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Documento BOE-A-2012-13029

Resolución de 8 de octubre de 2012, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el segundo Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración con el Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones en materia de agua.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2012, páginas 74325 a 74328 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-13029

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8. 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del segundo Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración suscrito con fecha 27 de septiembre de 2012, entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de octubre de 2012.–La Directora General del Agua, Liana Ardiles López.

ANEXO
Segundo Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones en materia de agua en las Islas Canarias

En Madrid a 27 de septiembre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, don Federico Ramos de Armas, Secretario de Estado de Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 2023/2011, de 30 de diciembre, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, conforme a las atribuciones que le confiere el Capítulo 1, apartado 1), de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril («BOE» de 24 de febrero de 2012), sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Y, de otra, don Juan Ramón Hernández Gómez, Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, nombra por Decreto 88/2011, de 8 de julio («BOC» número 135), actuando en nombre y representación del Gobierno de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Las partes, en la calidad que cada una interviene, se reconocen recíprocamente la capacidad para la celebración del presente Acuerdo y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que, con fecha 9 de diciembre de 2008, se suscribió el «Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones en materia de agua en las Islas Canarias».

2. Que, para poder cumplir con los objetivos del Convenio, con fecha 25 de noviembre de 2010 fue suscrito el Acuerdo de prórroga y modificación del citado Convenio.

3. Que, reunida la Comisión Mixta de Seguimiento con fecha 22 de junio de 2012, se expone la necesidad de redistribuir las anualidades establecidas en el convenio suscrito, adaptándola a las actuales previsiones presupuestarias consignadas en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012. La Comisión acuerda por unanimidad aprobar la propuesta de reajuste de anualidades, minorando la dotación del ejercicio 2012, y trasladando la cuantía minorada al ejercicio 2015.

4. Que las obras objeto de este Convenio se relacionan en los anexos que incorpora. El anexo I detalla las obras en ejecución a la firma de este Convenio, provenientes del Convenio de 30 de diciembre de 1997, distinguiendo las que se financian con cargo al Capítulo VI [Anexo I, apartado a)] y las que se financian mediante mecanismos de colaboración económica, con cargo al Capítulo VII de la Dirección General del Agua [Anexo I, apartado b)]. El anexo II contiene las nuevas obras, que se inicien en el período 2008-2014, que serán financiadas con cargo al Capítulo VII de la Dirección General del Agua.

5. Que en la reunión de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio, celebrada el 4 de mayo de 2011, se acuerda por unanimidad iniciar la tramitación de una modificación de convenio para subsanar el error que se produjo al incluir la actuación «Balsa Lomo de Enmedio» como obra nueva en el Anexo II de convenio, en vez de figurar en el Anexo I, apartado b), obra en ejecución al que se refiere la cláusula sexta del convenio. Asimismo, la actuación «Balsa de Utiaca y Montaña de la Cruz», figura el Anexo I, apartado b), debiendo figurar en el Anexo II, como obra nueva, al amparo de lo previsto en la cláusula séptima del Convenio.

6. Que, de conformidad con la cláusula novena del Convenio, entre las funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento está la de proponer la eliminación o si procede sustitución de las actuaciones inicialmente previstas por otras de interés general, sin que en ningún caso ello pueda suponer cambios en la envolvente presupuestaria del Convenio. Los cambios que se proponen no tienen consecuencia económica.

En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el Segundo Acuerdo de modificación del Convenio suscrito con fecha 9 de diciembre de 2008, que se regirá de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente Convenio es la modificación del «Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones en materia de agua en las Islas Canarias», suscrito con fecha 9 de diciembre de 2008.

Segunda.

Se modifica la cláusula segunda del Convenio, quedando redactada como sigue:

«Cláusula segunda. Plazo.

El presente Convenio corresponde al período 2008-2015 y se podrá extender a períodos posteriores a través de la suscripción de nuevos convenios según lo establecido en la cláusula primera.»

Tercera.

Se modifica el párrafo segundo de la cláusula tercera del Convenio, quedando redactado como sigue:

«El importe máximo total de las aportaciones del Ministerio asciende a la cantidad de trescientos seis millones quinientos noventa mil euros (306.590.000,00 euros) para el período 2008-2015.»

Cuarta.

Se modifica la tabla de distribución de anualidades del Capítulo VII, prevista en la cláusula tercera del Convenio.

 

Anualidad

2010

Anualidad

2011

Anualidad

2012

Anualidad

2013

Anualidad

2014

Anualidad

2015

Total

(euros)

Capítulo VII

15.309.163,48

23.755.878,39

16.977.310,00

36.236.392,34

30.196.993,62

54.814.262,17

177.290.000,00

Cifras en euros.

Quinta.

Se modifica el párrafo primero de la cláusula séptima del Convenio, quedando redactado como sigue:

«Quedan sujetas a esta cláusula las nuevas obras que se inicien en el periodo 2008-2015 bajo esta modalidad (Anexo II).»

Sexta.

Se modifica el párrafo primero de la cláusula decimoprimera del Convenio, quedando redactada como sigue:

«El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.»

Séptima.

Se modifica el Anexo I, apartado b). Obras en ejecución a las que se refiere la cláusula sexta del Convenio. Capítulo 7 Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Se sustituye la actuación Balsa de regulación de medianías: 2.ª Fase: Balsas de Utiaca y Montaña La Cruz (Gran Canaria), por la siguiente actuación:

«Gran Canaria. Balsa de regulación del abastecimiento de Medianías: Balsa de regulación de Lomo de En Medio.»

Octava.

Se modifica el Anexo II. Actuaciones a financiar con las aportaciones provenientes del Capítulo 7 de la Dirección General del Agua al amparo de lo previsto en la cláusula séptima.

Se sustituye la actuación Balsa de regulación de Medianías: Balsa de Lomo de En Medio (Gran Canaria) por la siguiente actuación:

«Gran Canaria. Balsa de regulación abastecimiento de Medianías: 2.ª Fase: Balsas de Utiaca y Montaña La Cruz.»

El resto del clausulado del Convenio se mantiene.

Y para que así conste y surta los oportunos efectos, las partes firman el Segundo Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones en materia de Agua en las Islas Canarias, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al comienzo expresados.

El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.–El Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, Juan Ramón Fernández Gómez.

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