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Documento BOE-A-2012-14226

Resolución de 27 de septiembre de 2012, de la Autoridad Portuaria de Cartagena, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2012, páginas 80420 a 80468 (49 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-14226

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Cartagena correspondientes al ejercicio 2011, que figura como anexo a esta Resolución.

Cartagena, 27 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Cartagena, Adrián Ángel Viudes Viudes.

ANEXO
AUTORIDAD PORTUARIA DE CARTAGENA

Memoria del ejercicio. Cuentas anuales a 31 de diciembre de 2011

1. Actividad de las Autoridades Portuarias

La Autoridad Portuaria de Cartagena, con domicilio en Plaza Héroes de Cavite, s/n, en Cartagena, es un organismo público de los previstos en la letra g) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como plena capacidad para obrar en el cumplimiento de sus fines. Depende del Ministerio de Fomento, a través de Puertos del Estado; actuando bajo el principio general de autonomía de gestión, se rige por su legislación específica (Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante), por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente, por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Las actividades y funciones a realizar por las Autoridades Portuarias, así como el régimen económico de la misma, están reguladas por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. El ámbito territorial de competencias de esta Autoridad Portuaria es el comprendido dentro de los límites de la zona de servicios del puerto de Cartagena, formado por las dársenas de Cartagena y de Escombreras y los espacios afectos al servicio de señalización marítima de la costa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales

Se sustentan en lo dispuesto en el artículo 39 del Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre, entre otras cosas, dice en su apartado 1.º: «Los organismos públicos portuarios ajustarán su contabilidad a las disposiciones del Código de Comercio, a las del Plan General de Contabilidad y a las demás que le sean de aplicación.

Para garantizar la necesaria homogeneidad contable, en el marco de la normativa prevista en el párrafo anterior, Puertos del Estado establecerá directrices relativas a los criterios valorativos, así como a la estructura y normas de elaboración de las cuentas anuales, que deberán ser aplicados por las Autoridades Portuarias.»

El mismo artículo, en su apartado 2.º dice: «El ejercicio social se computará por periodos anuales comenzando el día 1 del mes de enero de cada año» y, en su apartado 3.º dice: «Las cuentas anuales, con el contenido determinado por el Plan General de Contabilidad vigente, deberán formularse en el plazo de tres meses desde el cierre del ejercicio económico y, una vez auditadas por la Intervención General de la Administración del Estado, serán aprobadas, según el caso, por los respectivos Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias o por el Consejo Rector de Puertos del Estado. La aprobación deberá producirse antes de finalizar el primer semestre del siguiente año.

Los resultados de cada ejercicio, positivos o negativos, se aplicarán a las correspondientes cuentas de resultados acumulados integrantes de los fondos propios del organismo, y se destinarán a las funciones previstas en la Ley para el mismo.»

Las cuentas anuales que se adjuntan han sido preparadas a partir de los registros contables existentes en la Autoridad Portuaria a 31 de diciembre de 2011, los cuales han sido elaborados de acuerdo con los criterios recogidos en el Real Decreto 1514/2007 que desarrolla el Plan General de Contabilidad y, en concreto, según los principios y criterios que a continuación se comentan, y comprenden, además de la presente memoria, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivos.

2.1 Imagen fiel.

Las cuentas anuales se presentan siguiendo los principios de contabilidad generalmente aceptados, y con especial atención a presentar una imagen fiel de su patrimonio, de su situación financiera, de los resultados obtenidos en el ejercicio así como de los flujos incorporados en el estado de flujos de efectivo.

2.2 Principios contables no obligatorios aplicados.

Se aplica el nuevo PGC con las peculiaridades que caracterizan al Sistema Portuario de titularidad estatal y las Directrices de Aplicación del nuevo PGC elaboradas por Puertos del Estado y aprobadas por la Subdirección Contable de la Inspección General de la Administración del Estado.

3. Aplicación de resultados (nota n.º 18)

Se propone al Consejo de Administración realizar la siguiente distribución de beneficios:

Pérdidas y Ganancias: Resultado del ejercicio después de impuestos: 18.653.839,86 euros.

Distribución: A Reservas por Resultados acumulados 18.653.839,86 euros.

Después de la distribución, la cuenta de «Resultados acumulados» tendrá un saldo de 188.392.138,08 euros.

4. Normas de registro y valoración

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, en su disposición transitoria primera, apartado 1, letra d), los puertos optaron por valorar todos los elementos patrimoniales que deban incluirse en el balance de apertura del ejercicio 2008, conforme a los principios y normas vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 16/2007, es decir, con anterioridad al 1 de enero de 2008.

4.1 Inmovilizado intangible.

El inmovilizado intangible ha sido valorado al precio de adquisición y su amortización se efectúa de forma lineal, en un periodo de 5 años para las «Aplicaciones informáticas», de 20 para la «Propiedad Industrial» y de 50 para la «Concesión Administrativa».

4.2 Inmovilizado material.

Está formado por el propio de la anterior Junta de Obras del Puerto y que formaba parte de su patrimonio al 31 de diciembre de 1992, la aportación recibida de las señales marítimas por aplicación de la Ley de Puertos (tal como se indica en el apartado seis de la disposición adicional sexta) y las incorporaciones realizadas con posterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley.

El primero, está valorado según el estudio realizado en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1995, y tal como quedaba registrado en la memoria de ese ejercicio, contablemente con los siguientes criterios:

a) Para los terrenos y los bienes comprendidos en los grupos 2, 3 y 4, el criterio de valoración fue el valor venal a 1 de enero de 1993 según estudio realizado por American Appraisal.

b) Para el resto de los grupos se mantiene como valor contable de los activos fijos adscritos a esta Autoridad Portuaria, el mismo que tenía al cierre del ejercicio de 1992, el coste de adquisición revalorizado, asumiendo que las revalorizaciones de coste y amortización efectuadas al amparo de las disposiciones de la Dirección General de Puertos aproximan dichos valores al real.

c) Los bienes que se incorporan a partir del 1 de enero de 1993 se valoran a su precio de adquisición y siguiendo siempre las normas que, para la valoración del inmovilizado material, están contenidas en el PGC y normas dictadas por el ICAC (Resolución 30 de julio de 1991). Los elementos del inmovilizado en curso están valorados a su precio de coste, que incluye asistencias técnicas, servicios de ingeniería, control de calidad, equipos y obra civil, y no comienza a amortizarse hasta que se realiza su recepción provisional y se cumplimenta y aprueba, por el organismo competente, su ficha de incorporación al inmovilizado.

El segundo, el correspondiente a señales marítimas, se valoró por su valor venal al haberse adquirido a título gratuito, tal como se define en la norma de valoración segunda, número cuatro, del PGC. Debido a su procedencia, Puertos del Estado consideró adecuado utilizar, y así se hizo por parte de las Autoridades Portuarias, como cuenta de pasivo compensatoria la de «Patrimonio ley 27/1992» La determinación del valor venal fue realizada por una empresa de tasación independiente.

Para el resto del inmovilizado, es necesario distinguir los tipos de bienes que integran el Dominio Público Portuario estatal:

Se valora a precio de adquisición o coste de producción:

a) Los terrenos e instalaciones fijas que las Autoridades Portuarias adquieren a título oneroso mediante cualquier título jurídico (expropiación, compra-venta, rescate,…etc.).

b) Las obras que las Autoridades Portuarias realicen sobre el dominio público portuario.

Se valora a valor razonable:

a) Los terrenos obras e instalaciones portuarias fijas de titularidad estatal o de ayudas a la navegación marítima, que se afecten a los servicios de los puertos.

b) Obras que el Estado realice sobre el dominio público portuario y adscritas a la Autoridad Portuaria

c) Obras construidas por los titulares de una concesión de dominio público portuario, cuando reviertan a la Autoridad Portuaria.

Los bienes recibidos bajo los supuestos a) y b) tienen la consideración de aportaciones patrimoniales del Estado. También se valoran a valor razonable los bienes recibidos por subvención, donación o legado de carácter no monetario, tanto si se tratan de bienes que se incorporen al dominio público como de bienes de naturaleza patrimonial.

El método de amortización empleado es el lineal, en función de la vida útil de los elementos. Cuando se detectan factores identificativos de obsolescencia, se dotan las oportunas provisiones por depreciación. Se amortiza de forma independiente cada parte de un elemento del inmovilizado material que tenga un coste significativo en relación con el coste total del elemento y una vida útil distinta del resto del elemento.

4.3 Inversiones Inmobiliarias.

Como consecuencia de la consulta realizada por Puertos del Estado al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre el ámbito de aplicación del concepto contable de inversiones inmobiliarias, cuando el arrendamiento de bienes inmuebles forma parte de la actividad económica habitual de la empresa, se han reclasificado en este apartado todos los terrenos y construcciones, sobre los que esta Autoridad Portuaria tiene otorgada una concesión o autorización administrativa, al ser consideradas ambas figuras como arrendamientos operativos.

Los criterios de valoración aplicables al inmovilizado material se aplican igualmente a las inversiones inmobiliarias.

4.4 Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo.

Este capítulo recoge las participaciones de la Autoridad Portuaria en Sesticarsa y en el Consorcio del Depósito Franco del Puerto de Cartagena. En la primera se tiene una participación del 51%, por lo que queda reflejada dentro de empresas del grupo, mientras que la participación en la segunda es del 37,96% y se encuentra contabilizada dentro de empresas asociadas.

Las participaciones se encuentran contabilizadas al coste de adquisición, corregido, en el caso de la sociedad asociada, por la minusvalía puesta de manifiesto en el valor teórico contable de dicha sociedad esto es, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. En el segundo caso, en SESTICARSA, el valor contable coincide con la valoración de la participación en el capital social de la empresa participada.

4.5 Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta.

Se clasifica como activo no corriente como mantenido para su venta, si su valor contable se recuperará fundamentalmente a través de su venta, en lugar de su uso continuado, y cumpla los requisitos de que el activo esté disponible en sus condiciones actuales para su venta inmediata, sujeto a los términos usuales y habituales para su venta, y que su venta sea altamente probable.

Los activos no corrientes mantenidos para la venta se valoran en el momento de su clasificación en esta categoría, por el menor de los dos importes siguientes: su valor contable y su valor razonable menos los costes de venta.

Mientras un activo esté clasificado como no corriente mantenido para su venta, no se amortiza.

Cuando un activo deja de cumplir los requisitos para su clasificación en este apartado, se reclasifica en la partida de balance que corresponda a su naturaleza y se valora al menor importe, en la fecha en que proceda la reclasificación, entre su valor contable anterior, ajustado si procede por las amortizaciones y correcciones de valor que se hubiesen reconocido de no haberse clasificado como mantenido para su venta y su importe recuperable, registrando cualquier diferencia en la partida de pérdidas y ganancias que corresponda a su naturaleza.

