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Documento BOE-A-2012-13207

Resolución de 5 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Estación de aforos de La Herrería sobre el río Cuervo en los términos municipales de Beteta y Santa María del Val, Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 24 de octubre de 2012, páginas 75181 a 75194 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-13207

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado n) del grupo 9 del anexo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la citada Ley, por decisión de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, de fecha 12 de mayo de 2010, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor del proyecto es «Navarro Generación, S.A.», y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

El objeto del proyecto es completar el sistema de control de caudales global de entrada y salida de la presa de la Tosca, mediante la instalación de una estación de aforos, con el fin de obtener datos fiables y necesarios para el correcto funcionamiento de la presa. Además, se pretende comprobar qué caudal de las surgencias ubicadas aguas arriba de la estación proyectada tienen su origen en pérdidas del vaso del embalse.

La zona de actuación se localiza en el curso del río Cuervo, en el paraje La Herrería, aguas abajo del embalse de La Tosca, afectando las diferentes alternativas estudiadas a los términos municipales de Santa María del Val y de Beteta (Cuenca).

La estación de aforos se diseña para que aprecie con suficiente precisión caudales en torno a 500 l/s. Estará constituida por un tramo de control de 2 m de longitud, de sección rectangular de 6 m de anchura (transversal al cauce del río Cuervo) y 1,5 m de altura. Los cajeros se apoyarán en las riberas y serán de hormigón armado anclado a la roca madre y tendrán un espesor de 20-50 cm.

Al final del tramo, transversalmente a la corriente, se dispondrá un vertedero en pared delgada, formado por una chapa de acero galvanizado del mismo ancho que la sección de control y colocado de modo que, su borde superior se sitúe 20 cm sobre la solera de hormigón.

Aguas abajo se prolongará la solera de hormigón en un tramo de 70 cm de longitud, dentro del cual queda embebido un canal transversal al río de 40 cm de ancho y profundidad variable, entre 9 y 25 cm. Este canal constituye el cuenco del vertedero y su salida será un pequeño tramo de 30 cm de longitud y 50 × 25 cm de sección, que se prolongará aguas abajo hasta incorporarse plenamente a la sección del río.

El acceso a la zona de actuación se realizará a través de caminos ya existentes, partiendo de la CU-V-9031, a su paso por Santa María del Val.

La estación de aforos contará con un limnígrafo o sonda de nivel que permitirá una lectura continua de nivel, vía módem GSM, no siendo necesario el suministro de energía eléctrica, ya que se abastecerá mediante un panel solar.

Además, se realizarán las siguientes actuaciones complementarias:

Acondicionamiento de un canal de desvío en la margen izquierda del cauce, tras el apoyo del cajero izquierdo. Este canal se eliminará tras las obras.

Ejecución de una ataguía sobre el cauce principal para la protección de las obras, que será retirada finalizadas estas, quedando el lecho y márgenes del cauce en las condiciones iniciales.

Acondicionamiento de parte del acceso existente mediante poda o eliminación de vegetación arbustiva, retirada de rocas y acondicionamiento puntual del firme. Se actuará en el tramo vado-zona de estación de aforos (1.170 m) y en el tramo camino Santa María del Val -zona de vado (1.425 m).

Durante la obra se dispondrá de una zona de acopios y maquinaria de 10 × 5 m, aledaña a las ruinas de La Herrería, siendo necesario acondicionar el acceso entre esta zona y la zona de obras en el cauce para el trasiego de materiales, de 30 m de una longitud y unos 5 m de anchura.

Las distintas alternativas contempladas en el proyecto se recogen más detalladamente en el apartado 4.1, análisis ambiental para selección de alternativas de la presente declaración.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La estación de aforos se localiza en la cuenca hidrográfica del Tajo, subcuenca del Guadiela, en el curso del río Cuervo, aguas abajo del embalse de La Tosca, en una zona cercana a las antiguas instalaciones de La Herrería. Como red secundaria destacan el Barranco de la Herrería, afluente del Cuervo por su margen izquierda a unos 300 m aguas arriba de la zona de actuación, y el Barranco de Mingoleño que afluye por su margen derecha, a unos 1.200 m aguas abajo de la zona de actuación.

Espacios naturales protegidos. El proyecto se sitúa sobre el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES4230014 Serranía de Cuenca y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000162 Serranía de Cuenca, espacios incluidos en la Red Natura 2000, y el Área Importante para las Aves (IBA) número 187 Serranía de Cuenca. Estos elementos están incluidos en el Catálogo de hábitat y elementos geomorfológicos de protección especial en Castilla-La Mancha, establecido por la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha. La zona de actuación también está integrada en el plan de la Red de Áreas Protegidas de Castilla-La Mancha, con la previsión de ser en un futuro monumento natural.

