelo de la familia del colector |
Solar Energy Alpin RKQ 2000 |
de menor medida de la familia |
|
Área de apertura |
1,910 m2 |
Área total |
2,024 m2 |
Fluido de trabajo |
Agua-Propileno glicol |
Presión máxima |
10 bar |
Dimensiones y características del modelo de la familia de colectores:
Marca y modelo de la familia del colector |
Solar Energy Alpin RKQ 2300 |
de menor medida de la familia |
|
Área de absorción |
2,140 m2 |
Área total |
2,340 m2 |
Fluido de trabajo |
Agua-Propileno glicol |
Presión máxima |
10 bar |
Dimensiones y características del modelo de la familia de colectores:
Marca y modelo de la familia del colector |
Solar Energy Alpin RKQ 2500 |
de menor medida de la familia |
|
Área de apertura |
2,390 m2 |
Área total |
2,516 m2 |
Fluido de trabajo |
Agua-Propileno glicol |
Presión máxima |
10 bar |
Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empresa y Ocupación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 20 de diciembre de 2011.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P. D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.
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