4.6 Arrendamiento operativo.

De acuerdo con su regulación legal, las autorizaciones y concesiones para ocupación del dominio público portuario cumplen las condiciones establecidas en la Norma de Registro y Valoración n.º 8 del nuevo PGC, para ser calificadas contablemente como arrendamientos operativos.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.º de la citada Norma, los ingresos y gastos derivados de las concesiones y autorizaciones deben de ser considerados, respectivamente, como ingresos y gastos del ejercicio en el que los mismos se devenguen, imputándose a la cuenta de pérdidas y ganancias.

Esta consideración afecta a las tasas portuarias, a los importes adicionales a las tasas y a las sanciones por incumplimientos de tráficos mínimos contenidos en cláusulas concesionales.

4.7 Subvenciones donaciones y legados recibidos.

De acuerdo con el Plan General de Contabilidad, las subvenciones de capital recibidas, principalmente, a través de fondos FEDER, y que tienen el carácter de no reintegrables, han sido contabilizadas por el importe devengado y aparecen en el balance formando parte del patrimonio neto, en la cuenta « Subvenciones donaciones y legados recibidos».

Las subvenciones, donaciones y legados recibidos de carácter monetario, se valoran por el valor razonable del importe concedido, y las de carácter no monetario o en especie se valoraran por el valor razonable del bien recibido, referenciando ambos valores al momento de su reconocimiento.

Igualmente, y siguiendo los criterios contables, dado que las subvenciones se conceden para adquirir activos del inmovilizado material, se imputan como ingresos del ejercicio en proporción a la dotación a la amortización efectuada en ese periodo para los citados elementos o, en su caso, cuando se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance

4.8 Clasificación de la deuda a largo plazo.

Se clasifica como deuda a largo plazo toda aquella cuyo vencimiento es posterior al 31 de diciembre de 2012, y clasificada en acreedores a corto la de vencimiento durante el año 2012.

4.9 Provisión a largo plazo.

Las provisiones se valoran al final del ejercicio por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar la obligación, registrándose los ajustes que surjan por la actualización de la provisión como un gasto financiero conforme se vayan devengando. Dentro de este apartado tenemos dotadas:

4.9.1 Provisión para impuestos.–Se dota, en su caso, una provisión para cubrir las posibles responsabilidades tributarias derivadas de tributos de la Hacienda Local, no pagados y recurridos por considerarlos improcedentes.

4.9.2 Provisión para responsabilidades.–Provisiones dotadas para constituir un fondo de ahorro destinado a cubrir responsabilidades correspondientes a pasivos probables por principales e intereses de demora derivados de litigios tarifarios en curso y por indemnizaciones u obligaciones pendientes de cuantía indeterminada y otras de cuantía cierta.

4.10 Provisión para insolvencias.

Se efectúa dotación para insolvencias en función de la antigüedad de la deuda con relación a la fecha de vencimiento, según los siguientes criterios:

a) Para los precios privados (tarifas). Se dota siguiendo el criterio del Impuesto sobre Sociedades (artículo 21), dotando el 100% cuando hayan transcurrido 6 meses desde el vencimiento de la obligación (factura). En comparación con la situación anterior, tenemos:

Situación hasta 31 de diciembre de 2003

 

Porcentaje

Entre 0 y 6 meses

0

Entre 6 y 12 meses

25

Entre 12 y 18 meses

50

Entre 18 y 24 meses

75

Más de 24 meses

100

Situación desde 1 de enero de 2004

 

Porcentaje

Entre 0 y 6 meses

0

Entre 6 y 12 meses

100

Entre 12 y 18 meses

100

Entre 18 y 24 meses

100

Más de 24 meses

100

b) Para las tasas portuarias. Se mantienen los mismos porcentajes que anteriormente se empleaban para los cánones. Quedan establecidos de la siguiente forma: se provisiona el 50% de la deuda, una vez finalizado el periodo voluntario, cuando la antigüedad de la misma esté comprendida entre los 12 y 24 meses, y se provisiona el 100% cuando la antigüedad de la deuda sea superior a 24 meses.

4.11 Acción Social.

Dentro del convenio vigente, se contempla la concesión de dos tipos de préstamos denominados préstamo para vivienda y reintegrables.

El préstamo para vivienda se concede para favorecer la adquisición de la misma o para su reparación. Su periodo de amortización máximo es de diez años y no está vigente al no realizarse su regulación.

Los préstamos reintegrables, se conceden para atender necesidades urgentes de índole personal o familiar y se devuelven actualmente en 20 meses mediante descuentos mensuales de igual cuantía.

Tal como se contempla en el Real Decreto 1.841/1991, de 30 de diciembre, han sido considerados como retribución en especie en la cuantía y forma debidas, todas las prestaciones sociales consideradas como tal y contempladas en el art. 26 de la Ley del IRPF.

Además, dentro del concepto de acción social, existe un fondo para fines sociales, destinado a todo el personal en plantilla, que se nutre con el 1% del total de la nómina del personal, y cuya aportación se realiza con carácter mensual.

4.12 Fondo de Compensación Interportuario.

La Autoridad Portuaria aporta al Fondo de Compensación Interportuario, según lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 159 del Real Decreto 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de La Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y recibe del Fondo según lo dispuesto en el apartado 5 del mencionado artículo, teniendo un carácter finalista. El balance entre aportaciones y percepciones del Fondo de Compensación Interportuario se hace efectivo proporcionalmente a cuenta con carácter trimestral, sin perjuicio de la correspondiente liquidación a la finalización del ejercicio en función de la justificación o no del cumplimiento de las actuaciones asociadas al mismo.

4.13 Ingresos y gastos.

Ambos se imputan en función del principio de devengo, lo que implica que se realicen cuando se produce el flujo real de bienes y servicios independientemente de cuando se produzca el cobro o pago. No obstante, siguiendo el principio de prudencia, solo se contabilizan los beneficios realizados al cierre del ejercicio, mientras que los riesgos se contabilizan en cuanto son conocidos.

4.14 Actuaciones medioambientales.

La resolución 6389 de 25 de marzo de 2002 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, publicada en el BOE de 4 de abril de 2002, establece la obligación de informar, en las cuentas anuales, sobre las cuestiones relacionadas con la prevención, reducción y reparación del impacto medioambiental ocasionado por las actividades de la Compañía y es aplicable a todas las entidades sujetas al Plan General de Contabilidad, para los ejercicios cerrados a partir del 5 de abril de 2002.

Desde la entrada en vigor se dotaron nuevas cuentas, al objeto de contemplar las actuaciones que, en esta materia, se realicen.

Los criterios de valoración empleados para las contabilización de estas partidas, son los mismos que los empleados en la contabilización de los demás gastos, esto es, en base al principio de devengo.

Comentarios sobre las áreas más significativas y hechos más notables reflejados en las cuentas del ejercicio.

Todos los cuadros con información numérica que se relacionan a lo largo de la memoria, se encuentran agrupados dentro del anexo I.

5. Inmovilizado material (nota n.º 2)

El movimiento habido durante el ejercicio 2011 en el inmovilizado material (nota n.º 2) queda recogido en los cuadros n.º 2, 2.1, 2.2, 2.6 y 2.8. En el cuadro 2.7 se refleja la tabla de coeficientes de amortización empleados.

En el Cuadro 2.1, se detallan por conceptos, las altas del inmovilizado, desglosadas en las que proceden de en curso, las que provienen de reversión de concesiones y las que son adquisiciones a proveedores externos.

Entre las primeras, las más significativas por su cuantía son:

● Liquidación y Revisión de Precios Terminal Polivalente: 5.129.493,54 euros.

● Ampliación de la Terminal de Cruceros: 5.081.162,00 euros.

● Instalación de ganchos de disparo rápido en Frente E-012: 523.724,43 euros.

● Construcción de depósito de materiales en Ampliación de Escombreras: 259.658,94.

● Aparcamiento para camiones en Accesos a Terminal Polivalente: 331.838,03.

● Mejora de accesos al nuevo registro de la Autoridad Portuaria: 223.899,09.

En lo referente a las adquisiciones a proveedores externos, las más significativas han sido:

● Suministro e instalación de central telefónica IP: 45.529,42 euros.

● Nuevo servidor para base de datos Oracle: 37.500,00 euros.

● Remodelación vivienda Faro del Estacio: 40.213,36 euros.

● Nuevos aparcamientos cubiertos en Talleres: 35.532,31 euros.

● Instalación de tuberías y tomas de agua en Muelle de graneles y dique Suroeste Fase 1: 38.195,90 euros.

● Suministro y colocación gancho de 100 Tn en Muelle de Terliq: 37.800,00 euros.

En el Cuadro 2.2 se reflejan bajas del inmovilizado material. El importe de este ejercicio, corresponde en su mayor parte a bienes dados de baja como consecuencia del contrato que, como ya se anotó en la memoria del pasado ejercicio, en el apartado de «Hechos posteriores al cierre», la APC formalizó en enero de 2011, con la empresa Intervalor Consulting Group, S.A., para la elaboración de un inventario actualizado de bienes inmuebles, mediante el cual se pretendía el recuento y la conciliación contable de bienes, para conseguir una perfecta identificación de los mismos.

La finalización de los trabajos y la emisión del informe, consecuencia del mismo, se entregó el 30 de mayo de 2011. Como resultado de dicho estudio, se generó un listado bienes, contabilizados en el inventario de la APC, pero de los cuales no se constata su existencia física. Una vez comprobado por el departamento responsable de los mismos, los bienes que proceden, se dan de baja del inventario de la APC.

En el Cuadro n.º 2, aparecen los movimientos registrados en las cuentas de inmovilizado material, como resumen de los cuadros anteriores.

Los bienes que están considerados como propios o bienes patrimoniales, son los que a continuación se relacionan:

 

Euros

Terrenos cementerio de coléricos

72.968,32

Terrenos viviendas de Santa Lucía (dos)

5.949,30

Terrenos adquiridos a Bunge Ibérica

114.619,10

Terrenos adquiridos a Repsol, situados junto a El Fangal

37.281,36

Terrenos expropiados a Repsol en dársena de Escombreras

159.795,90

Solar de Sesticarsa

12.020,24

Total importe bienes considerados propios de esta A. Portuaria

402.634,24

El resto de los bienes contemplados en el inmovilizado, son considerados como bienes demaniales adscritos.

En el Cuadro 2.6 se refleja la amortización del ejercicio y la correspondiente acumulada.

Respecto a los bienes que han quedado este ejercicio totalmente amortizados, podemos reseñar, dentro del inmovilizado material, como los de mayor coste:

● Renovación red de agua de 128.860,29 euros.

● Conducciones en el Muelle Isaac Peral de 299.067,90 euros.

● Instalaciones generales en Muelle de Graneles Vegetales de 1.036.397,50 euros.

● Hormigonado suelo Nueva Alineación Muelle de Santa Lucía de 228.711,16 euros.

● Pavimentación antigua dársena de Santa Lucía de 1.128.415,29 euros.

● Pavimentación Nueva alineación Muelle Santa Lucía de 581.490,83 euros.