Vegetación. En el entorno del proyecto se desarrollan, según ha informado el entonces Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha, los hábitat de interés comunitario prioritarios 7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf («Cratoneurion»), 9180* Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del «Tilio-Acerion» y 9530* Pinares (sud-) mediterráneos de pinos negros endémicos. También aparecen el 5110 Formaciones estables xerotermófilas de «Buxus sempervirens» en pendientes rocosas («Berberidion p.p.») y el 9240 Bosques de «Quercus ilex» y «Quercus rotundifolia». Además, la actuación se sitúa en zonas inventariadas con los hábitat naturales de interés comunitario 3140 Aguas oligomesotróficas calcáreas con vegetación béntica de «Chara spp.» y 92A0 Bosques de galería de «Salix alba» y «Populus alba».

Del mismo modo, aparecen hábitat incluidos en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (Decreto 33/1998, de 5 mayo), en concreto, galerías fluviales arbóreas y arbustivas, bosques relícticos del tipo eurosiberiano y comunidades ribereñas y palustres de grandes cárices amacollados.

Fauna. En cuanto a las especies ligadas al ecosistema fluvial cabe reseñar la presencia de nutria («Lutra lutra»), boga de río («Chondostroma willkommii»), y murciélago de herradura («Rhinolophus ferrumequinum»), todas ellas incluidas en el anexo II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la ranita de San Antonio («Hyla arborea») incluida en el anexo V de la citada Ley y el martín pescador común («Alcedo atthis»). Este tramo del río es hábitat de trucha común («Salmo trutta»), especie de distribución restringida.

En la hoz del río Cuervo, aguas abajo de la presa de la Tosca, se localizan zonas de anidamiento de águila real («Aquila chrysaetos») y de alimoche común («Neophron percnopterus»), ambas incluidas en el citado Catálogo Regional, siendo hábitat de otras especies incluidas también en el anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, como el halcón peregrino («Falco peregrinus»), el buitre leonado («Gyps fulvus») o el búho real («Bubo bubo»).

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.

3.1.1 Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 20 de julio de 2009, momento en que se recibe en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el documento ambiental del proyecto.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Una vez recibidos los ejemplares necesarios para efectuar las consultas, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 24 de febrero de 2010, estableció un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, para determinar la necesidad de someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental y sobre las implicaciones ambientales del mismo. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados (1)

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

X

Subdelegación del Gobierno en Cuenca.

Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente4 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección General del Agua de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Diputación Provincial de Cuenca.

Ayuntamiento de Beteta (Cuenca).

Ayuntamiento de Santa María del Val (Cuenca).

WWF/Adena.

SEO/BirdLife.

Ecologistas en Acción de Castilla-La Mancha.

(1) En este capítulo figuran los nombres que tenían los organismos consultados en el momento en que se efectuaron las consultas previas. No obstante, se destaca que algunos de estos organismos han variado desde el inicio del procedimiento hasta la fecha de elaboración de esta declaración de impacto ambiental.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Confederación Hidrográfica del Tajo señala como principales impactos los derivados de las obras de acceso, la afección a una franja de vegetación ripícola y el impacto paisajístico de la estación de aforos. Indica las medidas que se deben adoptar para minimizarlos y resta importancia a la posible pérdida de continuidad del río generada por la construcción de la estación, dada la presencia de la presa aguas arriba.

El organismo autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha opina que el caudal de servidumbre debería controlarse a pie de presa, y no aguas abajo donde ya incorpora caudales procedentes de surgencias naturales de la hoz. Considera que la alternativa 3, en el paraje La Herrería, tiene afección significativa y no garantiza el mantenimiento en un estado de conservación favorable de los recursos naturales que han motivado la declaración de esta área como Zona Sensible. Propone que la estación de aforos se ubique a pie de presa, tal como propone la alternativa 1, única ubicación que considera viable desde el punto de vista de la conservación de los recursos protegidos. Indica que, si se opta por esta ubicación o si se establecen otros sistemas y métodos de control y medición menos agresivos, no sería necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por último, en caso de realizarse el proyecto con esta alternativa 1,establece una serie de condiciones que se deben cumplir, encaminadas a minimizar las posibles afecciones sobre el medio hídrico, la fauna, la vegetación y el paisaje.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha informa que, de optarse por la alternativa 3, el proyecto deberá someterse a procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y señala una serie de consideraciones a tener cuenta: necesidad de justificar la solución finalmente elegida, la adopción de un calendario de obras respetuoso con la aviafauna detectada, la realización de las obras durante el estío, adaptación del proyecto a los requerimientos ecológicos de la trucha común, evitar afección sobre los hábitat protegidos y restauración de los terrenos ocupados.

