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Documento BOE-A-2012-14781

Orden ECC/2583/2012, de 13 de noviembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de la entidad Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, SA, por parte de Meridiano, SA Compañía Española de Seguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2012, páginas 83465 a 83465 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-14781

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Meridiano, S.A. Compañía Española de Seguros y Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, S.A., han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción por la que Meridiano, S.A. Compañía Española de Seguros absorberá a Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, S.A., la cual se disolverá.

De la documentación que se adjunta a la solicitud de autorización administrativa presentada ante este Centro Directivo se desprende que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en el artículo 72 del Reglamento que lo desarrolla, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para llevar a cabo la operación de fusión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la fusión por absorción por la que la entidad Meridiano, S.A. Compañía Española de Seguros absorberá a la entidad Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, S.A.

Segundo.

Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 72.3 del citado Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, una vez que se formalice en escritura pública y se inscriba en el Registro Mercantil la operación de fusión.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Competitividad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 13 de noviembre de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

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