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Documento BOE-A-2012-2648

Orden ECD/326/2012, de 3 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto de Familias.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2012, páginas 15963 a 15964 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-2648

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Instituto de Familias resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Guillermo Pérez de Lema Holweg, doña Blanca María Bello Sanz y don Ignacio Velilla Fernández, en Madrid, el 1 de diciembre de 2011, según consta en la escritura pública número 2.436, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Ventura Nieto Valencia, que fue subsanada por la escritura pública número 81, autorizada el 19 de enero de 2012 por el citado Notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Serrano, 97, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). Ha sido desembolsada inicialmente en la cantidad de once mil novecientos seis euros (11.906 euros) y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

La promoción de toda clase de actividades culturales, enseñanzas, estudios y actividades con fines educativos, culturales y científicos, fundamentalmente en el ámbito del matrimonio y de la familia. La concesión de becas, auxilios, bolsas de viaje, o cualquier otro tipo de ayuda para la realización de estudios, o para la satisfacción de necesidades intelectuales relacionadas con aquellos; y en general, todas aquellas actividades que de manera directa o indirecta se relacionen con los expresados fines.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Guillermo Pérez de Lema Holweg.

Secretario: Don Ignacio Velilla Fernández.

Vocal: Doña Blanca María Bello Sanz.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro, vigente en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto de Familias y su Patronato.

Madrid, 3 de febrero de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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