La Dirección General del Agua de Castilla-La Mancha establece la imposibilidad de localizar ningún tipo de obra, instalación auxiliar o residuos sólidos urbanos, durante la fase de construcción o de explotación, en zonas que por erosión, escorrentía o lixiviación puedan contaminar las aguas superficiales o subterráneas. Además, considera necesario que en la fase de ejecución se preste especial atención a los vertidos líquidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria empleada, concretamente a los aceites usados, e indica que deberán ser almacenados en bidones, para su posterior retirada por gestor autorizado.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

Con fecha 12 de mayo de 2010, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental comunicó al promotor la decisión de someter el proyecto al procedimiento de evaluación ambiental, remitiéndole el resultado de las contestaciones a las consultas así como los aspectos más relevantes que debía incluir el estudio de impacto ambiental.

Con 28 de mayo y 13 de julio de 2010 se remiten al promotor las contestaciones recibidas fuera de plazo correspondientes al Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha y la Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública. Resultado.

La Confederación Hidrográfica del Tajo sometió la documentación técnica de las obras del proyecto de construcción de estación de aforos en el paraje «La Herrería», aguas abajo de la presa de La Tosca, en el cauce del río Cuervo, término municipal de Beteta (Cuenca), al trámite de información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca», número 143, de 17 de diciembre de 2010.

Con fecha 9 de mayo de 2011 se recibe en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procedente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, el expediente completo del proyecto que incluye el resultado de la información pública y el estudio de impacto ambiental.

Durante la información pública se recibieron cinco informes procedentes de la entonces Dirección General de Medio Natural y Política Forestal (actual Subdirección General de Medio Natural del MAGRAMA); la Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Castilla-La Mancha; el Ayuntamiento de Beteta; WWF/Adena y Ecologistas en Acción-Cuenca.

Observadas ciertas irregularidades en el anuncio del «Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca» y en el trámite de información pública, con fecha 17 de junio de 2011, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental requiere a la Confederación Hidrográfica del Tajo, como órgano sustantivo en el procedimiento, que subsane el trámite de información pública de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008.

La Confederación Hidrográfica del Tajo sometió de nuevo la documentación técnica de las obras y el estudio de impacto ambiental del proyecto, al trámite de información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca», número 85, de 22 de julio de 2011.

Con fecha 8 de noviembre de 2011 se recibe en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procedente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, el resultado de esta segunda información pública, durante la que únicamente se ha recibido un escrito procedente de WWF/Adena.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los informes recibidos durante los dos periodos de información pública del proyecto y la respuesta del promotor a los mismos:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal indica que el estudio de impacto ambiental no realiza una valoración detallada de la afección sobre la biodiversidad y la Red Natura 2000, ni una valoración de la posible modificación del régimen del río. No obstante, considera que el proyecto es de pequeña magnitud y presenta afecciones no relevantes. Propone una serie de medidas para evitar y/o minimizar los posibles impactos sobre la biodiversidad, relativas a la ubicación de las instalaciones auxiliares, caminos de acceso, delimitación zona de actuación, calendario de obras respetuoso con los periodos críticos de las especies de fauna presente, medidas antidispersión de material y restauración de las zonas afectadas por las obras.

El promotor indica que todas esas sugerencias ya han sido tenidas en cuenta en el EsIA.

La Dirección General de Política Forestal de Castilla-La Mancha informa que, detectadas posibles afecciones a bienes y recursos naturales de su competencia, igual a lo ya manifestado en consultas previas, remite informe a la DG de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.

El Ayuntamiento de Beteta considera que, teniendo en cuenta los informes emitidos por las distintas administraciones durante la tramitación del proyecto, no procede la ubicación elegida. Informa que la construcción de la estación de aforos es un acto sometido a licencia municipal de obras, con la obtención previa de calificación urbanística, que requiere la autorización de todas las administraciones públicas competentes.

El promotor indica que ni la estación de aforos seleccionada en el EsIA ni los accesos se ubican en ese término municipal.

WWF/Adena y Ecologistas en Acción de Cuenca opinan que la ubicación de unas surgencias (que no proceden en su totalidad de la presa) aguas abajo de la zona donde se pretende ubicar la estación de aforo, falsea la medición real de los caudales ecológicos que debería aportar la presa de la Tosca. Por ello, consideran que la estación de aforos debe situarse aguas arriba del aporte de surgencias. Además consideran excesivo el dimensionado de la estación de aforos y recomiendan reducir su anchura para que sea eficaz.

Critican que no se haya tenido en cuenta la presencia, además de la trucha común, de otras especies de peces catalogadas o de interés especial. Consideran que se deberían establecer limitaciones de calendario de obras y de actuaciones para minimizar la afección a la ictiofauna, aunque reconocen que la movilidad de la población de trucha no se verá afectada por la estación de aforos.

WWF/Adena en la segunda información pública, indica que sólo apoya la construcción del aforo en las alternativas 3 y 4, pero usando como acceso un camino que sale a pie de presa. Rechaza el uso del acceso existente que propone el promotor porque, en su opinión, se encuentra en muy mal estado y precisa de un acondicionamiento que causaría un daño significativo en el paisaje, una gran cantidad de desechos vegetales y minerales; y favorecería el acceso a una zona muy naturalizada, lo que incrementaría las molestias a la fauna protegida.

