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Documento BOE-A-2012-14852

Enmiendas de 2011 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (Anexo V revisado del Convenio MARPOL) adoptadas en Londres el 15 de julio de 2011 mediante Resolución MEPC.201(62).

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 6 de diciembre de 2012, páginas 83913 a 83927 (15 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-14852
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2011/07/15/(3)

TEXTO ORIGINAL

RESOLUCIÓN MEPC.201(62)

Adoptada el 15 de julio de 2011

Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973

(Anexo V revisado del Convenio MARPOL)

El Comité de Protección del Medio Marino,

Recordando el artículo 38 a) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité de Protección del Medio Marino (el Comité) conferidas por los convenios internacionales relativos a la prevención y contención de la contaminación del mar,

Tomando nota del artículo 16 del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (en adelante denominado «Convenio de 1973») y del artículo VI del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (en adelante denominado «Protocolo de 1978»), en los que conjuntamente se especifica el procedimiento para enmendar el Protocolo de 1978 y se confiere al órgano pertinente de la Organización la función de examinar y adoptar enmiendas al Convenio de 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL 73/78),

Habiendo examinado el proyecto de enmiendas al Anexo V del Convenio MARPOL 73/78,

1. Adopta, de conformidad con, lo dispuesto en el artículo 16 2) d) del Convenio de 1973, las enmiendas al Anexo V del Convenio MARPOL 73/78, cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución;

2. Decide, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio de 1973, que las enmiendas se considerarán aceptadas el 1 de julio de 2012, salvo que, con anterioridad a esa fecha, un tercio cuando menos de las Partes, o aquellas Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 % del arqueo bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado a la Organización que rechazan las enmiendas;

3. Invita a las Partes a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio de 1973, las mencionadas enmiendas entrarán en vigor el 1 de enero de 2013, una vez aceptadas de conformidad con lo estipulado en el párrafo 2 anterior;

4. Pide al Secretario General que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) e) del Convenio de 1973, remita a todas las Partes en el Convenio MARPOL 73/78 copias certificadas de la presente resolución y del texto de las enmiendas que figura en el anexo;

5. Pide también al Secretario General que remita copias de la presente resolución y de su anexo a los Miembros de la Organización que no son Partes en el Convenio MARPOL 73/78.

ANEXO

ANEXO V REVISADO DEL CONVENIO MARPOL

Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

Las presentes Enmiendas entrarán en vigor de forma general y para España el 1 de enero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio de 1973.

Madrid, 21 de noviembre de 2012.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Fabiola Gallego Caballero.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 15/07/2011
  • Fecha de publicación: 06/12/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2013
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 21 de noviembre de 2012.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • PUBLICA el texto revisado:
    • del anexo V del Convenio de 2 de noviembre de 1973 (MARPOL), aceptado por Instrumento de 27 de diciembre de 1990 (Ref. BOE-A-1984-23406) y (Ref. BOE-A-1991-6196).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Basuras
  • Buques
  • Contaminación de las aguas
  • Gestión de residuos
  • Organización Marítima Internacional
  • Transporte de mercancías
  • Transportes marítimos

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