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Documento BOE-A-2012-15329

Resolución de 12 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros educativos de Estados Unidos de América y Canadá para el curso académico 2013-2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de diciembre de 2012, páginas 86256 a 86267 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-15329

TEXTO ORIGINAL

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, y de los Acuerdos suscritos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con diversos estados de Estados Unidos y una provincia de Canadá para atender la demanda de enseñanza de la lengua española, anualmente se convocan plazas de profesores visitantes españoles en centros públicos estadounidenses y canadienses de Enseñanza Primaria y Secundaria.

Para los centros educativos participantes y sus alumnos, los profesores visitantes ofrecen la posibilidad de responder a la demanda de enseñanza de la lengua española, de mejorar la calidad de la misma, y de aportar a su plantilla docente una dimensión internacional y multicultural que resulta cada vez más necesaria para las comunidades educativas de los tres países.

Para los participantes en el Programa, que podrán ser maestros o licenciados, sean o no profesores de cuerpos de funcionarios docentes, la experiencia ofrece la oportunidad de ejercer la docencia en países con un medio cultural y profesional diferente, con lo que ello conlleva de desarrollo profesional y personal, factores que, sin duda, incidirán en la mejora de la calidad de la enseñanza en los centros españoles a los que se incorporen tras esta experiencia.

Los objetivos de este Programa y de su desarrollo futuro se insertan en planes más amplios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte encaminados a favorecer de forma eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, con los que se pretende fomentar el plurilingüismo y dar prioridad a la competencia en lenguas extranjeras como demanda la sociedad española, en consonancia con la de los países de su entorno y con el lugar que nuestro país ocupa en un contexto internacional en los ámbitos educativo, económico y social.

Por todo ello, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas para Profesores Visitantes en Estados Unidos y Canadá, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II, apartado vigésimo, de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. Plazas

1.1 Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están asignadas a centros educativos de Enseñanza Primaria y Secundaria, donde se imparten:

a) Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión lingüística, en los que el profesor deberá impartir las áreas curriculares propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente.

b) Español como lengua extranjera.

1.2 Tanto el número total de plazas que, con carácter provisional, asciende a 236, como los estados y provincias participantes, según figuran en el anexo I, pueden sufrir variaciones en función de la planificación del curso escolar 2013-2014 que lleven a cabo las autoridades educativas de Estados Unidos y Canadá.

2. Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

2.1 Tener nacionalidad española.

2.2 Dominar el idioma inglés oral y escrito.

2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

2.4 Estar en posesión de alguna de las titulaciones que se especifican en el anexo II.

3. Méritos de los candidatos

Para elegir destino, los candidatos tendrán en cuenta los méritos que se relacionan en el anexo II.

4. Solicitudes

4.1 Forma de presentación de las solicitudes.

4.1.1 De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los candidatos inscribirán sus solicitudes en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, aplicación Profex, accesible desde www.mecd.gob.es/educacion/actividad-internacional.

4.1.2 Con antelación a la inscripción de la solicitud, el candidato deberá haberse registrado y haber cumplimentado su currículum en dicha aplicación, adjuntando a dicho currículum la documentación acreditativa de requisitos y méritos de acuerdo a lo señalado en la base 4.1.6.

4.1.3 En la solicitud se deberá indicar si la plaza por la que se opta corresponde a Canadá o a Estados Unidos. En el caso de Estados Unidos, solo se podrá elegir un estado de preferencia.

4.1.4 Los solicitantes que dispongan de un certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán inscribir y registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel.

4.1.5 Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán inscribir su solicitud a través de la aplicación Profex, imprimir, firmar el documento de solicitud y presentarlo en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, del paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo.

4.1.6 La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato electrónico, preferiblemente en PDF, al apartado que corresponda en Profex con un tamaño máximo de 3MB por fichero. En caso de que el fichero tenga un tamaño superior, deberá comprimirse mediante un sistema de compresión ZIP o RAR para no exceder el límite.

4.2 Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 25 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente serán tenidos en cuenta los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro de dicho plazo.

5. Documentación acreditativa de requisitos

Los candidatos deberán adjuntar obligatoriamente a su solicitud en Profex, en formato electrónico y en la forma que se especifica en el apartado 4.1.6, la siguiente documentación:

5.1 Certificado del nivel de conocimientos de inglés o, en su defecto, declaración firmada de poseer dichos conocimientos, con indicación de la forma en que se obtuvieron.

5.2 Título que les permite concurrir a la convocatoria, o documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición. En el caso de títulos extranjeros, se adjuntará la homologación correspondiente a la titulación española, en el mismo fichero.

5.3 Certificación Académica Personal expedida por la Escuela Universitaria o Facultad donde se hayan realizado los estudios.

5.4 Currículum vítae en inglés con fotografía, en un máximo de dos páginas, no manuscritas, con especificación de la titulación académica y la experiencia profesional, empleando la plantilla disponible en www.mecd.gob.es/horizontales/servicios/profesores/convocatorias/espanoles/visitantes-EEUU-canada.html o www.mecd.gob.es/educacion/actividad-internacional.