El promotor sostiene que la ubicación seleccionada (alternativa 3) es la única técnica y ambientalmente viable. Además, señala que esta localización ya cuenta con acceso, siendo sólo necesario un ligero acondicionamiento del mismo, estando el resto del camino en uso. Informa que se ha proyectado una estación de aforos de las habitualmente recomendadas y utilizadas para el rango de caudales a medir. Indica que las obras se realizarán fuera del periodo reproductor de las especies piscícolas presentes para evitar su afección.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto. Consultas complementarias e información complementaria solicitada por el órgano ambiental.

Una vez analizado el proyecto y su estudio de impacto ambiental, el 17 de julio de 2011, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitó información, a la Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla- La Mancha, para valorar los posibles impactos que la ejecución del proyecto pudiera ocasionar a la Red Natura 2000 y sobre las medidas propuestas por el promotor para solventar los impactos, si los hubiera.

Con fecha 8 de septiembre de 2011 se recibe la respuesta de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental de la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha, adjuntando un informe del órgano ambiental competente, Servicio de Áreas Protegidas y Biodiversidad de la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de Cuenca, que expresa que la actuación proyectada supondría:

Alteración de los hábitat de interés comunitario presentes en el LIC Serranía de Cuenca y afección a las especies ligadas al ecosistema fluvial incluidas en el anexo II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

Degradación del hábitat de la avifauna presente en la ZEPA, posible pérdida de la puesta de las aves si no se respetasen los periodos críticos; y el consiguiente desplazamiento a otras zonas menos alteradas.

Afección a otros recursos protegidos a nivel regional, como hábitat, elementos geomorfológicos y especies.

En cuanto a las medidas propuestas por el promotor, estima que se deberían aplicar, adaptándolas a la alternativa 1, a pie de presa. Considera que el control del caudal debe realizarse desde la presa de la Tosca, punto donde se produce el impacto, y no aguas abajo de la presa, lugar donde se incorporan los caudales de surgencias naturales que enmascaran las necesidades hídricas reales. Por último, recomienda unas medidas adicionales a adoptar en la ejecución de dicha alternativa con el fin de paliar efectos negativos en el entorno.

El 19 de diciembre de 2011 se solicita al promotor que dé contestación a los informes emitidos durante los dos periodos de información pública del proyecto, así como a las consideraciones realizadas por el órgano ambiental autonómico.

Con fecha 27 de diciembre de 2011 se recibe informe del promotor, cuyo contenido se recoge en el siguiente apartado 4, integración de la evaluación. La respuesta del promotor pone en entredicho el análisis de alternativas incluido en el estudio de impacto ambiental por ello, el 6 de febrero de 2012, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural insta al promotor a aportar la documentación necesaria para subsanar esa cuestión, la cual se recibe el 5 de marzo de 2012, acompañada de un reportaje fotográfico de las distintas alternativas. El escrito recibido genera dudas sobre la ubicación del proyecto, por lo que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural solicita al promotor que aclare su opinión y justifique la alternativa finalmente seleccionada.

Paralelamente, a la vista de la respuesta del promotor a los distintos informes emitidos durante la información pública, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural decidió consultar a la Confederación Hidrográfica del Tajo, órgano sustantivo, en la fecha 6 de febrero de 2012, sobre su contenido.

Las contestaciones se reciben con fecha 20 y 21 de febrero de 2012, cuyas consideraciones son:

Sobre el origen de las surgencias: La Confederación informa que, con los datos disponibles, es imposible determinar el origen de las surgencias en el cauce. No obstante, opina que puede tratarse de un acuífero más o menos karstificado con elementos de descarga a través de la surgencia, que se ve fuertemente alimentado por el embalse. Señala que una manera inocua de estudiar el origen de las surgencias es el análisis de los caudales evacuados por la presa con la estación de aforo propuesta.

Sobre el dimensionamiento de la estación de aforos proyectada: La Confederación no aprecia razones de peso para variar el diseño de la estación de aforos proyectada. Es más, considera que una reducción de la anchura provocaría un aumento de la velocidad del agua y, consecuentemente, de su capacidad de erosión aguas abajo de la estación, acrecentando la dificultad para el paso de las especies piscícolas, además de aumentar la fragilidad de la estación de aforos en avenidas.

Sobre la mejor ubicación para la estación de aforos: La Confederación se decanta por la alternativa 3 porque a diferencia de la alternativa 1, permite medir el conjunto de caudales que salen del embalse, hidráulicamente es más estable y presenta mejor accesibilidad.

Sobre la previsión de caudales ecológicos en el nuevo plan de la Demarcación: La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación informa que el borrador del Plan Hidrológico fija el caudal ecológico de la masa de agua Río Cuervo aguas abajo de La Tosca en 0,5 m3/s.

En escrito recibido el 17 de abril de 2012, el promotor se decanta por la alternativa 3 resaltando las ventajas apuntadas por la Confederación Hidrográfica del Tajo en su informe.

