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Documento BOE-A-2012-1409

Resolución de 17 de enero de 2012, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se publica la relación de plazas que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2012, páginas 8374 a 8380 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-A-2012-1409

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la base decimosexta de la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia («Boletín Oficial del Estado» de 19 de mayo de 2010),

Esta Dirección General en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 75.2 del Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, resuelve:

Primero.

Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Canarias (anexo I), que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa convocado por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo.

Segundo.

Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito se presentarán en la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia –calle Francisco Gourié, 107, 4ª planta, 35002 Las Palmas de Gran Canaria, o Avenida José Manuel Guimerá, 10, Edif. Usos Múltiples II, 1ª planta, 38071 Santa Cruz de Tenerife–, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrán de tener entrada en el Registro General de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán en las oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de correos antes de ser remitidas.

Tercero.

Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como Anexo II de esta Resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:

En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta un máximo de 50 puestos de trabajo, indicando el órgano, la localidad y la provincia.

En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, se seguirá el orden de preferencia por provincias que los interesados indiquen en el modelo de solicitud.

Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:

1. Tribunales Superiores de Justicia.

2. Audiencias Provinciales.

3. Fiscalías.

4. Institutos de Medicina Legal.

5. Decanatos y servicios comunes.

6. Juzgados de Instrucción.

7. Juzgados de lo Penal.

8. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

9. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

10. Juzgados de Primera Instancia.

11. Registros Civiles Exclusivos.

12. Juzgados de lo Mercantil.

13. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

14. Juzgados de lo Social.

15. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

16. Juzgados de Menores.

17. Juzgados de Paz.

Cuarto.

Una vez finalizado el curso selectivo y el período de prácticas y sumadas estas puntuaciones a la de la fase de oposición se procederá a la adjudicación según el orden obtenido en todo el proceso selectivo.

Quinto.

Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

Sexto.

De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.

Séptimo.

La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de Canarias.

Octavo.

Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.

Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer Recurso Potestativo de Reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes, o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Las Palmas de Gran Canaria, 17 de enero de 2012.–El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandro Parres García.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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