Por Resolución de 21 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el «BOE» número 238, de 3 de octubre, se autorizó la modificación de la aprobación de tipo de aparato radiactivo de los equipos generadores de rayos X marca «Carestream Molecular Imaging,» Serie In-Vivo Imaging Systems, modelos DXS PRO, FX-PRO, MS FX PRO y XTREME.
Habiéndose detectado un error en la resolución de referencia, que afecta a la especificación 1.ª,
Esta Dirección General, de acuerdo con el informe del Consejo de Seguridad Nuclear, en virtud del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsana dicho error, procediendo a sustituir dicha especificación, que queda redactada en los términos que se exponen a continuación:
«1.ª Los aparatos radiactivos cuyo tipo se aprueba son los generadores de rayos X de la marca “Carestream Molecular Imaging”, Serie In-Vivo Imaging Systems, modelos DXS PRO, FX-PRO, MS FX PRO y XTREME, de 45 KV, 0,5 mA y 22,5 W de tensión, intensidad y potencia máximas respectivamente.»
Esta resolución se entiende sin perjuicio de otras autorizaciones cuyo otorgamiento corresponda a éste u otros Ministerios y organismos de las diferentes Administraciones Públicas.
Según se establece en los artículos 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que contra esta resolución podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a contar desde su notificación, así como cualquier otro recurso que considere conveniente a su derecho.
Madrid, 27 de noviembre de 2012.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez-Lucas.
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