Por otro lado, ante las discrepancias surgidas a lo largo de la tramitación ambiental del proyecto sobre la ubicación de la estación de aforos, se decide, con fecha 3 de abril de 2012, solicitar a la Dirección General de Montes y Espacios Naturales y al Servicio Provincial de Montes y Espacios Naturales en Cuenca de Castilla-La Mancha informe definitivo sobre la mejor ubicación para la estación de aforos proyectada tendiendo en cuenta tanto su viabilidad ambiental como su funcionalidad.

Con fecha 17 de mayo de 2012 se recibe un informe de los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Cuenca, el que informa favorablemente la instalación de la estación de aforos en la alternativa 3, debiéndose cumplir una serie de prescripciones, las cuales pasan a formar parte del condicionado de la presente resolución.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El estudio de impacto ambiental contempla, además de la alternativa cero o de no actuación, dos grupos de alternativas referidos a la ubicación de la estación de aforo y al sistema de control/medición a implantar. La alternativa cero se descarta porque supone seguir careciendo de datos del funcionamiento hidrológico del sistema del embalse de La Tosca lo que conlleva una mala gestión en el aprovechamiento de la energía hidroeléctrica y posibles repercusiones sobre los caudales ecológicos necesarios en este tramo del río Cuervo.

Para la ubicación de la estación de aforos se plantean cuatro alternativas: A pie de la presa de La Tosca (alternativa 1), aguas abajo del aporte del manantial de La Herrería (alternativa 2), en torno a la antigua herrería (alternativa 3) y entre el punto de vado del río y la alternativa de ubicación 3 (alternativa 4).

El promotor realiza un examen comparativo de las alternativas de ubicación cuantificando la afección que produciría cada una de ellas sobre los principales elementos del medio. La solución finalmente adoptada es la alternativa 3 por ser la que menor afección global produce sobre la vegetación, avifauna, ictiofauna, paisaje y geomorfología del entorno, ya que, a pesar de que se actúa sobre una zona más naturalizada que la ubicación de la alternativa 1, los accesos ya existen, no hay vegetación de interés para acopios y trasiego de maquinaria, no existe vegetación en la ribera sometida a obras, un largo tramo del cauce en esta zona no presenta variaciones de nivel y su geomorfología es sencilla, haciendo posible su dimensionado y construcción, no existe riesgo de pronta destrucción de la estación por fuertes caudales temporales, y finalmente, teniendo en cuenta el funcionamiento hidrológico e hidrogeológico de la presa, se considera una ubicación adecuada.

La Confederación Hidrográfica del Tajo y WWF/Adena se muestran favorables a la ubicación del proyecto en la alternativa 3, ya que como señala el organismo de cuenca, permite medir el conjunto de caudales que salen del embalse, hidráulicamente es más estable y presenta mejor accesibilidad.

El órgano ambiental de Castilla-La Mancha opinaba inicialmente que la única opción viable ambientalmente era localizar la estación de aforos a pie de presa (alternativa 1). Ante esto, el promotor señala que la zona aludida, por tratarse de una hoz de altos acantilados calizos a ambos lados, imposibilita la apertura de accesos, y dificulta la cimentación en una zona de acarreos y vertido de la presa que no garantiza su permanencia tras la primera avenida.

En el último informe recibido durante este procedimiento de evaluación de impacto ambiental, de fecha 17 de mayo de 2012, los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Cuenca reconocen la dificultad de establecer un dispositivo de medida de caudales a pie de presa y muestran su conformidad con la alternativa 3 propuesta.

En cuanto al sistema de control/medición, se propone como única alternativa al vertedero de lámina delgada en cauce, la instalación de un caudalímetro en la válvula de desagüe de la presa, opción descartada por su escasa precisión.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Se resumen a continuación los principales efectos ambientales del proyecto, así como las principales medidas preventivas y correctoras propuestas a lo largo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental para mitigarlos.

4.2.1 Impacto sobre la geomorfología y edafología. Las principales afecciones que se podrán producir durante la fase de construcción son el aumento del riesgo de erosión debido al acondicionamiento de caminos, cambios en el relieve y en la morfología del cauce durante la ejecución de la obra civil y los movimientos de tierra, así como compactación y contaminación accidental de los suelos debido al uso de maquinaria.

Se estima que para el acondicionamiento del lecho será necesario un movimiento de tierras de 1,5 m3 que se compensan por la nivelación para la solera; mientras que para la ejecución del canal de desvío se estiman aproximadamente 6 m3 de tierras que se utilizarán a modo de pequeña mota del canal en ambas márgenes. El EsIA prevé la retirada, almacenamiento, acondicionamiento y reutilización de la tierra vegetal útil procedente de la zona destinada a acopios y del entorno de la construcción del canal de desvío.

