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Por Orden de 15 de julio de 2011, la Consejería de Educación, de la Comunidad Autónoma de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 3 de agosto), en ejecución de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 623/2009, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se incluye a doña María del Rocío Ortiz Campos en la lista de aspirantes seleccionados correspondiente a la convocatoria del procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 9 de marzo de 2009 (BOJA del 10) y se nombra funcionaria en prácticas.
Concluida la fase de prácticas, la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Orden de 3 de septiembre de 2012 (BOJA del 26), aprueba el expediente del procedimiento selectivo en relación a doña María del Rocío Ortiz Campos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010 de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, especialidad educación primaria, a doña María del Rocío Ortiz Campos, con Número de Registro de Personal 3405116957 A0597, Documento Nacional de Identidad 34051169, Turno 01 y una puntuación de 8,5420.
La Sra. Ortiz Campos, se considerará ingresada en el Cuerpo de Maestros con efectos de 1 de septiembre de 2010.
La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 26 de octubre de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
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