● Viales cuesta del Batel de 215.253,63 euros.

● Zonas de circulación Nuevos accesos Santa Lucía y San Pedro de 248.382,41 euros.

Respecto al inmovilizado intangible, ha quedado totalmente amortizado, entre otros, software del Modulo de Recaudación de Navision Attain, por importe de 12.500 euros, y software de Actualización de equipos batimétricos y topográficos, por importe de 18.291,82 euros.

En el Cuadro 2.7 se acompaña las tablas de amortización del inmovilizado con las actualizaciones que entraron en vigor el 1 de enero de 1999 y que siguen vigentes.

El Cuadro 2.8 es un resumen de la información contenida en los anteriores.

Los principales bienes de inmovilizado se encuentran asegurados con una compañía de seguros.

6. Inversiones Inmobiliarias (nota n.º 3)

Se han clasificado dentro de este apartado todos los activos de la Autoridad Portuaria, contabilizados dentro de los apartados de «Terrenos y bienes naturales» y «Construcciones», que están dados en concesión o autorización administrativa, como consecuencia de la consulta formulada por Puertos del Estado al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

En el Cuadro 3 aparecen los saldos de dichos epígrafes y las cuentas que las componen, en el Cuadro 3.1 el detalle de las altas del ejercicio y su procedencia y en el Cuadro 3.2 la amortización acumulada correspondiente a estos bienes.

Los ingresos que estos bienes suministran vienen reflejados en las partidas de «Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario» y, en su caso, por la de «Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario».

7. Inmovilizado intangible (nota n.º 1)

El movimiento habido durante el ejercicio 2011 (nota n.º 1) en las diferentes cuentas que componen el inmovilizado intangible y las correspondientes amortizaciones acumuladas son las reflejadas en el Cuadro n.º 1.

La partida que aparece en la cuenta de Concesiones Administrativas, corresponde a la cesión de uso otorgada por RENFE en la obra realizada en la Cuesta del Batel. La Concesión es por un plazo no definido, pero no superior a 50 años.

8. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar

Como ya reseñamos anteriormente, de acuerdo con su regulación legal, las autorizaciones y concesiones para ocupación del dominio público portuario cumplen las condiciones establecidas en la Norma de Registro y Valoración n.º 8 del nuevo PGC, para ser calificadas contablemente como arrendamientos operativos.

Respecto a la tipificación de lo que el PGC denomina «cuotas contingentes» con los ingresos que obtiene la AP, según las definiciones contenidas en la NIC 17, estas cuotas serían equivalentes a los ingresos por ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios en el dominio público portuario, cuyo importe en el presente ejercicio ha sido de 6.310.844,72 euros

Los ingresos por ocupación privativa del dominio público tiene la siguiente variación estimada:

Año 2012: 4.567 miles de euros.

Año 2013: 5.359 miles de euros.

Año 2014: 5.874 miles de euros.

Año 2015: 6.200 miles de euros.

Año 2016: 6.430 miles de euros.

Respecto a la reversión de concesiones y finalización del arrendamiento, son las siguientes:

Año

Concesiones

2012

Quiosco para bar en muelle Alfonso XII.

2013

Instalación de tubería de descarga, almacenamiento y trasiego de ácido fosfórico.

 

Construcción de Cajón y toma de agua de mar para estación desaladora en Escombreras.

2014

Estación Naval de Cruz Roja del Mar.

2015

Naves industriales destinadas al almacenamiento de cereales en el Fangal.

 

Explotación Dársena Deportiva en el Muelle Alfonso XII.

 

Instalación de tuberías de abastecimiento de agua en el Valle de Escombreras.

2016

Varadero de Travelif.

9. Instrumentos financieros

9.1 Activos financieros.

Según los distintos instrumentos financieros tenemos:

9.1.1 Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo (nota n.º 4). El saldo de las distintas cuentas y su movimiento anual queda reflejado en los Cuadros 4, 4.1, y 4.2, a los que hay que hacer los siguientes comentarios.

a) Las participaciones permanentes en capital, que se detallan en el Cuadro 4.1, tienen la siguiente composición:

Como empresa del grupo se refleja:

Denominación: Sociedad de Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Cartagena (Sesticarsa).

Domicilio Social: Muelle de Curra, s/n. Cartagena.

Actividad: Estiba y desestiba en el Puerto de Cartagena.

Capital: 180.300 euros.

Reservas: 0.

Resultados del ejercicio: 0.

Como empresa asociada:

Denominación: Consorcio del Depósito Franco de Cartagena.

Domicilio Social: C/ Maestro José Palmis, s/n. Lo Campano. Cartagena.

Actividad: Prestación de servicios de almacenaje de mercancías en régimen de depósito franco.

Capital escriturado: 808.721,89 euros.

Resultados de ejercicios anteriores: -550.214,93 euros.

Resultados del ejercicio: -106.975,57 euros.

Respecto a Sesticarsa, no se ha producido ninguna variación en la Participación, ni tampoco en el Depósito Franco.

La Ley 48/2003, disponía, en la disposición adicional sexta, la transformación de las sociedades estatales de estiba y desestiba en agrupaciones portuarias de interés económico y daba un plazo de un año para ello, a partir de la entrada en vigor de esta ley. Esto llevaba aparejada la separación de la Autoridad Portuaria. El Real decreto ley 3/2005 de 18 de febrero, publicado en el BOE de 19 de febrero disponía, en artículo 1, la ampliación del plazo para la transformación de las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba, en 18 meses.

La Ley 33/2010, de 5 de agosto, establece en su artículo 147 que en el plazo máximo de seis meses, desde la entrada en vigor de la misma, las juntas generales de accionistas de las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba que aún no se hubieran transformado en Agrupaciones Portuarias de Interés Económico, de acuerdo con lo previsto en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, deberán acordar necesariamente su adaptación a Sociedades Anónimas de Gestión de los Estibadores Portuarios (SAGEP), sociedades anónimas mercantiles reguladas en esta misma ley, en su título V. A la fecha de elaboración de esta memoria, no se ha producido la mencionada transformación, por posponerse la misma a la resolución del Contencioso que Sesticarsa mantiene abierto contra la Seguridad Social.

Respecto al Consorcio del Depósito Franco, en este ejercicio, las pérdidas han ascendido a 106.975,57 euros, siendo necesario dotar la correspondiente provisión, al ser la existente inferior al importe acumulado de la depreciación valorativa por deterioro, debida a las pérdidas acumuladas.

9.1.2 Inversiones financieras a largo plazo (nota n.º 5).

El principal saldo de la cuenta de «Créditos a terceros» lo constituye el concedido a la UTE que adquirió la grúa portacontainer, en la parte de pago aplazado, cuyo importe queda reflejado en el Cuadro 4.2.

La cuenta de créditos a largo plazo al personal, reflejada en el Cuadro 4.2 e incluida en el balance dentro de la cuenta de «Créditos a terceros», contempla los préstamos por adquisición de viviendas y reintegrables comentados en el apartado 4.11 y su periodificación en función de sus vencimientos.

El saldo de la cuenta «Administraciones públicas, subvenciones oficiales» registra el importe del 5% de la subvención FEDER concedida, correspondiente al Programa Operativo de la Región de Murcia 2000-2006, cuyo pago se realiza al final del periodo de vigencia del programa, una vez finalizados y revisados todos los expedientes objeto de subvención. Su detalle queda registrado en el Cuadro 6.

El importe del apartado «Otros activos financieros», corresponde a la suscripción de valores de renta fija (bonos) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con vencimiento a dos años. A efectos de valoración se clasifican en la categoría de «Inversiones mantenidas hasta el vencimiento», prevista en el PGC, en la norma n.º 9 de registro y valoración.

9.1.3 Créditos por operaciones comerciales. Clientes y deudores varios (nota n.º 7).

El saldo de la cuenta de clientes por tasas y servicios portuarios ha aumentado, respecto al ejercicio anterior.

También se han contabilizado en estas cuentas la parte devengada de la facturación realizada, correspondiente al presente ejercicio y con vencimiento en el próximo.

En la cuenta de clientes de dudoso cobro, se contabiliza el saldo de Sirius Murcia, que asciende a 146.597,71 euros, provisionados en su totalidad, al haber desatendido en su día la empresa los pagos de los pagarés representativos de su deuda con esta Autoridad Portuaria. Durante el presente ejercicio no se ha logrado ningún cobro tendente a disminuir su saldo.

También se contabiliza el deterioro del valor de créditos en operaciones comerciales, la anterior «Variación de la provisión por insolvencias de tráfico». Siguiendo los criterios dictados por Puertos del Estado, los saldos de clientes vencidos y no cobrados han sido provisionados en función de la antigüedad en los porcentajes señalados en el apartado 4.10. La provisión ha aumentado en 21.752,63 respecto al ejercicio anterior, presentando un saldo de 244.875,20 euros.

Se hace un seguimiento detallado y continuo de los impagos, tendente a disminuir, en todo lo posible, el saldo de morosos, realizado una eliminación de los saldos incobrables de menor cuantía, y vencidos, tras su conocimiento, en su caso, por parte del Consejo de Administración. Como consecuencia de ello es la deuda vencida existente a final del ejercicio, que asciende a 504.631,15 euros que, descontando los 251.360,62 euros de la deuda de SIRIUS Murcia que proviene del año 1999, nos queda un saldo de 253.360,02 euros, sobre una cifra de negocios de 36.789.214,78 euros, lo que nos da un ratio de 0,69%.

En la lista de deudores, descontando Sirius Murcia, se encuentran con los saldos más importantes:

1. Servicios Hosteleros de Cartagena, S.L, concesionario de quioscos en el muelle de Alfonso XII, con un saldo de 41.981,50 euros, Miller y Cia., S.A, con un saldo de 73.345,23 euros, Centro de Ocio Mll. Alfonso XII, con un saldo de 29.424,79 euros, Tuna Supplies, S.A, con 20.060 euros, Laura de Murtas, con un importe de 18.568,07, De Haro Vera, S.L, con un saldo de 9.555,52 euros, Gas Natural S.D.G, S.A, con 6.787,19 euros e Insubmar, S.L., con 3.359,08 euros, todos ellos se encuentran en vía ejecutiva.

2. Vicente Serrat Andreu, con un importe de 8.376,26 euros, Saras Energía, S.A, con 3.560,67 euros, e International Viking Transport, con 3.389 euros, que, aún apareciendo en el listado de la deuda a 31/12/2011, todos han cancelado sus deudas antes de la elaboración de esta memoria.

3. Restaurante La Patacha, S.L, con un saldo de 10.542,87 euros, que tiene fraccionado el pago.

4. El resto (un saldo poco significativo), corresponde a deudores que mantienen deudas inferiores a 2.000 euros.

En el apartado de «Clientes y deudores, empresas del grupo y asociadas», el importe principal corresponde a la cantidad a abonar por Puertos del Estado, como consecuencia del acuerdo firmado por la Ministra de Economía y Hacienda, autorizando el expediente para hacer frente al pago del principal más los intereses derivados de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones portuarias practicadas por diversas autoridades portuarias, y que para el caso de Cartagena es de 288.212,15 euros. (164.283,27 de principal y 123.928,88 de intereses).

