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Documento BOE-A-2012-14892

Resolución de 14 de noviembre de 2012, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 7 de diciembre de 2012, páginas 84106 a 84108 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-14892

TEXTO ORIGINAL

La Orden EDU/1541/2011/, de 2 de junio, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012, recoge en el artículo 8.1.a): «De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las universidades a las que se adscriban beneficiarios de subvenciones de la presente convocatoria, que se abonan a través de ellas, asumirán la condición de entidad colaboradora».

Al respecto, y de conformidad con dicha normativa, las universidades que reciben subvenciones para facilitar la movilidad de profesores visitantes y estudiantes, vienen suscribiendo el correspondiente Convenio de colaboración. En la cláusula Tercero 3.3 del mencionado Convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3.m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, «la entidad colaboradora recibirá como compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una cuantía proporcional al número de beneficiarios activos, que se fijará anualmente a través de resolución del Secretario de Estado de Universidades».

Por las razones expuestas he resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, fijar la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas que se establece en ciento veinticinco euros (125,00 euros) por beneficiario y año.

2. La compensación referida al curso académico 2011-2012, por un importe de 362.000,00 euros, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781.01 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2012.

3. En el Anexo de la presente Resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios de la mencionada convocatoria.

Madrid, 14 de noviembre de 2012.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

ANEXO
Gastos de gestión

Subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de master

Organismos

N.º beneficiarios

Total gastos

de gestión

Euros

I.E. Universidad

4

500,00

Fundación Universitaria San Pablo-Ceu. Univ. Cardenal Herrera

1

125,00

Universidad Autónoma de Barcelona

77

9.625,00

Universidad Autónoma de Madrid

141

17.625,00

Universidad Carlos III

32

4.000,00

Universidad Complutense de Madrid

97

12.125,00

Universidad de A Coruña

17

2.125,00

Universidad de Alcalá de Henares

53

6.625,00

Universidad de Alicante

32

4.000,00

Universidad de Almería

41

5.125,00

Universidad de Barcelona

146

18.250,00

Universidad de Cádiz

42

5.250,00

Universidad de Cantabria

76

9.500,00

Universidad de Castilla-La Mancha

28

3.500,00

Universidad de Córdoba

87

10.875,00

Universidad de Deusto

15

1.875,00

Universidad de Extremadura

12

1.500,00

Universidad de Girona

77

9.625,00

Universidad de Granada

296

37.000,00

Universidad de Huelva

125

15.625,00

Universidad de Jaén

10

1.250,00

Universidad de La Coruña

17

2,125,00

Universidad de La Laguna

45

5.625,00

Universidad de las Islas Baleares

17

2.125,00

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

15

1.875,00

Universidad de León

15

1.875,00

Universidad de Lleida

12

1.500,00

Universidad de Málaga

66

8.250,00

Universidad de Murcia

30

3.750,00

Universidad de Navarra

6

750,00

Universidad de Oviedo

18

2.250,00

Universidad de Salamanca

65

8.125,00

Universidad de Santiago de Compostela

38

4.750,00

Universidad de Sevilla

84

10.500,00

Universidad de Valencia

169

21.125,00

Universidad de Valladolid

67

8.375,00

Universidad de Vigo

69

8.625,00

Universidad de Zaragoza

49

6.125,00

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

158

19.750,00

Universidad Internacional de Andalucía

10

1.250,00

Universidad Internacional «Menendez Pelayo»

4

500,00

Universidad Jaume I

64

8.000,00

Universidad Miguel Hernández

17

2.125,00

Universidad Nacional de Educación a Distancia

7

875,00

Universidad Pablo Olavide

67

8.375,00

Universidad Politécnica de Cartagena

9

1.125,00

Universidad Politécnica de Cataluña

90

11.250,00

Universidad Politécnica de Madrid

74

9.250,00

Universidad Politécnica de Valencia

78

9.750,00

Universidad Pompeu Fabra

29

3.625,00

Universidad Pontificia Comillas

5

625,00

Universidad Publica de Navarra

2

250,00

Universidad Ramón Llull

5

625,00

Universidad Rey Juan Carlos

45

5.625,00

Universidad Rovira i Virgili

58

7.250,00

TOTAL

2.896

362.000,00

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