6. Documentación acreditativa de méritos

Los candidatos deberán adjuntar en el apartado currículum de la aplicación Profex, en formato electrónico, en la forma que se especifica en el apartado 4.1.6., la siguiente documentación:

6.1 Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP), título de Máster en Formación del Profesorado o, en su defecto, el título administrativo que acredite la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Deberá tenerse en cuenta que, en algunos estados o provincias, según se detalla en el anexo II, no se valora el título administrativo que acredita la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria si no se está en posesión del CAP o del Máster en Formación del Profesorado (subapartado «Formación académica»).

6.2 Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes públicos o privados, en España o en el extranjero, expedidos por la autoridad competente, con especificación de las fechas de alta y baja, nivel educativo, tipo de dedicación, y materias impartidas (subapartado «Experiencia docente»)

6.3 Certificaciones acreditativas de experiencia en actividades relacionadas con la docencia (subapartado «Experiencia docente»).

6.4 Carné de conducir escaneado (subapartado «Documentos anexos»).

6.5 Otros títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir (subapartado «Formación académica»).

7. Admisión, preselección y notificación a los candidatos

7.1 Recibidas las solicitudes, se revisarán para comprobar si reúnen los requisitos de la convocatoria y, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si se advirtiesen defectos formales u omisiones en la solicitud o en la documentación que debe acompañarla, o no reuniese los requisitos precisos, se le notificará al solicitante para que subsane la falta o incluya los documentos preceptivos en un plazo máximo de diez días, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Dicha notificación individual se podrá consultar en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, accesible en la web https://sede.mecd.gob.es/portada.html, a través del enlace «notificaciones».

En el caso de que el candidato proceda a efectuar la subsanación de defectos u omisiones, deberá inscribir de nuevo la solicitud en Profex. La inscripción generará una nueva solicitud, pero, a diferencia de la primera, no deberá volver a presentarla en un registro oficial, en una oficina de Correos o registrarla telemáticamente.

7.2 El plazo de subsanación mencionado en el apartado 7.1 comenzará a contar desde la fecha y hora en que el solicitante acceda a la notificación descrita en ese apartado. En caso de que el solicitante no acceda a la notificación en el plazo de diez días naturales desde la emisión de la misma, se entenderá que ha sido rechazada, se hará constar en el expediente y se tendrá por efectuado el trámite.

7.3 Transcurrido el proceso de revisión y subsanación de incidencias en las solicitudes, se hará pública en la dirección de Internet www.mecd.gob.es/educacion/actividad-internacional la relación de candidatos excluidos del proceso, con especificación de las causas que motivan su exclusión, así como la relación de candidatos preseleccionados, con indicación de las fechas y lugar de las correspondientes pruebas de selección.

8. Procedimiento de selección

8.1 El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

8.2 De acuerdo con lo establecido en los Acuerdos firmados con los respectivos estados y provincias, la selección definitiva de los profesores participantes corresponde a las Comisiones de Selección estadounidenses y canadienses. Respecto a dichas Comisiones de Selección se estará a lo dispuesto en el apartado vigésimo.3 de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

8.3 El proceso de selección constará de una fase de valoración y preselección de los expedientes de los candidatos y de otra de pruebas y entrevistas personales.

La preselección de candidatos se realizará teniendo en cuenta su perfil académico y profesional, la valoración de los expedientes, y las necesidades de personal de las autoridades educativas contratantes.

La valoración de los expedientes de los candidatos se llevará a cabo en función de los méritos alegados, recogidos en el anexo II de la presente convocatoria.

8.4 Las pruebas de selección se realizarán en Madrid. El lugar y fecha de su celebración, así como la distribución de candidatos entre las Comisiones de Selección, se comunicará oportunamente en las direcciones de Internet indicadas en el apartado 7. A instancia de las Comisiones de Selección, la entrevista, o parte de la misma, podrá realizarse por teléfono o videoconferencia. Para ello, el candidato deberá personarse en el lugar, día y hora que se le convoque.

8.5 Las Comisiones podrán efectuar, además de las entrevistas personales, pruebas dirigidas a valorar el dominio de la lengua correspondiente.

Las Comisiones valorarán el perfil académico, profesional y personal del candidato, y su adecuación a las características del puesto de trabajo y al entorno sociocultural del mismo. En el anexo III figuran los procedimientos específicos de selección llevados a cabo por los estados o provincias que se relacionan.

8.6 En su caso, previa valoración del currículum del candidato, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá ofrecer a los candidatos no seleccionados en la primera entrevista la posibilidad de realizar otras entrevistas ante Comisiones de estados o provincias que estén participando en el proceso de selección, siempre que dispongan de plazas vacantes cuyas características se adecuen al perfil del candidato.

8.7 La candidatura de un profesor seleccionado por una Comisión no podrá ser tenida en cuenta por otra, salvo que, por causas excepcionales, lo acordaran ambas Comisiones.