Respecto a los «Deudores varios», el mayor importe, 549.173,20 euros, corresponde a la facturación pendiente de emitir a final de año, correspondiente a la penalización por incumplimiento de los tráficos mínimos. También se incluyen en este apartado, los créditos al personal a corto plazo, cuyo saldo a final de año era de 47.844,75 euros, los deudores diversos, con 29.364,84 euros y los anticipos sobre remuneraciones, con un saldo de 8.499,97 euros.

9.1.4. Administraciones públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro (nota n.º 8).

El saldo de este epígrafe lo compone la subvención FEDER concedida dentro del Programa Operativo de la Región de Murcia 2007-2013. El saldo de la cuenta es de 6.256.248,92 euros. Lo devengado en el ejercicio ha sido 4.156.640,66 euros. El estado de los dos Programas Operativos uno terminado y pendiente de liquidar (2000-2006) y el actualmente vigente (2007-2013) queda registrado en el Cuadro 6.

9.1.5. Otros créditos con las Administraciones Públicas (nota n.º 9).

Esta Autoridad Portuaria solicitó en su día en la Delegación de Hacienda de Cartagena, y le fue concedida, la inscripción en el registro de exportadores, con el objeto de poder solicitar la devolución mensual del IVA, dado que, salvo excepciones, todos los meses el importe del IVA soportado es superior al importe del IVA repercutido.

Según lo dispuesto en la Ley General Tributaria (art. 64 y siguientes), las liquidaciones presentadas no pueden considerarse como definitivamente válidas hasta que hayan transcurrido cuatro años o hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales.

La cuenta presenta un saldo de 1.706.380,12 euros. Las principales partidas que la componen presentan los siguientes saldos en euros:

 

Euros

Hacienda pública deudora por IVA

673.363,86

Organismos S. Social deudores

13.317,87

IVA soportado pendiente de deducir

1.019.698,39

9.1.6 Inversiones financieras a corto, efectivo y otros activos líquidos equivalentes (nota n.º 10).

El importe de 46.400,89 euros reflejado en el Balance, correspondiente a «Créditos a empresas», lo compone el traspaso a corto plazo del importe a cobrar por la venta de las grúas, y la periodificación de intereses de cuentas corrientes.

En el Cuadro 5 se indica el estado de las colocaciones de los excedentes de Tesorería al cierre del ejercicio y los intereses de las cuentas y colocaciones devengados durante el ejercicio, así como los saldos de las distintas cuentas corrientes que se tienen operativas y el saldo que se mantenía en Caja al cierre del ejercicio.

Las colocaciones se realizaron siempre con un diferencial sobre el euribor del periodo al que se coloca. La media de las colocaciones ha sido de 213 puntos básicos sobre euribor del periodo y siempre sobre activos con rendimientos explícitos y carentes de riesgo.

El tipo medio ponderado de colocación del periodo ha sido de 3,83, aunque la tendencia del mercado ha sido a la baja. Los tipos máximos y mínimos han sido de 4,25 y 2,9 respectivamente.

9.1.7 Ajustes por periodificación (nota n.º 11).

El saldo, de 14.898,46 euros, corresponde fundamentalmente, a la periodificación del pago de la prima de la póliza de todo riesgo por riesgos industriales y equipos electrónicos.

9.2 Pasivos financieros.

Según los distintos instrumentos financieros tenemos:

9.2.1 Deudas a largo plazo (nota n.º 12).

La cuenta de «Proveedores de inmovilizado a largo plazo» (Cuadro n.º 9) contempla la operación de los terrenos de Cemex dados en concesión.

El 28 de octubre de 2003, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria otorgó una concesión administrativa a la mercantil Cemex España, S.A., para la «ocupación de dominio público portuario con destino a la construcción y explotación de una molienda de clinker y planta para la fabricación de mortero seco». En el otorgamiento de la concesión, se otorga a la mercantil una lámina de agua para su relleno y se le pone un canon acorde a dicha superficie en Zona I. El 22 de julio de 2008, se efectúa el acta de reconocimiento, donde se da fe de la generación de 45.200 m2 ganados al mar. En la mencionada acta se refleja que, dado que el concesionario ha realizado inversiones en obras de relleno, y una vez finalizadas las obras, debe aplicarse una bonificación en la tasa por ocupación privativa del dominio público portuario, a lo largo del otorgamiento.

Por tanto, desde el punto de vista de la gestión del dominio público, indicada en el Real Decreto Legislativo 2/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante, se desprende que una vez realizada la obra de relleno por el concesionario y recibida la misma por la Autoridad Portuaria en el acta de reconocimiento final, a partir de dicho momento esa zona de relleno tendrá la consideración de una ocupación de terrenos y su valor será el mismo que el asignado a los terrenos adyacentes.

Las bonificaciones no se realizan debido a operativa del tráfico mercantil, sino que se realiza específicamente debido a la generación de un nuevo terreno. Esto es, el arrendatario genera un nuevo terreno que entrega al arrendador a cambio de una disminución del importe del arrendamiento, pudiéndose asimilar a que el arrendador compra el terreno y efectúa su pago a plazos, mediante un menor importe de la tasa por ocupación del terreno, bonificación que es perfectamente cuantificable e identificable.

Además, esos terrenos son registrables, tanto en el Catastro como en el Registro de la Propiedad en el mismo momento de su generación y están ubicados dentro de la zona de servicios del puerto, tratándose de terrenos de dominio público portuario.

Respecto a su contabilización, es evidente que, a lo largo de la vida de la concesión, el importe de la tasa de ocupación privativa es susceptible de modificación y, con ella, la bonificación a ella ligada. Esto supondría la necesidad de alterar la valoración inicial del terreno. No obstante, entendemos que, dado que las diferencias puede ser tanto en más como en menos, lo que llevaría a revalorizar unas veces y depreciar en otras, se puede mantener la valoración inicial hasta que la variación suponga una diferencia significativa.

Por otra parte, la NIC 16 dice que, cuando se difiere el pago de un elemento integrante de las propiedades plantas y equipos, más allá de los plazos normales del crédito comercial, su costo será el precio equivalente al contado. La diferencia entre esta cantidad y los pagos totales aplazados se reconocerá como gastos por intereses a lo largo del periodo del aplazamiento, a menos que se capitalice, de acuerdo con el tratamiento alternativo permitido por la NIC 23.

9.2.2 Deudas a corto plazo (nota n.º 13).

El saldo de «Proveedores de inmovilizado a corto plazo», 7.541.568,76 euros, recoge fundamentalmente las certificaciones no vencidas, entre las que tenemos a los proveedores: U.T.E. Urbanización Terminal polivalente, con un saldo de 5.250.541,01 euros; Miguel Rosique, con 157.590,01 euros; Idea, con 4.469,42 euros; Técnicas y Proyectos, con 60.190,51 euros; Intersa, con 178.816,73 euros y Pavasal, con 216.493,95 euros

También se incluye en este epígrafe:

1. El paso a corto plazo de la deuda a Cemex por los terrenos generados, ya comentado en el apartado 9.2.1, por importe de 32.253,16.

2. Un importe de 135.862,00 euros, consecuencia del acuerdo adoptado por la Autoridad Portuaria de Cartagena y Puertos del Estado, en el marco de elaboración del Plan de Empresa 2012, por el cual, la Autoridad Portuaria se compromete a destinar una partida del 1% de los fondos aportados en su presupuesto de obras públicas, a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español (art. 68.1 de la Ley 16/1985), en la medida que corresponda al Plan de Inversiones 2011-2015 de la APC, que se apruebe en el mencionado Plan de empresa. Tal ayuda será de carácter finalista para la recuperación del Patrimonio Histórico del municipio de Lorca, y de «excepcionalidad».

En «Otros pasivos financieros» se recogen las fianzas recibidas y constituidas a corto, por un importe de 116.423,96 y unas partidas pendientes de aplicación, con saldo deudor, por 3.444.36 euros.

9.2.3 Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo (nota n.º 14).

Al cierre del ejercicio no existe deuda pendiente.

9.2.4 Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar (nota n.º 15).

El saldo de «Acreedores y otras cuentas a pagar», lo constituye en casi su totalidad (628.116,87) el correspondiente a la cuenta de proveedores y acreedores comerciales diversos, existiendo también un saldo de 271.176,55 euros, que refleja los importes a pagar resultantes de sentencias de las tarifas T-3, para los cuales se ha autorizado, por parte del Ministerio de Hacienda, el pago a la Autoridad Portuaria a través de Puertos del Estado.

En «Otras deudas con las administraciones públicas», su saldo es de 432.695,96 euros, cuyas principales partidas corresponden a:

 

Euros

IRPF devengado en diciembre

142.457,02

Organismos S. Social acreedores

171.071,49

H.P. acreedora por Impuesto Sociedades

119.167,45

10. Situación fiscal

10.1 Impuesto sobre beneficios (nota n.º 28).

La entrada en vigor de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General define, en su artículo 45, el régimen tributario al que están sometidas las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado, insistiendo en que su régimen es el mismo que corresponde al Estado, sin perjuicio de la aplicación a dichas entidades del régimen de entidades parcialmente exentas en el Impuesto de Sociedades, quedando pues regulado de forma específica, por Ley, su régimen. Respecto al Impuesto de Sociedades, con fecha 17 de diciembre de 2003, se recibió en esta Autoridad Portuaria notificación del trámite de audiencia y propuesta de liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2002, al que se acompaña liquidación paralela.

Entre los cálculos reflejados en la declaración que se presentó y los efectuados por la Delegación Provincial, presentaba dos diferencias.

La primera relativa a las deducciones aplicadas.

La segunda, la más significativa, corresponde al tipo de gravamen, que mientras esta Autoridad Portuaria asigna el 25%, en la declaración paralela se asigna el 35%, importe que no compartimos al entender que a esta Autoridad Portuaria le resulta de aplicación el régimen especial de entidades parcialmente exentas del capítulo XV del título VIII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, con carácter retroactivo a los ejercicios 2000 y 2001, tal y como establece el artículo 9.3 f) de esta Ley así como la disposición final tercera de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social para el 2002.

El 18 de diciembre de 2003 se presentó escrito, dentro del trámite de audiencia, contrario a los argumentos de la Agencia Tributaria.

El 11 de junio de 2004 tiene entrada en esta Autoridad Portuaria el escrito de la Agencia Tributaria de notificación de liquidación provisional donde se subsana el primer punto antes reseñado, pero persisten en el segundo liquidando, en consecuencia una cuota de 29.757,47 euros más 1.289,97 euros de intereses de demora.

