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Documento BOE-A-2012-129

Resolución de 13 de diciembre de 2011, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Convenio específico para el año 2011 con la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2012, páginas 563 a 564 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-129

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 28 de noviembre de 2011, Convenio especifico para el año 2011 entre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Cataluña y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Madrid, 13 de diciembre de 2011.–La Secretaria General de Política Social y Consumo, Isabel María Martínez Lozano.

ANEXO
Convenio específico para el año 2011 del protocolo general de colaboración suscrito el 1 de octubre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Administración de la Generalitat de Catalunya

En Madrid, a 28 de noviembre de 2011.

REUNIDOS

De una parte, D.ª Leire Pajín Iraola, Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, nombrada por Real Decreto 1329/2010, de 20 de octubre, B.O.E. de 21 de octubre, en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el artículo 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, D. Boi Ruiz i García, Consejero de Salud, nombrado por Decreto 202/2010, de 27 de diciembre, DOGC 5785, en nombre y representación de la Administración de la Generalitat de Catalunya, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y en nombre y representación de la Administración de la Generalitat de Catalunya por Acuerdo del Gobierno de 15 de noviembre de 2011

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social (actualmente Departamento de Salud) de la Generalitat de Catalunya suscribieron un Protocolo de Colaboración, de fecha 1 de octubre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Seguridad Social de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación del Departamento de Salud de la Administración de la Generalitat de Catalunya en el año 2011 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Ampliación y mejora de los programas orientados a reducir los daños asociados al consumo de drogas en consumidores problemáticos de drogas: 350.000,00 €

– Programa de intervención para menores con consumo de alcohol y otras drogas: 720.000,00 €

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 16 de junio de 2011, con un total de 1.070.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, el Departamento de Salud de la Administración de la Generalitat de Catalunya remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por el Departamento de Salud de la Administración de la Generalitat de Catalunya durante el ejercicio 2011.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su artículo 4.1.c., aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en triplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.–El Conseller de Salut de la Generalitat de Catalunya, Boi Ruiz i García.

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