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Documento BOE-A-2012-13261

Resolución de 28 de septiembre de 2012, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones de la modalidad A del subprograma de estancias de movilidad de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2012, páginas 75467 a 75469 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-13261

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 9) se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

Por otra parte, en el artículo 7 de la Orden EDU/1456/2010, de 26 de mayo (BOE del 4 de junio) por la que se convocan subvenciones del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, se indica que las entidades a las que se adscriban los beneficiarios de las citadas convocatorias asumirán la condición de entidad colaboradora.

Al respecto y de conformidad con dicha normativa, las universidades y organismos receptores de beneficiarios de subvenciones de «Estancias de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros» vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración, en el que se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3.m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución de la Secretaría General de Universidades.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para la Modalidad A del Subprograma de «Estancias de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros» y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en ciento veinticinco euros por beneficiario y año.

2. La compensación referida al ejercicio 2011, por un importe de 55.625.00 €, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.01 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2012.

3. En el Anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios activos en el ejercicio 2011. Asimismo, a aquellos organismos que se han incorporado como entidades colaboradoras en el ejercicio 2011, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en el inicio de la gestión, se les abona 3.000,00 €.

Madrid, 28 de septiembre de 2012.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de beneficiarios con estancias en 2011 de movilidad de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros

Organismo

N.º beneficiarios activos en 2011

Cuantía por gestión de beneficiario

Cuantía por inicio como entidad colaboradora

Total gastos gestión

CENTRO DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGROALIMENTARIA DE ARAGON (CITA)

1

125,00

0,00

125,00

CENTRO INVESTIGACION ENERGETICA,MEDIOAMBIENTAL Y TECNOLOGICA

1

125,00

0,00

125,00

CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS

39

4.875,00

0,00

4.875,00

CONSORCI INSTITUT D’INVESTIGACIONS BIOMEDIQUES AUGUST PI I SUNYER

1

125,00

0,00

125,00

CONSORCI MAR PARC DE SALUT DE BARCELONA

1

125,00

3.000,00

3.125,00

CONSORCIO LABORATORIO CSIC-IRTA DE GENETICA MOLECULAR

3

375,00

0,00

375,00

FUNDACION CDAD VALENCIANA INVESTIGACION AGROALIMENTARIA (AGROALIMED)

1

125,00

3.000,00

3.125,00

FUNDACION GENERAL DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID

1

125,00

3.000,00

3.125,00

INST. NAL. DE INVEST. Y TECNOLOGIA AGRARIA Y ALIMENTARIA

2

250,00

0,00

250,00

INSTITUCIO CATALANA DE RECERCA I ESTUDIS AVANÇATS (ICREA)

1

125,00

3.000,00

3.125,00

INSTITUT DE RECERCA I TECNOLOGIA AGROALIMENTARIES

1

125,00

0,00

125,00

INSTITUTO ANDALUZ DE INVESTIGACION Y FORMACION AGRARIA, PESQUERA, ALIMENTARIA Y PRODUCCION ECOLOGICA

1

125,00

0,00

125,00

INSTITUTO DE ASTROFISICA DE CANARIAS

1

125,00

0,00

125,00

INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA

1

125,00

0,00

125,00

INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA

2

250,00

0,00

250,00

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BARCELONA

21

2.625,00

0,00

2.625,00

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID

9

1.125,00

0,00

1.125,00

UNIVERSIDAD CARLOS III

10

1.250,00

0,00

1.250,00

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

18

2.250,00

0,00

2.250,00

UNIVERSIDAD DE ALCALA DE HENARES

3

375,00

0,00

375,00

UNIVERSIDAD DE ALICANTE

8

1.000,00

0,00

1.000,00

UNIVERSIDAD DE ALMERIA

3

375,00

0,00

375,00

UNIVERSIDAD DE BARCELONA

9

1.125,00

0,00

1.125,00

UNIVERSIDAD DE BURGOS

2

250,00

0,00

250,00

UNIVERSIDAD DE CADIZ

8

1.000,00

0,00

1.000,00

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

8

1.000,00

0,00

1.000,00

UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

6

750,00

0,00

750,00

UNIVERSIDAD DE CORDOBA

4

500,00

0,00

500,00

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

4

500,00

0,00

500,00

UNIVERSIDAD DE GIRONA

1

125,00

0,00

125,00

UNIVERSIDAD DE GRANADA

11

1.375,00

0,00

1.375,00

UNIVERSIDAD DE HUELVA

5

625,00

0,00

625,00

UNIVERSIDAD DE JAEN

2

250,00

0,00

250,00

UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

1

125,00

0,00

125,00

UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

4

500,00

0,00

500,00

UNIVERSIDAD DE LEON

1

125,00

0,00

125,00

UNIVERSIDAD DE LLEIDA

3

375,00

0,00

375,00

UNIVERSIDAD DE MALAGA

13

1.625,00

0,00

1.625,00

UNIVERSIDAD DE MURCIA

6

750,00

0,00

750,00

UNIVERSIDAD DE NAVARRA

7

875,00

0,00

875,00

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

3

375,00

0,00

375,00

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

8

1.000,00

0,00

1.000,00

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

5

625,00

0,00

625,00

UNIVERSIDAD DE SEVILLA

17

2.125,00

0,00

2.125,00

UNIVERSIDAD DE VALENCIA / ESTUDI GENERAL

11

1.375,00

0,00

1.375,00

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

3

375,00

0,00

375,00

UNIVERSIDAD DE VIGO

9

1.125,00

0,00

1.125,00

UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

8

1.000,00

0,00

1.000,00

UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA

4

500,00

0,00

500,00

UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ DE ELCHE

5

625,00

0,00

625,00

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA

2

250,00

0,00

250,00

UNIVERSIDAD PABLO OLAVIDE DE SEVILLA

3

375,00

0,00

375,00

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA

4

500,00

0,00

500,00

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CATALUÑA

4

500,00

0,00

500,00

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID

5

625,00

0,00

625,00

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA

7

875,00

0,00

875,00

UNIVERSIDAD POMPEU FABRA

2

250,00

0,00

250,00

UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS

2

250,00

0,00

250,00

UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

1

125,00

0,00

125,00

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

7

875,00

0,00

875,00

UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI DE TARRAGONA

5

625,00

0,00

625,00

UNIVERSITAT JAUME I DE CASTELLO

10

1.250,00

0,00

1.250,00

Total

349

43.625,00

12.000,00

55.625,00

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