Contra dicha resolución, se interpuso Recurso de Reposición, en tiempo y forma, dando soporte jurídico a nuestras reivindicaciones, ya expuestas detalladamente en las memorias de los años precedentes, donde se explican los argumentos por los que entendemos que les resulta de aplicación el tipo del 25 por ciento recogido en el artículo 26.2.

El 8 de julio de 2004 se recibió acuerdo desestimatorio de la Agencia Tributaria, respecto al recurso interpuesto

El 29 de julio de 2004 se interpuso, por parte de esta Autoridad Portuaria, reclamación económico administrativa contra el mencionado acuerdo que también fue desestimado según sentencia de 27 de junio de 2005. Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

El 30 de agosto de 2004 se recibió notificación de inicio de procedimiento de compensación de oficio de deuda de entidades públicas, por parte de la Agencia Tributaria, que fue contestada con las alegaciones expuestas en escrito de 10 de septiembre de 2004, que logró la suspensión de acto, según se expone en el escrito de contestación de la Agencia Tributaria de 27 de septiembre de 2004.

La Ley 25/2006 de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las organizaciones empresariales y del sistema portuario, en su disposición final primera, confirma el tipo reducido aplicable en el IS y en la disposición final cuarta, indica que serán aplicables a los periodos impositivos a que se refiere la disposición final tercera de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. No obstante, a pesar de darnos la razón en nuestro planteamiento, al no haberse producido aún resolución de la Sala de lo Contencioso, se mantiene la provisión dotada hasta la resolución del mismo.

El 4 de marzo de 2010 se recibió sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia por la que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por esta Autoridad Portuaria contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo de fecha 27 de junio de 2005 que desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra el acuerdo dictado por la Unidad Regional de Grandes Empresas de la Delegación de la AEAT de Murcia, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación provisional, por importe de 31.047,44 de deuda tributaria del Impuesto de Sociedades del ejercicio 2002.

El 1 de junio de 2011, se recibe de la Agencia Tributaria, Acuerdo de compensación de oficio, en el que se comunica la compensación de deuda pendiente de ingreso a favor de la Hacienda Pública (Cuota impuesto de sociedades 2002: 31.047,44), con el crédito existente a favor de la Autoridad Portuaria (devolución IVA de septiembre del ejercicio 2010, pendiente de ingreso: 38.353,71). El 7 de junio de 2011 se hace efectiva la compensación, procediendo la Agencia Tributaria al ingreso de la diferencia entre ambos importes.

Los datos tributarios (en euros) correspondientes al presente ejercicio han sido:

Ingresos totales

45.131.881,36

Ingresos sujetos: 3.461.409,16

Gastos totales

25.803.802,51

Gastos deducibles: 764.453,18

Resultados contables

19.328.078,85

 

Base imponible

2.696.955,98

 

Tipo aplicable: 25%

 

 

Cuota íntegra

674.238,99

 

Deducciones:

 

 

Cuota líquida positiva

674.238,99

 

Retenciones e ingresos a cuenta

419.680,78

 

Líquido a pagar

254.558,21

 

11. Ingresos y gastos

El desglose de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias es el siguiente:

11.1 Gastos de personal (nota n.º 20).

Los gastos de personal han experimentado, en su conjunto, una bajada del 2,29%. En el epígrafe de «Sueldos y salarios», la bajada ha sido del 2,51%: El importe de la dieta de Consejeros incluidas en esta cuenta asciende a 8.203,80 euros.

La cuenta de «Cargas sociales» contempla tanto los gastos de la Seguridad Social a cargo de la empresa (que han supuesto 1.640.629,15 euros) como el conjunto de gastos sociales contemplados anteriormente bajo la denominación de «Otros gastos de personal» en los que se incluía la aportación de la Autoridad Portuaria al Plan de Pensiones del Sistema de Empleo, a favor de los empleados de esta Autoridad Portuaria, cuya aportación en el presente ejercicio ha sido de 179.431,22 euros; formación, con un importe de 62.691,24 euros; vestuario personal, con 50.811,33 euros y otros gastos sociales, con 107.159,68 euros.

11.2 Dotación para amortizaciones (nota n.º 22).

Queda reflejada en el Cuadro 2.6, donde se contempla esta partida. El porcentaje destinado en el presente ejercicio supone un incremento del 16,43% respecto del ejercicio anterior, resultado de la incorporación de nuevas obras y bajas de las totalmente amortizadas.

11.3 Otros gastos de explotación (n.º 21).

Ha tenido, en su conjunto, un incremento del 6,21%, incluido el gasto por aportación de la Autoridad Portuaria al Fondo de Compensación Interportuario que anteriormente aparecía después de determinarse el beneficio de las operaciones. Dicha gasto, ha sido de 1.580.000 euros, prácticamente igual que en el ejercicio 2010 (1.577.000 euros).

De las cuentas agrupadas en este epígrafe, los servicios exteriores han aumentado un 10,74%. Dentro de ella, las reparaciones y conservación han aumentado un 52,11%; los servicios de profesionales independientes han disminuido un 19,07%; los suministros se han reducido un 1,88%, y otros servicios exteriores (detalle en el Cuadro 12) han disminuido un 5,99%.

En relación a los gastos de «reparaciones y conservación», el aumento ha sido consecuencia del nuevo tratamiento para el servicio de recepción de desechos generados por los buques, que se establece con la entrada en vigor de la nueva Ley 33/2010, de modificación de la Ley 48/2003, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general.

Con la entrada en vigor de esta nueva ley, el 27 de agosto de 2010, se regula en el artículo 80, dentro del capítulo de «servicios portuarios», el régimen del prestación de servicio de recepción de desechos generados por los buques, disponiendo en su punto 1 lo siguiente: «se incluyen en este servicio las actividades de recogida de residuos de desechos generados por los buques, su traslado a una instalación de tratamiento autorizada por la Administración competente y, en su caso, el almacenamiento, clasificación y tratamiento previo de los mismos en la zona autorizada por las autoridades competentes.»

Como consecuencia, la diferencia, con respecto al marco legislativo anterior, consiste en que ahora la Autoridad Portuaria abona directamente con cargo a su presupuesto la factura presentada por el prestador del servicio.

Para el ejercicio 2010, el gasto relativo a dicho concepto, ascendió a 211.179,17 euros (correspondientes a los gastos desde la entrada en vigor de la mencionada Ley hasta el 31 de diciembre de 2010) y en el ejercicio 2011 ha ascendido a 686.275,51 euros (correspondientes al gasto generado para el ejercicio 2011 completo).

Sin tener en cuenta, este gasto adicional, la partida de «reparaciones y conservación», se ha incrementado solo en un 3,4%.

La partida de «Otros gastos de Gestión corriente», con una disminución del 14,53%, incluye las dietas abonadas a los miembros del Consejo de Administración, por la asistencia a las reuniones de dicho órgano de dirección, siempre que corresponda a personal que no esté vinculado a esta Autoridad Portuaria por una relación laboral. Cuando si lo sean, las percepciones se han considerado como gastos de personal y quedan englobadas en el apartado «Sueldos y salarios» (como siempre ha defendido esta AP). Anteriormente aparecía en la cuenta de «Otros gastos de personal».

En el Cuadro 13 está el detalle de las cuentas de «Tributos» y de «Otros gastos de gestión corriente».

La aportación a Puertos del Estado ha aumentado un 1,41% respecto al ejercicio anterior.

11.4 Ingresos de explotación.

El total de tráfico portuario ha sido de 22,7 millones de Tm., lo que ha supuesto un incremento del 18,22% respecto al año anterior, debido al aumento generalizado de casi todo tipo de tráfico. Los graneles líquidos, han aumentado un 18,13%, los graneles sólidos un 19,32% y la mercancía general un 14,76% en relación con el año 2011.

En consonancia con este incremento de los tráficos, los ingresos de explotación se han incrementado con respecto del ejercicio anterior un 7,61%.

11.5 Importe neto de la cifra de negocios (nota n.º 23).

La cifra de negocios se ha incrementado un 7,61% respecto del pasado ejercicio.

Las tasas portuarias han aumentado un 6,65%.

La tasa por ocupación privativa del dominio público portuario se ha reducido un 11,72%, y la tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario, ha tenido un incremento del 21,95%.

Las tasas por utilización especial de las instalaciones portuarias se han incrementado en su conjunto un 7,70%, consecuencia principalmente del incremento de la Tasa de la Mercancía.

Respecto a «Otros ingresos de negocio», se incluyen los ingresos por tarifas: las correspondientes a importes adicionales a las tasas, los servicios comerciales, servicios portuarios, así como la tarifa por recepción de desechos generados por los buques. El importe total (detallados en el Cuadro 10), ha sufrido un incremento del 34,78%.

No obstante, este incremento, se debe principalmente, al incremento de la tarifa por recepción de desechos generados por los buques, como consecuencia de la fecha de entrada en vigor de la Ley 33/2010, de modificación de la ley 48/2003 de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general.

El importe que ha supuesto para la Autoridad Portuaria de Cartagena, esta nueva tarifa, en el ejercicio 2011 ha sido de 907.348,73 euros.

11.6 Otros ingresos de explotación (nota n.º 24).

Han tenido un descenso del 42,14% respecto del ejercicio anterior.

El saldo de la partida «Ingresos accesorios y otros de gestión corriente», se detalla en el Cuadro 11.

En «Ingresos por concesiones revertidas», (Cuadro 7) contempla la incorporación de la reversión de los silos de la mercantil INTERSILOS, la parte correspondiente de la reversión de la concesión que mantenía en la dársena de Escombreras la mercantil Fertiberia, la concesión otorgada en su día a la mercantil Repsol Petróleo (Parcelas C51 y C55), la reversión, del edificio de la fábrica de hielo que tenía en concesión la Cofradía de Pescadores, la reversión de las concesiones C-36 y C-52, titularidad de Repsol, cuyas instalaciones se han incorporado al inmovilizado, como instalaciones técnicas especializadas, la concesión del silo de Cemex, la del café- bar instalado en el paseo de Alfonso XII, la reversión de la concesión titularidad de Lafarge Cementos, S.A., para Instalación de silo de cemento en el Muelle Príncipe Felipe, y la reversión en este ejercicio de la concesión a la Cofradía de Pescadores «Varadero de travelif», y la de « Instalación de depósitos de parafina de Escombreras», titularidad de Repsol Petróleo, S.A.

El ingreso del Fondo de Compensación Interportuario, contabilizado dentro de este epígrafe, se ha reducido de 876 en 2010, a 492 miles de euros en el presente ejercicio.

11.7 Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otros (nota n.º 25).

El movimiento habido en la cuenta durante el ejercicio queda reflejado en la primera parte del Cuadro 7.

En él se recogen tanto los saldos de las subvenciones de FEDER, correspondientes a los programas operativos 89-93, 94-99 y 2000-2006, como otras subvenciones recibidas, correspondiente a los proyectos: Equipamiento del Puerto Pesquero, subvencionada por la Consejería de Agricultura Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Sistema Corporativo de Gestión de Fondos Fotográficos, subvencionado por Puertos del Estado, con los importes traspasados a resultados, en función de la amortización correspondiente a los bienes objeto de subvención.

