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Documento BOE-A-2012-13631

Resolución de 1 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica la Addenda al Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid para la ejecución de las medidas cautelares de internamiento y de las de régimen cerrado impuestas en sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de Responsabilidad Penal de los Menores.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 2 de noviembre de 2012, páginas 77415 a 77417 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-13631

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 1 de enero de 2012 se ha suscrito la Addenda al Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Consejería de Presidencia y Justicia de la Comunidad de Madrid para el ejecución de las medidas cautelares y de las de régimen cerrado impuestas en sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de Responsabilidad Penal de los Menores, suscrito el 1 de enero de 2011.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de octubre de 2012.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.

ANEXO

Addenda 2012 para la prórroga del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid para la ejecución de las medidas cautelares de internamiento y de las de régimen cerrado impuestas en sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de Responsabilidad Penal de los Menores, suscrito el 1 de enero de 2011.

En Madrid a 1 de enero de 2012.

REUNIDOS

De una parte el Ministro de Justicia, don Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, en nombre y representación del Ministerio de Justicia y en uso de las competencias que le corresponden en virtud de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y

La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, doña Ana Mato Adrover, nombrada por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y en uso de las competencias que le corresponden en virtud de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992.

De otra parte la Excma. Sra. doña Regina Plañiol de Lacalle, Consejera de Presidencia y Justicia de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 13/2011, de 16 de junio, (BOCM n.º 142 de 17 de junio de 2011) de la Presidenta de la Comunidad de Madrid y Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2004, de 10 de diciembre (BOCM de 14 de diciembre de 2004) por la que se crea este organismo autónomo adscrito a la Consejería de Presidencia y Justicia, en representación de la Comunidad de Madrid, por Delegación de firma de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Decreto 35/2011, de 20 de septiembre de 2011, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, según redacción dada por la Ley 13/2002, de 20 de diciembre.

Las partes, en virtud de la representación que ostentan, en el ejercicio de sus respectivas atribuciones y en el mutuo y recíproco reconocimiento de las facultades derivadas de la mencionada representación,

MANIFIESTAN

Que el artículo 54, apartado 1, de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, establece que la ejecución de la detención preventiva, de las medidas cautelares de internamiento o de las medidas impuestas en la sentencia, acordadas por el Juez Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, se llevará a cabo en los establecimientos y con el control del personal especializado que el Gobierno ponga a disposición de la Audiencia Nacional, en su caso, mediante convenio con las Comunidades Autónomas. A tal efecto, y para las medidas de régimen cerrado, se han venido firmando, desde el año 2001, diversos convenios que establecían las bases de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid.

Que diversos motivos aconsejaron la suscripción, el 1 de enero de 2011, de un nuevo Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia y Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) y la Comunidad de Madrid que actualizaba la colaboración entre las entidades firmantes desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011.

II

Que el convenio prevé, en su cláusula décima, su prórroga, por acuerdo expreso de las partes

Por todo ello, vistas las competencias y atribuciones correspondientes a cada una de las partes firmantes,

ACUERDAN

Prorrogar desde el 1 de enero al 31 diciembre de 2012 el convenio de colaboración, suscrito el día 1 de enero de 2011, para la ejecución de las medidas cautelares de internamiento y de las medidas de régimen cerrado impuestas en sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de lo dispuesto por la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.

Para el cumplimiento del objeto de la addenda, y según lo establecido en la cláusula sexta del Convenio, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad comprometerá un importe máximo de 378.000,00 € (trescientas setenta y ocho mil euros) con cargo a la aplicación 26.16.231G.226.99 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, quedando condicionada esta Addenda a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del convenio en el momento de la adquisición del compromiso de gasto.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad regularizará contable y presupuestariamente el importe del gasto autorizado y comprometido en función del número de menores atendidos.

El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.–La Consejera de Presidencia y Justicia, (PDF: Decreto 35/2011, de 20 de septiembre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid), Regina Plañiol de Lacalle.

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