El apartado 2 del artículo 7 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo Nacional del Prado, estará integrado por un mínimo de 20 vocales y un máximo de 40, de los cuales tendrán el carácter de natos los que determine el Estatuto del Museo Nacional del Prado. El resto de los vocales tendrá el carácter de designados. Estos vocales desempeñarán su mandato durante cinco años, pudiéndose renovar el mismo hasta dos veces por períodos de igual duración.
El apartado 3 del citado artículo establece que hasta un máximo de 15 vocales de los designados serán nombrados libremente por el titular del Ministerio de Cultura entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio cultural, que se hayan distinguido por su trayectoria en este ámbito.
El artículo 5.2 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus vocales. De acuerdo con este artículo corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte nombrar libremente hasta un máximo de 15 vocales designados entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio histórico español o que se hayan distinguido por sus servicios a la cultura.
Teniendo en cuenta lo anterior, he resuelto nombrar a don José Pedro Pérez-Llorca Rodrigo, como vocal del Real Patronato del Museo Nacional del Prado por un período de cinco años.
Madrid, 22 de octubre de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.
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