11.8 Ingresos y gastos financieros (notas n.º 26 y n.º 27).

A pesar de que el R.D. 771/2011, de 3 de junio, limita las remuneraciones en el caso de los depósitos a plazo e instrumentos de naturaleza similar, la necesidad de captación de pasivo por las entidades financieras, consecuencia de la especial situación del mercado financiero, ha permitido seguir colocando puntas de tesorería a tipos superiores a los de mercado. El detalle de la composición del saldo se refleja en el Cuadro 14.

Respecto a los gastos financieros, su detalle queda reflejado en el Cuadro 15. El saldo principal (217.842,92 euros), corresponde a intereses de demora del ejercicio 2011, no provisionados y pagados, consecuencia de la ejecución de sentencias de litigios tarifarios. También se incluye en este epígrafe los gastos financieros por actualización de la provisión por intereses de litigios tarifarios (74.071,24).

11.9 Resultados y otros datos económicos (nota n.º 18).

El cash-flow generado ha sido de 26,38 millones de euros, lo que supone un incremento del 9,4% respecto al pasado ejercicio.

La aportación neta del ejercicio al Fondo de Compensación Interportuaria ha sido de 1.088.000 euros, y a Puertos del Estado 1.320.880,45 euros.

Las inversiones en inmovilizado material, han sido de 17,7 millones de euros, lo que supone un descenso de 11,00% de las realizadas en el pasado ejercicio. Es de destacar que, con los fondos FEDER recibidos y los ingresos financieros obtenidos con las colocaciones de nuestros excedentes de tesorería, se ha financiado el 73% de la inversión realizada en inmovilizado material.

El fondo de rotación ha ascendido hasta 83 millones de euros.

La rentabilidad anual, calculada tal como se indica en el artículo 157 del RD Legislativo 2/2011, de 5 de Septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante, se ha situado en un 6,70%.

12. Provisiones y contingencias (nota n.º 16)

12.1 Provisión para impuestos.

Se ha aplicado la provisión de 58.838,07 euros existente para responder del pago de una liquidación de IBICE, del ejercicio 2010, consecuencia del embargo por parte del Ayuntamiento de los importes pendientes de pago.

En cuanto al Impuesto de Sociedades 2002, una vez resuelto el contencioso pendiente y hecho efectivo el pago, se cancela el exceso de intereses existente para este concepto.

Las liquidaciones correspondientes a BICE, aun siendo recurridas al Ayuntamiento, han sido pagadas en periodo voluntario, por lo cual no se produce dotación en este ejercicio por este motivo.

Los importes aparecen en el Cuadro 8.

12.2 Provisión para responsabilidades.

El importe más significativo corresponde a la provisión para hacer frente a responsabilidades derivadas de sentencias del Tribunal Constitucional, por litigios tarifarios.

Como ya quedó registrado en las memorias de años anteriores, a lo largo de los últimos años se han interpuesto recursos, por alguna de las empresas que operan en el Puerto de Cartagena, sobre la idoneidad del rango legislativo que daba soporte a la facturación de determinadas tarifas de tráfico de mercancías (T-3 y anterior G-3) y su catalogación como precios privados o públicos, con la correspondiente repercusión económica que de su catalogación se derivan. Como consecuencia de ello, se han dictado ya algunas sentencias, que son firmes, y que anulan las facturaciones giradas en su día por la Autoridad Portuaria.

En el año 1999, en la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y posteriormente en la disposición adicional séptima de la Ley 14/2000 se dictan la normativa que sirvió de soporte para dar cumplimiento a las sentencias dictadas y proceder a una nueva liquidación de las tarifas portuarias anuladas por sentencia judicial firme. Como consecuencia de ella, se mantenía la obligación del pago del servicio prestado, al tiempo que se anulaba las facturas generadas en su día y se sustituían por una nueva, con nuevas cuantías, aunque si como resultado de la aplicación de estos nuevos importes resultase una cantidad superior a la liquidada, se estaría, en virtud del principio de seguridad jurídica, a la cuantía contenida en la factura original. Esto llevó consigo, implícitamente, la anulación de la provisión establecida en su momento por el importe de las facturaciones recurridas y la dotación de una provisión por el importe calculado de los intereses devengados, sobre los importes pagados en su día por los usuarios, por si se considerase que se debían de abonar.

La Orden de 22 de diciembre de 2000 del Ministerio de Fomento, por la que se modifican las dos Órdenes de 30 de julio de 1998 relativas a las tarifas por servicios prestados por las Autoridades Portuarias y los límites máximos y mínimos de las tarifas por servicios, junto con la modificación de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aparecida en el mismo BOE de 30 de diciembre, añadiendo una nueva disposición adicional a dicha Ley, la vigésima segunda y modificando la trigésimo cuarta de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre, permitió provisionar solamente los pagos que hubiese que realizar como consecuencia de sentencias judiciales firmes, en el caso de reclamaciones de tarifas T-3.

Junto a los pleitos interpuestos contra la tarifa T-3, se unen los interpuestos contra la refacturación que, en su día, se produjo respecto de las antiguas tarifas G-3, de los que ya ha habido resolución firme, cuya sentencia anula también la nueva facturación emitida en sustitución de la primera. Ante esta situación, y como medida de prudencia contable, se procedió en ejercicios anteriores a provisionar el principal más los intereses que se puedan devengar desde el pago de intereses que se produjo en el momento de la nueva refacturación, hasta el cierre del ejercicio en curso. Todo ello, pensando con la información existente hasta ese momento, que los mencionados importes de las facturas originales, y que han sido provisionados, deberán de ser de nuevo facturados, en cuanto se tuviera soporte legal suficiente, dado que en caso contrario se produciría un enriquecimiento ilícito por parte de la parte demandante.

La publicación de las resoluciones del Tribunal Constitucional (18 de mayo, 15 y 29 de junio de 2009) que declara inconstitucionales los apartados primero y segundo de la disposición adicional trigésimo cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional séptima de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre se deja sin efecto las refacturaciones de liquidaciones de tarifas que, en su momento, fueron anuladas.

Esta situación provocó que la Autoridad Portuaria de Cartagena procediera a reflejar en la contabilidad la resolución, dotando una provisión, por el importe de las liquidaciones declaradas inconstitucionales.

El 27 de diciembre de 2010, se firmó Acuerdo de la Ministra de Economía y Hacienda, autorizando el expediente para atender el pago del principal más los intereses derivados de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones por tarifas portuarias practicadas por varias Autoridades Portuarias por importe de 141.102.763,28 euros, de los cuales 30.377.352,35 estaban asignados a la Autoridad Portuaria de Cartagena.

El 19 de enero de 2011 se recibe carta del presidente de Puertos del Estado, donde se comunica el procedimiento por el que Puertos del Estado procederá al libramiento de los fondos asignados para atender al pago del principal más los intereses derivados de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones por tarifas portuarias.

Siguiendo el procedimiento establecido, el 10 de febrero de 2011, la Autoridad Portuaria de Cartagena, realiza la solicitud del libramiento de los fondos anteriores así como, un importe adicional (517.388,37 euros), debido a la existencia de un remanente pendiente de aplicación de 2005, para cubrir los intereses adicionales generados por los principales anteriores, calculados hasta 31 de enero de 2011.

El 16 de marzo de 2011, Puertos de Estado, ingresa en cuenta corriente de la Autoridad Portuaria de Cartagena los importes, tanto de la cantidad aprobada inicialmente, como de la solicitada de forma adicional, para que se proceda al pago de principal e intereses de las sentencias antes mencionadas, que deberá hacerse en el plazo de un mes.

El 1 de abril de 2011 se procede al pago a los clientes de las cantidades ingresadas por Puertos del Estado.

En diciembre de 2011, Puertos del Estado remite acuerdo de la Ministra de Economía y Hacienda, por el que se aprueba expediente de modificación presupuestaria, mediante el que se realiza una transferencia de crédito a Puertos del Estado para abono de principal e intereses de demora derivados de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones tarifarias portuarias practicadas por distintas Autoridades Portuarias. Se aplicarán al pago de un tercer bloque de sentencias presentadas por el sistema portuario a través de Puertos del Estado, y que para el caso de Cartagena, asciende a 271.178,41 euros.

Dentro del concepto de responsabilidad civil y otras (59.318,63 euros), están incluidas la provisión de responsabilidad civil propiamente dicha, por importe de 33.412,14, y la derivada de la demanda interpuesta ante el Juzgado de lo Social n.º 2 de Murcia, en relación a resolución de la Dirección Provincial de Murcia del INSS, por la que se determinaba que esta Administración había incumplido las obligaciones establecidas en la disposición adicional segunda.1 y 4 del RD 1.131/2002, sobre mantenimiento de contratos de relevo y jubilación parcial, por importe de 25.906,49

La cuantía de las provisiones dotadas, donde se incluyen las actualizaciones de los intereses devengados, con cargo a resultados del ejercicio, se reflejan en el Cuadro 8.

12.3 Provisión para pensiones y obligaciones similares.

Se procedió en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1995, por parte de Puertos del Estado, en virtud de lo previsto en la Ley 30/1995 de 8 de noviembre del Seguro Privado, a formalizar un acuerdo con una compañía de Seguros para la realización de la póliza de rentas vitalicias inmediatas con los 84 pensionistas, existentes en ese momento, de esta Autoridad Portuaria. La prima única que correspondió abonar fue de 330,7 millones de pesetas. En el ejercicio de 1997 se procedió a efectuar el pago, por lo que la cuenta presenta saldo cero. Anualmente se realizan las regularizaciones correspondientes a los estudios actuariales realizados, en función de las condiciones pactadas.

12.4 Garantías comprometidas con terceros y otros pasivos contingentes.

En materia de concesiones y autorizaciones, un recurso Contencioso–Administrativo interpuesto en noviembre de 2006, por Unión Fenosa Comercializadora de Gas S.A. y otras comercializadoras, en relación al régimen tarifario aplicable a la concesión de atraque de GNL de la planta de Enagás en el Puerto de Cartagena y pendiente de resolución.

Por otra parte, se tiene presentados tres avales, dos de ellos ante la Dirección General de Industria de la región de Murcia, uno por importe de 7.212 euros y otro por importe de 62.797,10 euros, como garantía de la restauración del espacio natural de Punta Aguilones, y el tercero, ante la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe de 25.906,49 euros, como garantía de la deuda reclamada por la misma, no pagada y recurrida por la Autoridad Portuaria de Cartagena.

13. Información sobre medio ambiente

Independientemente de la Declaración Ambiental que se publica anualmente, pasamos a reseñar los gastos originados de esta naturaleza y sus conceptos.