Con el fin de evitar la posible contaminación del suelo se exigirá a los contratistas un control exhaustivo de la maquinaria empleada en las labores de construcción, lo cual quedará reflejado en los pliegos de prescripciones técnicas. En concreto, se prohibirá el vertido de todo tipo de sustancias al suelo y la manipulación de los motores o sistemas hidráulicos de la maquinaria usada, que deberá realizarse en talleres autorizados o a través de un gestor de residuos. Asimismo, se prohíbe el vertido incontrolado y acumulación de estériles de construcción, tanto en los terrenos de la obra, como en superficies anejas, los cuales se almacenarán en contenedores específicos hasta su traslado posterior a vertedero. El promotor no contempla destinar una superficie impermeable con un adecuado sistema de recogida de vertidos accidentales en el parque de maquinaria porque lo considera muy reducido.

Al final de las obras se procederá a la limpieza y restauración de las zonas ocupadas tal y como se detalla más adelante. Se retirarán los desechos, materiales sobrantes y las instalaciones temporales y se realizará un ligero laboreo en las zonas compactadas en las condiciones descritas en el EsIA.

4.2.2 Impacto sobre hidrología. La ejecución de las obras puede suponer una disminución de la calidad de las aguas por incremento de turbidez y vertidos accidentales de aceites y combustibles, además de alteraciones en la dinámica fluvial por el desvío temporal del cauce.

Para evitar arrastres y vertidos, los materiales y maquinaria de obra se ubicarán en una superficie llana de unos 50 m2 situada a unos 30 m de la zona de obras en el cauce, en la que se cumplirán las prescripciones indicadas en el apartado anterior.

Se establecerá un control de los vertidos generados, de forma que se mantengan aislados de la red de drenaje, con el fin de evitar el arrastre de partículas al cauce del río Cuervo.

4.2.3 Impacto sobre la vegetación. Según se indica en el EsIA, la zona en la que se proyecta la ejecución de la estación de aforos presenta unas riberas pastoreadas en la margen derecha, estando desprovista de vegetación la superficie de unos 30 m2, en las márgenes del río afectadas por los cajeros. Del mismo modo, el área que acogerá la zona de acopios y maquinaria carece de vegetación arbórea de interés, por lo que su adecuación y la del corredor que se utilizará para el trasiego de materiales entre ésta y la zona de obra, tampoco supondrá afección a ejemplares de porte arbóreo y/o arbustivo. Por tanto, las únicas afecciones que se prevén son la eliminación y alteración de la cubierta vegetal por desbroces selectivos y podas de matorral, principalmente de boj y jara, durante el acondicionamiento del acceso existente.

El EsIA incluye un Plan de prevención y extinción de incendios durante la fase de obras en el que se detallan las medidas a adoptar, los medios humanos y materiales disponibles para su posible extinción y el dispositivo de actuación en caso de incendio.

Una vez terminadas las obras se llevará a cabo un Plan de Restauración en las distintas zonas afectadas: zona de obra, zona de acopios y corredor entre ambas zonas. En la zona de acopios y en el corredor se procederá a la retirada de la capa de zahorras naturales a origen, al escarificado de la superficie afectada y al extendido de la tierra vegetal que previamente fue retirada. En los márgenes del río afectados por los cajeros se procederá al extendido de la tierra vegetal contra cajeros terminados y revestidos en piedra natural. Finalmente, y teniendo en cuenta la vegetación afectada, las superficies a tratar y la capacidad de regeneración vegetal en la zona de actuación, el promotor no considera necesario la revegetación del terreno afectado.

4.2.4 Impacto sobre la fauna. La ejecución del proyecto puede suponer molestias a la fauna por la generación de ruido y la modificación y/o alteración de sus hábitat Los grupos faunísticos que podrían verse más afectados son aquellos directamente ligados al ecosistema fluvial, fundamentalmente la ictiofauna (trucha), y la avifauna rupícola que anida en la zona (águila real y alimoche).

Durante la construcción de la estación los principales impactos sobre la ictiofauna se derivan de la posible pérdida de calidad de las aguas y del desvío provisional del cauce. En explotación, la presencia de la estación de aforo podría producir un efecto barrera que se ha intentado subsanar con el adecuado dimensionamiento de la misma. Así, la estructura a implantar con altura de vertedero de 20 cm no dificulta la movilidad de la trucha común, como así han corroborado diferentes entidades durante la información pública del proyecto. Además, durante esta fase se controlará que no se depositen obstáculos de cualquier tipo en la estación que pudieran dificultar el paso de la ictiofauna, así como impedir el correcto funcionamiento del aforo.

Las molestias y posible degradación del hábitat de las especies de avifauna presente podrían suponer la pérdida de puesta, si no se respetan los periodos críticos, y el desplazamiento de las mismas hacia zonas menos alteradas. Según recoge el EsIA, para evitar afecciones relevantes sobre las especies que anidan en el ámbito de actuación se restringirá el periodo de ejecución de obras quedando excluidos los meses que dedican estas especies al cortejo, reproducción y posreproducción.