9. Documentación que deberán presentar los candidatos preseleccionados

Los candidatos que resulten preseleccionados deberán aportar el día de la entrevista personal la documentación acreditativa impresa, original o compulsada, de los requisitos y méritos que se especifican en los apartados 5 y 6. En el caso del CAP o Máster en Formación del Profesorado, de la Certificación Académica Personal y del currículum vítae en inglés, deberán aportarse por duplicado. El Título de Licenciado, Grado o Maestro, el CAP o Máster en Formación del Profesorado y la Certificación Académica Personal deberán, además, ir acompañados de su traducción al inglés no manuscrita.

Asimismo, aportarán un escrito en inglés, explicando su motivación para participar en el Programa.

Igualmente, durante las pruebas de selección, se podrá presentar ante las respectivas Comisiones cualquier otra documentación y material didáctico que se considere oportuno.

10. Documentación que deberán aportar los candidatos seleccionados

10.1 Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia, emitido con fecha posterior a la entrevista personal.

10.2 Certificado que acredite carecer de antecedentes penales, emitido con fecha posterior a la entrevista personal.

10.3 Cualquier otra documentación que les sea solicitada por las autoridades educativas estadounidenses o canadienses que les hayan seleccionado.

Estos documentos se enviarán a la Consejería de Educación de Estados Unidos y Canadá según el procedimiento que se comunicará oportunamente.

11. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria

11.1 La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades dictará Resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte www.mecd.gob.es/educacion/actividad-internacional.

11.2 El plazo máximo para resolver es de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

12. Aceptaciones y renuncias

12.1 La selección no será firme hasta que el profesor seleccionado suscriba un contrato con las autoridades estadounidenses o canadienses correspondientes, previa expedición del visado y presentación de la documentación que se especifica en el apartado 10.

12.2 En caso de renuncia justificada, el candidato lo comunicará por escrito al distrito o provincia que le haya seleccionado, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la Resolución de candidatos seleccionados en el «Boletín Oficial del Estado», o tan pronto como se produzca la causa que lo motive, remitiendo copia a la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa.

13. Régimen

13.1 Las autoridades educativas participantes ofrecerán a los profesores seleccionados, antes de su incorporación al puesto, un contrato en los términos que ambas partes acuerden en lo que se refiere a condiciones laborales y a su fecha y forma, de conformidad con la legislación laboral de Estados Unidos o Canadá.

13.2 Los contratos se suscribirán, generalmente, por años renovables, pudiendo rescindirse según el procedimiento que ambas partes acuerden, siempre con sometimiento a lo que la legislación en materia de inmigración, laboral y escolar de Estados Unidos y Canadá establezca, sin que corresponda al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte asumir ninguna función o responsabilidad en esta materia.

14. Formación inicial

14.1 Los profesores seleccionados realizarán un curso de formación que facilite su incorporación al sistema escolar estadounidense o canadiense. Este curso podrá realizarse en Estados Unidos, en Canadá o en España. En este último caso, los gastos de alojamiento y manutención de los participantes, así como de los espacios y del personal necesarios para el desarrollo de la actividad, serán asumidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por un importe global máximo de 20.000 euros. El gasto del curso, siempre condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la Resolución de concesión, se hará con cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria 18.03.144A.487.01.

Se les comunicará a los candidatos seleccionados el lugar, la fecha y la duración de las actividades formativas.

14.2 A fin de facilitar su integración en la localidad y el centro escolar de destino, el profesor recibirá información del distrito escolar, de la provincia o de la organización educativa que haya colaborado en su elección, y de los servicios de la Consejería de Educación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en Estados Unidos y Canadá.

15. Funcionarios

15.1 Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de candidatos seleccionados por las Comisiones respectivas, y una vez que los mismos cuenten con el visado que autoriza su inserción laboral en Estados Unidos o Canadá, los funcionarios públicos remitirán su petición individual de concesión de servicios especiales, que regula el Título VI del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, a los Servicios correspondientes de las Consejerías de Educación de las respectivas Comunidades Autónomas, o a la administración de origen que corresponda. A la petición de servicios especiales se acompañará una fotocopia del visado, así como cualquier otra documentación requerida por los servicios educativos de la Comunidad Autónoma correspondiente.

15.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados implica la no renuncia a la misma durante el año académico, salvo que se den circunstancias excepcionales que la justifiquen, que habrán de ser consideradas, en su caso, por la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, oído el centro educativo contratante.

15.3 Los profesores funcionarios que deseen reingresar en el servicio activo por haber finalizado su contrato acompañarán su solicitud de un certificado de baja en el programa expedido por la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá con indicación de la fecha de cese.

16. Recursos

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

17. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria puede obtenerse:

– En el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Alcalá, 36, 28071 Madrid) y en la página web www.mecd.gob.es/portada.html.

– En la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa (paseo del Prado 28, 5.ª planta; teléfono 91 506 57 16; página web: www.mecd.gob.es/educacion/actividad-internacional.html), así como en la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá (teléfono + 1 202 728 23 35; página web: http://www.mecd.gob.es/eeuu.html).

Para consultas relativas a incidencias con la aplicación Profex se utilizará el correo electrónico: profex.soporte@mecd.es.

18. Desarrollo

Se autoriza a la Subdirectora General de Promoción Exterior Educativa a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Madrid, 12 de diciembre de 2012.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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