13.1 Gastos medioambientales de explotación.

Dentro de la cuenta 629, la subcuenta 6290035, recoge los gastos derivados de diversas actuaciones medioambientales, presentando un saldo de 146.850,75 euros, cuyos principales componentes son:

● Limpiezas de aguas portuarias, con un importe de 112.586,62 euros.

● Campaña control de gaviotas, con 7.311,60 euros.

● Recogida de residuos, envases, etc., por 1.589,81 euros.

● Análisis de agua de consumo, con 1.818,78 euros.

● Mantenimiento preventivo anual de monitorización y red general de contaminación atmosférica, con 10.438,12 euros.

● Cuotas Sistema EMAS, 1.000 euros.

● Auditoría SGMA y EMAS, 3.334,80 euros.

● Control de legionelosis, 1.746 euros.

● Elaboración mapa de ruidos, 6.500 euros.

En la cuenta 622, la subcuenta 6221000, recoge el gasto de naturaleza medioambiental derivado del tratamiento dado a la recogida de residuos generados por los buques, con la entrada en vigor la Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, con un saldo de 686.275,51 euros en el presente ejercicio.

13.2 Activos adquiridos de naturaleza medioambiental.

En cuanto a los elementos inventariables incorporados al activo, relacionados con esta materia, el gasto ha ascendido a 40.269,22 euros. Destacamos como más significativos:

● Reductores de flujo, por un valor de 12.247,05 euros.

● Estación meteorológica, por un valor de 13.055,39 euros.

● Cubrealcorques ecológicos, por un valor de 24.004,05 euros.

● Equipos de fondeo para barrera de Cala Cortina, por un importe de 1.688,77 euros.

13.3 Incidencias medio ambientales.

Durante 2011 se han producido 10 situaciones con manchas o vertidos contaminantes en el mar que han supuesto la activación del PICCMA (Plan Interior de Contingencias por Contaminación Marina Accidental) y 5 incidentes en tierra en los que se ha activado el PEI (Plan de Emergencia Interior).

Activaciones del PICCMA:

– 23 de junio de 2011, aparece una mancha de hidrocarburos en el agua de origen desconocido con fuerte olor a gasoil en la zona del Muelle del Carbón, Navantia y Escala Real. Actuó la embarcación Pelican y el remolcador «Asdrubal» batiendo la zona y oxigenado las aguas.

– 25 de julio de 2011, la embarcación «Atenea» de la Cruz Roja divisa manchas de hidrocarburos en la lámina de agua junto al faro de Navidad. Actuó la embarcación Pelican y el remolcador «Glacial» batiendo la zona y oxigenado las aguas.

– 20 de agosto de 2011, aparece mancha de hidrocarburos en el agua en la dársena de Cartagena de origen desconocido. Actuó la embarcación Pelican y el remolcador «Asdrubal» batiendo la zona y oxigenado las aguas.

– 22 de agosto de 2011, vuelve a aparecer una mancha de hidrocarburos en el agua en la dársena de Cartagena de origen desconocido. Actuó la embarcación Pelican y el remolcador «Asdrubal» batiendo la zona y oxigenado las aguas.

– 22 de agosto de 2011, vertido accidental al mar de aguas oleosas en la gabarra de Cartago Marpol atracada en el Muelle de S. Pedro. Fue controlado y recogido por personal propio de Cartago Marpol sin mayores consecuencias.

– 9 de septiembre de 2011, vertido al mar de gasoil en operaciones de suministro del buque «Nicolay Kndraycev» en el frente E-025 de Escombreras. Actúa embarcación Pelican y operarios de Cartago Marpol contratados por el consignatario.

– 20 de septiembre de 2011, se produce un vertido al mar de hidrocarburos procedentes del buque «Adel» atracado en el espigón de Santiago. Actúa la embarcación Pelican batiendo y oxigenando la zona.

– 16 de septiembre de 2011, se detecta mancha de hidrocarburos en el mar junto a los buques rusos atracados en el dique Suroeste de Escombreras. Actúa remolcador «Asdrubal» y personal de Cartago Marpol contratados por el consignatario.

– 27 de octubre de 2011, se produce un vertido de aguas residuales en la zona de la cola de Ballena procedentes de una avería en el colector municipal. Actúa embarcación Pelican batiendo y limpiando la zona.

– 19 de noviembre de 2011, se produce un vertido de hidrocarburos a la rambla del Fangal y posteriormente a la dársena de Escombreras procedentes de la planta de efluentes de Repsol. Repsol activó sus medios, conteniendo, colocando barreras y recogiendo el vertido.

Activaciones del PEI:

– 28 de junio de 2011, conato de incendio en unos matorrales en el muelle P. Felipe. Actuó la Policía Portuaria con medios propios y al no ser suficientes se avisó a bomberos que terminaron de sofocarlo.

– 09 de agosto de 2011, rotura del depósito de combustible de un camión al chocar contra la báscula del Muelle de S. Pedro. Se contuvo el derrame con material absorbente y se entrego a Cartago Marpol para su gestión.

– 11 de agosto de 2011, la Guardia Civil informa de un fuerte olor a amoniaco de procedencia desconocida en el exterior del control de accesos del Muelle P. Felipe. Este episodio se repite durante varios días.

– 1 de septiembre de 2011, incendio en el depósito de azufre depositado en el frente E-025 de la ampliación de Escombreras. Fue necesaria la actuación de los bomberos que sofocaron el incendio sin mayores consecuencias.

– 20 de septiembre de 2011, vertido de hidrocarburos a tierra junto al buque «King Edward» en el frente E-017 de Escombreras. Fue contenido y recogido por personal contratado por el consignatario. No cayó al mar y no hubo mayores consecuencias.

Actuaciones más significativas.

Entre las actuaciones más significativas, podemos destacar:

– Validación de la Declaración Medioambiental 2010, certificación del SGMA de acuerdo con la NORMA ISO 14001/2004 y recertificación de la adhesión al Reglamento EMAS de acuerdo con los requisitos del Nuevo Reglamento Europeo de Gestión y Ecoauditoría Medioambientales (Reglamento CE 1221/2009 EMAS), por Lloyd’s Register Quality Assurance.

– Certificación del sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, deacuerdo con la norma OHSAS 18001/2007, por parte de Lloyd’s Register Quality Assurance.

– Campaña de control de la colonia de gaviotas patiamarillas, en la isla de Escombreras durante los meses de abril y mayo. La colonia de gaviota patiamarilla se ha fijado en unas 120 parejas, aproximadamente la cuarta parte de la colonia primitiva cuando se comenzaron los trabajos.

– En diciembre se inician los trabajos de desratización en la Isla de Escombreras realizados por la Dirección General del Medio Natural de la CARM.

– Instalación, durante el verano, de barreras protectoras anticontaminación marina, en la playa de Cala Cortina.

– Se realiza un simulacro de accidente con vertido al mar en los brazos de carga de Felguera-Ihi, en la Terminal de graneles líquidos.

– Realización en octubre de un ejercicio de despliegue de barreras anticontaminación marina accidental, en el dique suroeste de Escombreras, verificando la operatividad de los medios disponibles para cercar y contener cualquier posible vertido que pudiera producirse en las aguas portuarias, a cargo de la empresa Ecolmare.

– Recogida de 7,77 Tm. de residuos en las aguas del puerto por la embarcación «Pelican 1009» utilizadas por el servicio de limpieza de las aguas portuarias.

– Recogida, por Cartago Marpol, S.L. de 11.978 m3 de residuos procedentes de buques mediante un total de 2.904 servicios.

– Recogida de 185.008 Kg de residuos no peligrosos generados por la Autoridad Portuaria y de 652 Kg. de residuos peligrosos generados y/o recogidos en el punto verde de la Autoridad Portuaria, junto con 255 Kg. de residuos peligrosos recogidos en el punto verde para residuos de embarcaciones deportivas instalado en El Espalmador y 45 Kg. en el punto verde para embarcaciones deportivas de la dársena de Santiago.

– Durante 2011 se han realizado analíticas en la red de agua en diferentes puntos de la Zona de Servicio para controlar la posible presencia de legionella pneumófila y todos los parámetros físico-químicos a que obliga el RD 140/2003, siendo todos los resultados satisfactorios.

– En junio se realizan las tomas de muestras para analíticas periódicas en los dos colectores de alcantarillado. Esta analítica se repite el 25 de agosto de 2011, al salir algunos parámetros por encima de los límites legales.

– En julio comienzan los trabajos de limpieza, desbroce y alcorcado de la cantera en la ampliación de Escombreras. Estos trabajos han supuesto una mejora sustancial del estado de los pinos, además de la realización de un inventario de las especies.

– En marzo se entregan los Premios del concurso de ideas de mejora ambiental del puerto de Cartagena, modalidad a), a la empresa prestataria del servicio MARPOL Cartago Marpol, S.L. y a la Armada Española.

– En abril canal 7RM, televisión autonómica, realiza una grabación para el programa «Tierra y mar», sobre el control ambiental que se realiza en el puerto de Cartagena (residuos, vertidos, limpieza de las aguas y atmósfera).

– Se mantiene activa la colaboración con otras administraciones para mejorar el control y la gestión sobre el medioambiente, mediante los convenios con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el control de vertidos tierra-mar, convenio de colaboración para el sostenimiento de la red regional de vigilancia de la contaminación atmosférica y convenio de colaboración con el SEIS (Servicio de Extinción de Incendios y salvamento) del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.

– Participación activa ostentando la Presidencia del Club Emas de la Región de Murcia en:

– 3 de junio de 2011 Día Mundial del Medio Ambiente, actividades públicas en Cartagena.

– 6 de septiembre de 2011 Ponencia en la Universidad Internacional del Mar sobre Responsabilidad Social Empresarial en tiempos de crisis.

– 13 de septiembre de 2011 Participación en el Comité Técnico de Verificadores de ENAC.

– Presentación de un proyecto LIFE para la disminución y prevención de lacontaminación en el Mar Menor a través de la gestión sostenible de los puertos deportivos mediante la herramienta EMAS.

– 19 de octubre de 2011 Jornada sobre la excelencia empresarial en materia de medio ambiente en el Pol. Ind. Cabezo Beaza de Cartagena sobre Reglamento EMAS III.

– 10 de noviembre de 2011 Participación en la Jornada conmemorativa del día Mundial de la Calidad.

– 8, 9 y 17, 18 de noviembre de 2011 Curso sobre nueva Ley 21/2011 de residuos y suelos contaminados en la CROEM de Murcia.

Realización de la Memoria de Sostenibilidad 2.010, y presentación en Puertos del Estado junto al Plan de Empresa.

– Durante 2011 se han concedido bonificaciones a la tasa del buque para incentivar mejores prácticas medioambientales a 24 buques. A su vez la Capitanía Marítima de Cartagena ha concedido 5 certificados de exención de entrega de residuos a buques con escalas regulares en este puerto.

– Durante 2011 la producción de energía fotovoltaica generada por los paneles solares instalados por la APC en la Cofradía de Pescadores ha ascendido a 14.929 Kw/h.

