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Documento BOE-A-2012-15746

Resolución de 26 de diciembre de 2012, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convoca la próxima subasta de liquidez.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2012, páginas 89522 a 89523 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-15746

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de facilitar la gestión de la tesorería del Estado, el artículo 20.1 de la Orden ECC/41/2012, de 16 de enero, autoriza a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera a realizar operaciones de compraventas dobles, también denominadas simultáneas, que deberán adjudicarse a través de subastas convocadas periódicamente mediante Resolución, en la que se determinarán los requisitos que deben cumplir las entidades para formular peticiones, el plazo al que se realizarán las operaciones simultáneas y los valores de Deuda del Estado que podrán ser objeto de las operaciones.

Asimismo, establece que también podrán ser objeto de dichas operaciones los demás valores a que se refiere el artículo 108.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, cuando así se determine en la Resolución por la que se convoque la subasta.

El procedimiento por el que se realizan las subastas de liquidez se reguló por Resolución de 21 de junio de 2006, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, y las subastas tienen lugar, de forma habitual, con periodicidad mensual, siendo necesario a este respecto convocarlas y establecer qué valores, de los previstos en el artículo 108.2 de la Ley 47/2003, podrán ser objeto de las citadas operaciones de compraventa.

En razón de lo expuesto, y en virtud de la autorización concedida por la citada Orden, dispongo:

Primero.

Se convoca la siguiente subasta de liquidez por la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera:

Fecha de celebración de la subasta

Período de vigencia

Viernes, 4 de enero de 2013

Del 9 al 29 de enero 2013

Segundo.

La subasta se realizará conforme a lo indicado en la Resolución de 21 de junio de 2006, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regulan las subastas de liquidez del Tesoro Público y en la presente Resolución.

Tercero.

Las operaciones de compraventa simultánea mediante las que se instrumenta esta gestión de la tesorería del Estado se realizarán con vencimiento en el siguiente día hábil.

Cuarto.

Podrán realizar peticiones para la subasta, aquellas entidades que, disponiendo de cuenta de efectivo en el Banco de España o, en su caso, en el módulo de pagos de TARGET2-Banco de España y cuenta de valores en la «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal» (Iberclear), sean contrapartidas del Banco de España en sus operaciones de ajuste de política monetaria o bien tengan la condición de Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España.

También podrán participar aquellas entidades que, previa solicitud y disponiendo de las cuentas de valores y efectivo antes descritas, se autoricen por la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera por mantener, a su juicio, una presencia destacada en los mercados de Deuda Pública.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1 de la Orden ECC/41/2012, de 16 de enero, los valores que aporten las entidades adjudicatarias, deberán ser admisibles en las operaciones de política monetaria del Eurosistema y haber sido admitidos a negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones o en AIAF Mercado de Renta Fija.

Dichos valores deberán estar denominados en euros y anotados en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal.

De los valores a que se refieren los dos párrafos anteriores serán excluidos aquellos que, durante el periodo de adquisición temporal, tuviesen algún ejercicio de derechos económicos, tales como pagos de intereses, primas, amortizaciones u otros, a excepción de los Bonos y Obligaciones del Estado segregables que paguen cupón en el periodo mencionado, que serán admitidos.

Madrid, 26 de diciembre de 2012.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, P.S. (Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero), la Subdirectora General del Tesoro, Rosa Moral Beteré.

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