De forma previa al inicio de la obra se realizará un reconocimiento de la zona afectada para detectar la presencia de las especies de mayor interés, de forma que se pueda programar el inicio y las actividades de la obra de acuerdo a la fenología de las mismas. El reconocimiento y sus conclusiones se integrarán en el plan de seguimiento y vigilancia.

4.2.5 Impacto sobre los espacios protegidos. La zona de actuación se localiza sobre el LIC y la ZEPA Serranía de Cuenca, espacios incluidos en la Red Natura 2000. En este sentido, la entonces Dirección General de Medio Natural y Política Forestal considera que se trata de un proyecto de pequeña magnitud cuyas afecciones no se consideran relevantes. Por su parte, la Confederación Hidrográfica del Tajo se ha pronunciado a favor de la ubicación seleccionada por el promotor, el cual considera que los terrenos elegidos para el desarrollo de actuación presentan una buena capacidad de acogida para este tipo de instalaciones, presentando un menor volumen de obra, movimiento de tierras y obras necesarias y así un menor efecto sobre los diferentes valores naturales del entorno.

Los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Cuenca, en su informe de fecha 17 de mayo de 2012, informan favorablemente de la instalación de la estación de aforos frente a las ruinas de la antigua herrería destacando que esta ubicación posibilita la construcción sin apenas apertura de nuevos accesos y se encuentra en un tramo despejado de vegetación y de pendiente uniforme del río, sin considerar ninguna afección a la Red Natura 2000.

Para minimizar la afección sobre los espacios protegidos existentes, el promotor contempla las medidas indicadas en los apartados anteriores de vegetación y fauna.

4.2.6 Impacto sobre el paisaje. El EsIA realiza un análisis del paisaje que concluye que la zona de actuación presenta un grado de visibilidad bajo, una calidad paisajística alta y una fragilidad media.

La realización del proyecto producirá la alteración del paisaje por cambios en sus componentes (principalmente desbroces) e introducción de nuevos elementos (presencia de la estructura en el cauce).

Para minimizar la intrusión visual e integrar la actuación en el entorno se revestirán las caras exteriores de la estación de aforo con losa caliza de 2-3 cm de espesor y se procederá a la restauración de las zonas afectadas por las obras.

4.2.7 Impacto sobre el patrimonio cultural. De acuerdo con el EsIA, en la zona de actuación no se ha detectado la presencia de bienes catalogados y protegidos por la Ley 4/1990, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha, así como tampoco vías pecuarias. No obstante, con objeto de prevenir afecciones a elementos no catalogados el promotor contempla el seguimiento arqueológico de las excavaciones y movimientos de tierra, según establece la citada Ley 4/1990, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha.

4.3 Seguimiento ambiental de las medidas propuestas. El EsIA incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA) preliminar que tiene por objetivo verificar la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas; comprobar el grado de eficacia de las mismas y detectar los impactos no previstos, proponiendo y aplicando medidas correctoras que minimicen sus efectos.

La Dirección de Obra designará un Técnico Ambiental que será el responsable de la ejecución del PVA, el cual tendrá capacidad y autoridad de paralizar las obras en caso necesario. Se encargará del control y análisis de la evolución de los indicadores ambientales seleccionados y de la emisión de informes técnicos periódicos y de la elaboración de reportajes fotográficos, uno al finalizar las obras y otro al tercer año de operación.

El PVA se desarrollará durante el replanteo, la fase de construcción y la fase de explotación. Durante la fase de construcción se controlará que las obras se realicen de acuerdo con el replanteo y cumpliendo las condiciones establecidas en el EsIA; las afecciones a la vegetación, el nivel de ruidos; la gestión de residuos; la retirada, acopio y calidad de la tierra vegetal; la aparición de restos arqueológicos y los trabajos de restauración de los terrenos afectados por las obras. Durante la fase de explotación se comprobará el buen estado de los accesos y se controlarán las labores de mantenimiento, tanto de la estación como de los accesos, y la evolución de la restauración hasta verificar que cumple los objetivos para los que fue diseñada.

Se contempla la realización de un informe final de seguimiento en la fase de construcción, informes extraordinarios derivados de incidencias relevantes e informes anuales durante la fase de explotación. Los informes serán remitidos al órgano ambiental de Castilla-La Mancha.

5. Condiciones al proyecto

Para la realización del proyecto se deberán cumplir, además de todas las medidas preventivas y correctoras propuestas y aceptadas por el promotor durante todo el proceso de evaluación de impacto ambiental, las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

5.1 Protección del suelo y de la hidrología. Los terrenos sobre los que se localicen la zona de acopios y de maquinaria deberán estar convenientemente impermeabilizados, con balsas de retención, desbaste y decantación para evitar vertidos accidentales de aceites, carburantes o cualquier sustancia contaminante al medio.