– El consumo total de agua en el puerto durante el año 2011 ha supuesto un considerable descenso del total general de ambas dársenas, que sigue descendido, este año en un -40,80 %, pasando de 128.003 m3 (2010) a 75.775 m3 (2011). En las instalaciones propias de la Autoridad Portuaria se ha producido un descenso en el consumo del -26,47% (9.345 m3 frente 12.709 m3 en 2010). En el cómputo total de ambas dársenas el consumo no controlado supone un descenso del -76,70% para el total del puerto. Comparando con el volumen total consumido, supone un aumento en la eficacia de red, que pasa del 69,31% en 2010 al 87,92%, lo que supone alcanzar la mayor eficacia de red desde que se tienen registros.

– Durante 2011 se ha producido una variación en el total de energía eléctrica comprada en el puerto del -9,27% con respecto a 2010, el consumo propio controlado ha disminuido en una cifra similar del -9,37% y la energía vendida a usuarios ha aumentado un 9,54%. Quedando la energía vendida+resto de instalaciones con un descenso del -9,18%.

– En cuanto a consumo de combustible, durante 2011 se han consumido un total de 36.947,57 litros de gasoil, de los que 7.423 litros corresponden a las embarcaciones, 28.524 al consumo de los vehículos y 1.000 al consumo de grupos electrógenos. Esto supone un descenso del -21,04% en el total de consumo de combustible con respecto al año 2010. Destaca el descenso del -16,61% en el consumo de combustible por los vehículos del servicio.

– Se mantiene operativo el sistema propio de control de calidad del aire en la Terminal de Graneles Sólidos con el resultado de:

Valor medio anual de partículas PM10 = 52,87 μg/m3

Días en los que ha habido niveles significativos de intrusión sahariana: 82 días.

Días en los que la intrusión sahariana coincide con superación del límite legal diario: 46 días.

Valor medio anual de partículas Pm10 después de descontar los días con intrusión = 51,69 μg/m3.

– Es destacable el ahorro en emisiones a la atmósfera de CO2 que se ha generado al abrir una nueva línea para el embarque de chatarra con destino a Bilbao. En 2010 se han movido 29.332 T.m. y en 2011 89.220 T.m. lo que supondría el evitar el desplazamiento de 1.222 camiones en 2010 y 3.717 en 2011 (hay 858 km. de distancia por carretera entre Cartagena y Bilbao). Estos camiones habrían consumido 419.445,31 litros de gasoil en 2010 y 1.275.846 litros en 2011 lo equivaldría a emitir 1.105,2 T.m. de CO2 en 2010 y 3.361,8 T.m de CO2 en 2011. (2)

14. Retribuciones a largo plazo al personal

La Orden de 29 de diciembre de 1999, sobre régimen transitorio a aplicar contablemente en la exteriorización de los compromisos por pensiones, regulada en el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, aprobado por Real Decreto 1588/1999, desarrollada en la disposición adicional primera de la Ley 8/1987 de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, requiere que los compromisos por pensiones (salvo los de determinadas entidades relacionadas), se exterioricen, bien mediante contratos de seguros, bien por formalización de un plan de pensiones, sin que quepa la dotación de fondos internos. La Autoridad Portuaria optó por el segundo método, estando en la actualidad constituido un Plan de Pensiones del Sistema de Empleo, a favor de los empleados de esta Autoridad Portuaria, integrado en un Fondo de Pensiones del que es sociedad gestora «Gestión de previsión y Pensiones, E.G.F.P.,S.A.» del grupo BBVA y sociedad depositaria «BBVA Pensiones», del grupo BBVA.

15. Subvenciones donaciones y legados (nota n.º 17)

En este epígrafe están incluidas las subvenciones de capital recibidas y el valor de los activos revertidos. En el Cuadro 7 se refleja el desglose de la composición del saldo. En el Cuadro 6 se reflejan los fondos FEDER recibidos y las fechas, correspondientes a los programas operativos 2000-2006 y 2007-2013. También se refleja el desglose las obras integradas en el programa operativo 2000-2006, con las cantidades certificadas y devengadas a lo largo del periodo y el detalle de las obras integradas en el Programa Operativo de la Región de Murcia actualmente vigente, devengos y el montante de los fondos asignados.

16. Activos no corrientes mantenidos para la venta (nota n.º 6)

A 31 de diciembre de 2011 no existe ningún inmovilizado clasificado como disponible para la venta.

17. Hechos posteriores al cierre

1) El 22 de marzo de 2012, se recibe nota del Presidente de Puertos del Estado, comunicando la aprobación por parte de la Comisión Europea, del incremento de la tasa de cofinanciación de los Programas Operativos FEDER del Marco Comunitario 2007-2013, del 65% al 80%. Se comunica también que la aplicación de dicho aumento se hará con carácter retrospectivo, estando por tanto pendiente a corto plazo el reparto del 15% correspondiente a las cantidades ya declaradas a Puertos del Estado.

2) El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, en su sesión celebrada el 28 de marzo de 2012, adopta el acuerdo, por unanimidad, de autorizar, a través de la Vicaría Episcopal para la Economía de la Diócesis de Cartagena, el pago de 135.862,00 euros, correspondiente al 1% cultural del Ejercicio 2011 de la Autoridad Portuaria de Cartagena, previsto en su Plan de Empresa, y ya comentado en el apartado 9.2.2 de esta memoria, para la restauración de la Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol de Lorca, incluida en el Catálogo Monumental del Patrimonio de la citada localidad, con grado 1 de protección, la cual resultó dañada por el terremoto sufrido el 11 de mayo de 2011.

3) El 23 de febrero de 2012, la Autoridad Portuaria de Cartagena realiza solicitud de libramiento de fondos a Puertos del Estado, por un importe de 9.608,63 euros, adicionales a los 271.178,47 ya aprobados en el ejercicio 2011, para cubrir los intereses generados por los principales anteriores, desde 31 de diciembre de 2011 hasta el 31 de marzo de 2012.

18. Operaciones con partes vinculadas

Con Puertos del Estado se han realizado las siguientes operaciones:

● Aportación a Puertos del Estado, en aplicación del artículo 19.1 del R.D. Legislativo 2/20121, de 5 de Septiembre, tal como queda reflejado en la cuenta de pérdidas y ganancias, por importe de 1.320.880,45 euros.

● Asistencias a ferias y congresos, por un importe de 19.016,86 euros.

● Regularizaciones de la póliza Vida Caixa, por 35.769,18 euros.

● Operaciones derivadas de la ejecución de sentencias judiciales firmes de tarifas T-3 y G-3, por importe de 530.813,45 euros.

● Aportación neta al Fondo de Compensación Interportuario, por importe de 1.088.000 euros

19. Otra información

19.1 Personal.

La plantilla, a final de ejercicio queda con la siguiente estructura:

 

A 31 de diciembre 2010

Altas 11

Bajas 11

A 31 de diciembre 2011

Personal en convenio

139

6

4

141

Personal fuera de convenio

20

0

0

20

Personal con contrato temporal

17

6

8

15

Total

176

12

12

176

La plantilla media ha sido de 176 personas.

Respecto a la modificación introducida en el artículo 200 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas por la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la distribución por sexos de la plantilla y su movimiento en el ejercicio ha sido la siguiente:

 

Hombres

Mujeres

Total

Final 2010

151

25

176

Altas mediante convocatoria pública

3

1

4

Altas contratos temporales

6

2

8

Total altas del ejercicio

9

3

12

Bajas con derecho a indemnización

0

0

0

Bajas sin derecho a indemnización

10

2

12

Total bajas del ejercicio

10

2

12

Final 2011

150

26

176

Respecto al Consejo de Administración, está compuesto por el Presidente de la Autoridad Portuaria, el Capitán Marítimo y 13 vocales, de los cuales sólo hay nombrados 12. De los 14 miembros nombrados, 14 son hombres.

19.2 Dietas de Consejeros.

Según escrito de Puertos del Estado de 26 de Junio de 2001, se autorizó el pago de dietas para los miembros del Consejo de Administración, salvo lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de Diciembre de Incompatibilidad del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Dicha autorización quedó refrendada en el acuerdo del Consejo de Administración de 12 de Julio de 2001, donde se establecen tanto la cuantía de las dietas como su regulación. Este acuerdo se modificó parcialmente en consejo de 18 de Diciembre de 2001 en el que se incluye dentro del régimen económico del Consejo de Administración, y por tanto son perceptores de dietas, al Director de la Autoridad Portuaria y al Secretario de la Autoridad Portuaria, que lo es también del Consejo de Administración.

Con fecha 14 de febrero de 2007, la CECIR autoriza un límite máximo de 8.203,80 euros por asistencias a las sesiones, sin perjuicio de las incompatibilidades para el cobro de dietas por asistencia a consejos de los Altos cargos.

Los importes abonados en concepto de dietas por asistencia a los Consejos, han ascendido, durante el presente ejercicio, a la cifra de 114.015,09 euros, con el siguiente reparto:

● Consejeros correspondientes a representación sindical de la Autoridad Portuaria: 8.203,80 euros.

● Resto componentes externos del Consejo: 105.811,29 euros.

19.3 Seguridad laboral.

Sigue vigente el convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena firmado en diciembre de 2002, para la prevención y extinción de incendios en la zona de servicios del puerto, que contempla la realización de cursos de formación del personal del Parque de Bomberos, y la aportación, en su caso de material apropiado.

19.4 Información complementaria.

Se incluye el cuadro de financiación correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2011 con el origen y aplicación de fondos y la variación de circulante, que ha aumentado en 2,33 millones de euros.

19.5 Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a proveedores. Disposición adicional tercera. «Deber de información» de la Ley 15/2010, de 5 de julio.

De acuerdo con las instrucciones publicadas en la Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales, en relación a los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales se suministra el siguiente cuadro:

Pagos realizados y pendientes de pago en la fecha de cierre del balance

2011

2010

Importe

%

Importe

%

Dentro del Plazo máximo legal

3.010.377,93

75,48

2.947.254,18

81,05

Resto

978.074,57

24,52

689.095,49

18,95

Total pagos del ejercicio

3.988.452,50

100,00

3.636.349,67

100,00

PMPE (días) de pagos

18,15

 

9,38

 

Aplazamientos que a la fecha de cierre sobrepasan en plazo máximo legal

58.715,00

 

11.431,62

 

El PMPE de 18,15 días, se debe en su mayoría a facturas que son registradas de entrada en la Autoridad Portuaria con fecha muy posterior a la de emisión de las mismas, la cual sirve referencia para el cálculo del periodo legal de pago.

Tanto las cuentas del ejercicio, como la memoria que acompaña a las mismas se terminan de formular el 31 de marzo de 2012.

Conforme

Fdo.: M.ª José Barahona Moreno

Fdo: José Pedro Vindel Muñiz

Jefe Dto. Económico-Financiero

Director General

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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