Para evitar la propagación de partículas y restos de las obras por el río Cuervo se aplicarán medidas antidispersión, como por ejemplo barreras de sedimentos.

Los aceites usados procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria de obra se almacenarán en bidones para su posterior retirada por gestor autorizado. Dichas operaciones se realizarán en un lugar controlado.

Se evitará, en la medida de lo posible, el desvío del río fuera de su cauce habitual durante la fase de obras. En caso de realizarse el canal de desvío, se considera que la pequeña entidad de la estación de aforos no parece requerir de labores frecuentes de mantenimiento que hagan necesario la permanencia del mismo. Por ello, y con el fin de disminuir el área de ocupación permanente, dicho canal se retirará al finalizar las obras.

Se prohíbe cualquier tipo de acondicionamiento permanente en el vado del río Cuervo (vado de las Praíllas), como pueda ser hormigonado, desvíos del río, etc.

El sistema de limnígrafo de lectura continua vía módem GSM se prepará para que el promotor y la Confederación Hidrográfica del Tajo reciban, de manera simultánea, los datos.

La estación de aforos dispondrá de dos limnímetros, perfectamente graduados en una escala de l/s, con intervalos de 50 l/s como máximo. Cada limnímetro se adosará a cada uno de los muros cajeros, de tal modo que pueda hacerse una lectura fácil desde cada una de las márgenes, con objeto de posibilitar el control efectivo también por parte de los agentes medioambientales adscritos al Servicio Periférico de la Consejería de Agricultura en Cuenca.

El promotor deberá correlacionar los cálculos teóricos de caudal con la curva de gasto real de la estación, con la calibración necesaria mediante mediciones sobre el terreno. Dicha curva de gasto calibrada para el funcionamiento real de la estación se remitirá a la Confederación Hidrográfica del Tajo y estará a disposición de los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Cuenca.

Durante la visita semanal prevista a las instalaciones para verificar su correcto funcionamiento se procederá, si fuese necesario, a la limpieza del aforo con el fin de evitar que ramas u hojas que hayan podido quedar retenidas en las instalaciones puedan alterar la lectura.

5.2 Protección de la vegetación. El replanteo de los trabajos deberá realizarse en colaboración con los agentes medioambientales de la zona.

Previamente al inicio de las obras, se delimitará la zona de actuación con estaquillas o similar, para minimizar la afección a la vegetación natural del entorno.

El acondicionamiento del camino de acceso existente se limitará a podas, nivelaciones y desbroces, en el mínimo imprescindible para facilitar el tránsito de maquinaria, que deberá de todas formas adaptarse en sus dimensiones a las limitaciones de acceso actuales.

Dada la naturaleza del proyecto es factible llevarlo a cabo sin afectar a los pies arbóreos presentes en la zona. El desbroce de la vegetación se restringirá a las especies arbustivas presentes en el camino de acceso de La Herrería y a la zona de acopios, la zona de obra y el acceso que las comunica. Asimismo, se deberá prestar especial cuidado en aquellas especies que forman parte de los hábitat de protección especial presentes, y por las que según el artículo 94.1 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, queda prohibida su destrucción o la realización de acciones que supongan una alteración negativa de estos hábitat.

5.3 Protección de la fauna. El calendario de las obras se adaptará al periodo de reproducción y cría de las especies de fauna amenazada presentes en la zona (tanto terrestre como acuática), de modo sólo se podrán realizar en el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 15 de noviembre. La ejecución de los trabajos se realizará pues durante época de caudales mínimos, lo que facilitará los mismos.

Si durante la fase de obras se detectase que la zona o sus alrededores están siendo empleadas como área de reproducción por algunas de las especies recogidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, se procederá a la paralización de las mismas debiendo ponerse en conocimiento del órgano ambiental de Castilla-La Mancha.

5.4 Protección del paisaje. Para minimizar el impacto paisajístico durante la fase de obras se apantallará la vista de la actuación con un muro vegetal que la disimule, utilizando especies vegetales autóctonas y afines con el entorno.

5.5 Desmantelamiento. En caso de quedar las instalaciones fuera de servicio de manera permanente se procederá a su desmantelamiento. Finalizada la fase de desmantelamiento, se llevará a cabo una revegetación y restauración de las zonas afectadas, que deberá contemplar todas las superficies de las obras. En la restauración será necesario el empleo de especies autóctonas que se corresponderán con las asociaciones vegetales que se encuentren en la zona, y por tanto adaptadas a sus condicionantes edáficos e hídricos.

Los materiales procedentes del desmantelamiento se almacenarán siguiendo las indicaciones del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, hasta su traslado definitivo a una planta de reciclaje o almacén autorizado.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «BOE» en el que se publica la DIA.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Estación de aforos de La Herrería sobre el río Cuervo en los términos municipales de Beteta y Santa María del Val (Cuenca), al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa 3 (ubicación de la estación de aforos en torno a la antigua herrería) y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Tajo para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 5 de octubre de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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